Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 201 de 2018 Cámara - 5 de Septiembre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 738017841

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 201 de 2018 Cámara

por medio del cual se unifica el Código Civil y de Comercio de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 6 de junio de 2018.

Doctor

CARLOS ARTURO CORREA MOJICA

Presidente de la Comisión Primera Constitucional

Cámara de Representantes

Congreso de la República

Ciudad

Asunto: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 201 de 2017 Cámara, por medio del cual se unifica el Código Civil y de Comercio de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Respetado Presidente:

En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 5ª de 1992 y agradeciendo la designación realizada como ponente único de esta iniciativa, por medio del presente escrito me permito rendir informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley de la referencia.

El texto de la ponencia contiene los siguientes apartes:

1. Exposición de motivos

2. Contenido del proyecto de ley orgánica

3. Consideraciones

4. Pliego de modificaciones

5. Proposición

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es indiscutible en Colombia la necesidad de la unificación del Derecho Civil y Comercial en un solo estatuto, que incluso recoja la normatividad en derecho del consumo, por cuanto está la actividad económica sustancialmente, regulada, intervenida y conducida por las Superintendencias en los últimos tiempos, imponiéndose en los últimos días, multas altamente elevadas, con el fin de redireccionar la forma de hacer negocios en nuestro espacio jurídico.

Por tal llamado histórico no satisfecho, hemos acogido el proyecto de ley de unificación del Código Civil y de Comercio de la República st1:PersonName> de Colombia presentado por el Grupo de Investigación Problemas Contemporáneos del Derecho y la Política (Gipcodep) de la Universidad de San Buenaventura, Cali, cuyo investigador principal es el profesor Jarvey Rincón Ph. D. M.B.A., y su equipo de trabajo conformado por los profesores Jhon Silvio Bohórquez Cano, Jorge Alexánder Barrios Medina, Luis Alfonso Sánchez López y Victoria Naranjo Duque, el cual se plantea en los siguientes términos. Acogido el proyecto universitario, hemos procedido a hacer unos ajustes necesarios, los cuales se indican artículo por artículo del comparativo que se entrega con este documento, indicando su redacción final e incorporación al proyecto que se discutirá en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO

Título: por medio del cual se unifica el Código Civil y de Comercio de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Número de artículos: 5317

Contenido: Legislación Civil, Mercantil y de Consumo Unificadas en un solo texto.

División del proyecto de Código: (1 Título preliminar y 7 libros)

0. TÍTULO PRELIMINAR.

LIBRO PRIMERO. PARTE GENERAL.

LIBRO SEGUNDO. RELACIONES DE FAMILIA.

LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES.

LIBRO CUARTO. DERECHOS REALES.

LIBRO QUINTO. TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE.

LIBRO SEXTO. DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y AÉREA.

LIBRO Séptimo: DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES.

BREVE DESCRIPCIÓN CONCEPTUAL DE CADA UNO DE LOS LIBROS

0. TÍTULO PRELIMINAR

En el título preliminar del proyecto se recogen y compilan los conceptos básicos tradicionales del derecho, actualizándolos para ponerlos a la par de las más recientes tendencias universales fundamentadas en el respeto de la dignidad humana y los derechos fundamentales. Este título es el ingreso al derecho privado, teniendo en cuenta la normatividad constitucional y desarrollos en ese sentido, acogiendo los diferentes bloques de constitucionalidad aplicables a esta área del derecho, se integra derechos humanos con derecho privado, precisándose el ámbito de aplicación normativa, fuentes del derecho, precisión de la dimensión de la ley, interpretación normativa, dejándose claros los conceptos d e buena fe, abuso del derecho, abuso de posición dominante, fraude a la ley, y lógicamente una claridad plena sobre los derechos individuales y colectivos, lo mismo que la concepción de derechos y bienes, sobre el cuerpo humano, comunidades indígenas y étnicas, y en general las palabras y conceptualización sobre las personas, la familia, los parentescos y relaciones jurídicas a regular. Se consagra la principialística y criterios sobre los valores de nuestra sociedad a tener en cuenta especialmente en el ámbito del derecho privado.

LIBRO PRIMERO. PARTE GENERAL

La parte general del proyecto aborda como principio y medida del desarrollo de toda la legislación a la persona humana y jurídica, que son los sujetos del derecho en sí mismos, describiendo y reglando todas sus clasificaciones y dimensiones, y esbozando las líneas generales de sus atribuciones, derechos, obligaciones y las formas de su ejercicio, desde el principio, hasta el fin su existencia.

