Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 148 de 2017 Cámara - 24 de Noviembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 697781893

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 148 de 2017 Cámara

por medio de la cual establecen lineamientos para la política integral migratoria en Colombia y se dictan otras disposiciones. 1. Antecedentes del proyecto:

Título:

por medio de la cual establecen lineamientos para la política integral migratoria en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Autor: honorable Representante Ana Paola Agudelo García, honorable Representante Carlos Eduardo Guevara Villabón

Comisión Segunda

Número de proyecto:

Cámara: 148 de 2017 C ámara

Fecha de radicación:

Cámara: 2017-09-19

Publicado en la Gaceta:

Gaceta del Congreso número 824 de 2017

Objeto de proyecto:

La presente ley tiene como objetivo integrar todas las acciones concernientes a la atención, protección y desarrollo del marco de la política pública enfocada a la garantía de los derechos de los migrantes.

2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

2.1 Justificación

Este proyecto de ley surge por la necesidad apremiante de establecer un marco general, cuyos lineamientos permitan la construcción de una política migratoria ajustada a una realidad pues la movilidad trasfronteriza se ha convertido en un fenómeno cada vez más dinámico, frecuente y natural, en donde los flujos de personas demandan de los Estados emisores y receptores una mayor capacidad de respuesta.

En las últimas décadas se ha observado como los países han tenido que adaptarse ante las oleadas de migrantes que, por diversas razones, abandonan sus países de origen para hacer su vida en otros territorios, ya sea por voluntad propia o por causas de fuerza mayor que les obligan a traspasar fronteras.

Colombia no es ajena a estos escenarios. Tradicionalmente ha sido un país de tránsito por su posición geografía estratégica y emisor de migrantes; sin embargo, ahora puede evidenciarse cómo el número de extranjeros se incrementa dentro del territorio nacional. Así que es ineludible y urgente tomar acciones conducentes para adaptar el país y sus instituciones de manera que se puedan atender estas condiciones cambiantes. Como punto de partida es importante considerar las siguientes variables:

¿ Derechos y deberes de los colombianos en el exterior y de los extranjeros en Colombia.

¿ Las necesidades de los colombianos en exterior que desean retornar a su país.

¿ Los derechos de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior, que puedan continuar ejerciendo sus derechos, garantías y oportunidades que ofrece el Estado colombiano aun estando por fuera del territorio nacional.

¿ Incentivos para el desarrollo de sus proyectos de vida más allá de las fronteras colombianas.

La construcción de una política migratoria requiere de esfuerzos interinstitucionales para potenciar sus resultados y su adecuada implementación, por lo cual se espera que sobre las bases propuestas en esta iniciativa se logre el desarrollo de un marco amplio e incluyente de la población migrante, desde y hacia Colombia.

2.2. Antecedentes de ley:

2.2.1. Ley 1465 de 2011

Creó el Sistema Nacional de Migraciones, de autoría del Partido Político MIRA, en virtud del trabajo desarrollado durante su labor legislativa por la comunidad de colombianos en el exterior. Dicha norma, fue promovida con el propósito de establecer un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas para acompañar el diseño, ejecución y seguimiento de la política migratoria, que permitieran elevar la calidad de vida de nuestros connacionales.

Esta normativa constituye una base para el desarrollo del trabajo interinstitucional, no obstante no permite el desarrollo de los lineamientos de una política migratoria integral.

El presente proyecto plantea una reforma complementaria al Sistema para garantizar el derecho a la participación democrática de los colombianos en el exterior para asegurar su interlocución con el Estado colombiano en la formulación y construcción de sus políticas públicas.

2.2.2. Ley 1565 de 2013.

La Ley Retorno tuvo como objetivo crear incentivos de diversa índole en materia de acompañamiento y oferta para los colombianos en el exterior que desearan retornar al país de forma voluntaria en búsqueda de oportunidades laborales y de emprendimiento. No obstante, esta norma no concibió dentro de su campo de acción fenómenos como la fuga y retorno de cerebros, y del fenómeno continuo de migración. Por este motivo, en el presente proyecto de ley se plantea una reforma complementaria para asegurar un acceso pleno de los retornados a los servicios del Estado y a su acompañamiento integral.

2.3. Modelos comparados de política migratoria.

Para el presente proyecto de ley se toma como base la gestión del Gobierno ecuatoriano en conjunto con su Asamblea Nacional para el desarrollo de una política migratoria integral, que resultó en la Ley Orgánica de Movilidad Humana[1][1].

En esta Ley Ecuador es vanguardista en reconocer la importancia del fenómeno migratorio y de la responsabilidad de los estados para con sus migrantes, nacionales y extranjeros. De all í se desprenden los pilares básicos de la política pública para ecuatorianos en el exterior, retornados y sus familias.

De allí se tomó como ejemplo la estructura temática y los ejes para construir los lineamientos propuestos para la política integral, de que trata la presente iniciativa.

Además de ello, se toman entre los conceptos bases, los compendiados por la Organización Internacional para las Migraciones OIM[2][2]. Entre ellos se destacan los conceptos amplios de migración, que implica todos los tipos de movimientos, como sociales, económicos, laborales. Desde allí se complementa el contexto que permite identificar que el fenómeno migratorio es complejo, dinámico y sobre el cual urge tomar acciones afirmativas a nivel legislativo que permitan su efectiva atención por parte de los Estados.

2.4. Jurisprudencia.

La Corte Constitucional en su Sentencia 416/14[3][3] reconoce que los colombianos en el exterior deben ser sujetos de especial protección:

¿Los migrantes colombianos en el extranjero son sujetos de especial protecc ión dada su situación de vulnerabilidad. Algunos pueden estar en condiciones de calidad de vida adecuadas y acordes al lugar en el que se encuentran, pero muchos están en el exterior en condiciones precarias. De hecho, pueden ser personas que se encuentran en el exilio de manera forzada, como consecuencia del conflicto y la violencia armada en el país. El Estado tiene el deber de proteger a estos migrantes ciudadanos colombianos que se encuentran en el exterior y, en especial, a aquellos cuyos derechos fundamentales mínimos están siendo afectados y desconocidos. En tal medida, también es razonable que el legislador hubiese concentrado su atención, al menos por esta ocasión, en los derechos de los migrantes colombianos en el exterior¿.

De tal manera, se hace evidente que el legislador debe concentrar sus esfuerzos normativos para abarcar las necesidades y buscar garantizar que los derechos fundamentales y constitucionales de los colombianos en el exterior sean protegidos y accesibles desde el exterior.

Así mismo da cuenta que los extranjeros en Colombia también pueden ser sujetos de la política que desarrolle el Congreso:

¿La jurisprudencia constitucional ha señalado que toda persona extranjera, en tanto persona, goza de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política de 1991, con mínimas excepciones y restricciones. Es la dignidad que se predica de todo ser humano, en cuanto persona, lo que da al extranjero la titularidad de los derechos fundamentales y humanos reconocidos bajo el orden constitucional vigente. De hecho, los extranjeros en Colombia gozan de los derechos civiles que gozan los nacionales¿.[4][4]

2.5. Audiencia Pública: Migración Ordenada ¿ Migración Forzada.

Con el ánimo de nutrir el debate sobre el presente proyecto de ley, y con el propósito de dar participación a la sociedad civil y articular la gestión desde las distintas instituciones del orden Nacional, organizaciones no gubernamentales y asociaciones dedicadas al trabajo con los migrantes; fue realizada la Audiencia Pública: Migración Ordenada ¿ Migración Forzada, el pasado 7 de noviembre de 2017 en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes.

El objetivo principal fue abrir un espacio de diálogo mediante 3 paneles temáticos, en donde se trataran los ejes fundamentales de la migración desde y hacia Colombia, estos temas fueron: Política Migratoria Integral, Víctimas en el Exterior y Migración Académica.

Así, esta audiencia contó con la asistencia presencial de más de 110 personas y la participación de una audiencia interactiva a través de redes sociales de más de 160 colombianos en el exterior desde más de 11 países; sin contar con el número de espectadores que hubo a través de la transmisión en directo por el canal de la página de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, que se habilitó para dicho fin. En diferido la Audiencia ha tenido más de 1.700 vistas hasta el momento.

Valga anotar que es la primera vez que una Audiencia Pública cuenta con una participación interactiva tan nutrida desde el exterior, en la que se contó también con la participación de panelistas en el extranjero a través de video-llamadas.

¿ Por parte del Gobierno nacional contamos con la presencia de:

Colciencias

Icetex

Colpensiones

Departamento Nacional de Planeación

Procuraduría General de la Nación

Defensoría del Pueblo

DANE

Migración Colombia

Ministerio de Educación

Ministerio de Trabajo

Ministerio de Relaciones Exteriores

Unidad de Víctimas

Unidad de Restitución de Tierras

¿ Desde las Organizaciones no Gubernamentales, de Asociaciones y Sociedad Civil:

Codhes

Servicio Jesuita a Refugiados

Acnur

Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

Foro Internacional de Víctimas (Vía Skype).

Sindicato Migración Colombia

Asociación Miraisme...

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