LIBRO SEGUNDO. RELACIONES DE FAMILIA

Al ser la familia el núcleo de la sociedad, el proyecto aborda la regulación de las relaciones familiares desde una perspectiva moderna, integradora de los desarrollos jurisprudenciales introducidos tras la Constitución de 1991 y que ha transformado la manera en que el Derecho reconoce y regula los diferentes tipos de familia contemporánea, poniendo especial énfasis en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como en las personas en situación de discapacidad.

LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES

Integrar en un solo cuerpo todo el régimen de las obligaciones y el estatuto de la contratación privada con inclusión de los hasta hoy ¿contratos atípicos¿ de más frecuente uso, es el más relevante aporte del proyecto en este sentido. El reconocimiento de ciertos derechos personalísimos y la forma de su disposición, la protección al consumidor, sujeto central de las relaciones económicas, la modernización del régimen de responsabilidad civil y otras fuentes de las obligaciones, son valiosos aportes que consideramos mejorarán la forma en que la comunidad jurídica aborde la resolución de conflictos que tiene fuertes orígenes en las vicisitudes de la posmodernidad.

LIBRO CUARTO. DERECHOS REALES

Una actualización de los conceptos básicos de los derechos reales, sin modificar profundamente su estructura que es pilar no solo del derecho privado sino del derecho y la estructura social, buscando que se adecúen sus interpretaciones a los tiempos en que vivimos.

LIBRO QUINTO. TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE

En nuestra consideración, el régimen legal que regula el derecho de herencia en Colombia es inmutable, salvo su compilación, y especialmente la exclusión de las normas que han sido derogadas o declaradas inexequibles, el mejor aporte que hace el proyecto en este sentido es su integra ratificación.

LIBRO SEXTO. DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y AÉREA

En este libro se toma toda la regulación del código de comercio correspondiente a la navegación marítima y aérea, toda vez que en la legislación nacional, se puede recorrer toda ella y no se encontrará reglamentación alguna, por lo tanto queda en vigencia transcrita textualmente la regulación de la navegación marítima y aérea correspondiente incluso a la propiedad, registro, gravámenes, seguros y transporte de mercancías y de pasajeros por medio marítimo o aéreo.

LIBRO SÉPTIMO. DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES

Conceptos como prescripción y caducidad, algunos privilegios, el derecho de retención, hacen parte de este libro como disposiciones aplicables en general a todos los ámbitos que regula la legislación privada. Consideramos como un valioso aporte la reglamentación con algunas disposiciones relativas al derecho internacional privado, que aspiramos redunden en importantes herramientas para la solución de conflictos propios de la era de la globalización de la economía, donde las fronteras son cada vez menos categóricas. La pretensión de integrar todos los regímenes de insolvencia en este capítulo tiene como objetivo incorporar este aspecto fundamental; por tanto, representa garantías de seguridad jurídica y económica. Este acápite normativo permite recoger normativamente aspectos que por su importancia y generalidad deban suplir espacios o criterios no cubiertos en cada libro en particular, dando lugar a los ajustes pertinentes.

III. CONSIDERACIONES

DIFICULTADES DE LA LEGISLACIÓN DUAL CIVIL Y MERCANTIL

En todos los países del mundo donde existe dualidad legislativa civil y mercantil, se presentan las siguientes dificultades.

Inseguridad jurídica provocada por la doble legislación.

Dificultad de delimitación entre el acto civil y mercantil.

La aplicación indebida o inconveniente en los casos concretos.

La abundancia de normas no garantiza la transparencia y ausencia de corrupción en la conducta de los ciudadanos, muy por el contrario, el modelo descodificado, las normas dispersas, permiten espacios de poder que violan el principio de igualdad, en virtud a la ausencia de uniformidad en la aplicación de los principios del derecho, respondiendo cada grupo de normas a intereses de grupo por cuanto estos promueven la abundancia de leyes especiales y particulares para grupos de poder político, económico, territorial, dando ventajas inadecuadas a quienes así lo logren.

Las legislaciones dispersas conllevan a que la unificación se haga por la vía de la interpretación jurisprudencia y doctrinal, que en algunos casos mata de tajo principios universales y garantistas del derecho a merced de las interpretaciones nacidas de los diferentes modos de ver de los grupos sociales, en detrimento de quienes se hayan lejos, distantes, excluidos o marginados del poder momentáneo del Estado, y si en gracia de discusión aceptamos la no influencia de estos factores, por lo menos se presentan equívocos o interpretaciones desafortunadas que se llevan de calle la justicia, la igualdad y la libertad de los ciudadanos.

Las dificultades citadas pudieran ser superadas con un código único, llámese como se...

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