Informe de ponencia para primer debate Proyecto de ley número 230 de 2022 Senado - 212 de 2022 Cámara, por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal al Sistema General de Regalías en el Bienio 2023-2024 - 9 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 914252498

Informe de ponencia para primer debate Proyecto de ley número 230 de 2022 Senado - 212 de 2022 Cámara, por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal al Sistema General de Regalías en el Bienio 2023-2024

Fecha de publicación09 Noviembre 2022
Número de Gaceta1397
Gaceta del Congreso 1397 Miércoles, 9 de noviembre de 2022 Página 3
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE PROYECTO DE LEY NÚMERO 230
DE 2022 SE NADO - 212 DE 2022 CÁ MARA
por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el n de garantizar la
continuidad a la función pública de control scal al Sistema General de Regalías en el Bienio 2023-2024.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
PROYECTO DE LEY Nº 230 DE 2022 SENADO 212 DE 2022 CÁMARA
“Por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República
con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal al
Sistema General de Regalías en el bienio 2023-2024”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. ANTECEDENTES DEL TRÁMITE DE LA INCIATIVA
El presente proyecto fue presentado por el Gobierno Nacional por intermedio del
ministro del Interior, Dr. Alfonso Prada Gil y el Contralor General de la República,
Dr. Carlos Hernán Rodriguez Becerra haciendo uso facultades otorgadas en los
artículos 154 y 156 de la Constitución Política Colombiana y desarrollados en el
artículo 140 de la Ley 5 de 1992.
Dicha iniciativa se radicó el pasado 27 de septiembre, en la secretaria General de la
Cámara de Representantes, que remitió a la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes fundada en las competencias que le da la Ley 3 de 1992, respecto de
la “estructura y organización de la administración nacional central”.
Así, el texto original del proyecto surtió publicación oficial previo a su primer debate
según lo dispuesto en el artículo 157 Constitucional, en la gaceta de la Cámara de
Representantes 1179 de 2022.
x Debate en Comisión Primera de Cámara de Representantes.
La mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes designó
a los ponentes de la iniciativa mediante el Oficio C.P.C.P. 3.1 – 0388 - 2022.
Los coordinadores y ponentes rindieron informe de ponencia positivo para primer
debate el pasado 10 de octubre de 2022, el cual fue publicado en la Gaceta No. 1222.
El mismo fue anunciado en la sesión del lunes 10 de octubre y discutido el día 11 de
octubre. Aprobado por unanimidad y con los votos requeridos para proyectos de esta
naturaleza.
En la citada sesión de primer debate se presentó una posposición al artículo 2° del
proyecto por parte de los Representantes Heráclito Landinez Suarez y Luis Eduardo
Díaz Mateus, la cual fue avalada por los ponentes, el Gobierno nacional y la
Contraloría y posteriormente aprobada por la Célula Legislativa. Asímismo, el
Representante Jorge Tamayo Marulanda presentó una proposición a la redacción
del título de la iniciativa la cual dejó como constancia bajo el compromiso de ser
considerada en el informe de ponencia que se rendiría ante el Pleno de la Cámara de
Representantes como consta el siguente cuadro:
Autor
Proposición.
Jorge Eliecer Tamayo Marulanda
“Por la cual se otorgan facultades
extraordinarias al
presidente d ela república,
con el fin de suprimir, modificar, o crear
empleos de carácter temporal en la
Contraloria General de la República para la
vigilancia y Control Fsical del Sistema General
de Regalías del Bienio 2023-2024”
Heráclito Landinez Suárez
Luis Eduardo Díaz Mateus
Artículo 2°. Facultades
extraordinarias.
De conformidad con lo
establecido en el artículo 150, numeral 10, de
la Constitución Política, revístese al
Presidente de la República de precisas
facultades extraordinarias, por el térm
ino de
seis (6) meses, contados a partir de la fecha de
publicación de la presente ley; con el objeto
específico de suprimir, modificar, o crear
empleos en la planta global de duración
temporal de la Contraloría General de la
República, de que trata el Dec
reto ley 1755 de
2020, para ajustarla a las necesidades del
servicio y, el
presupuesto asignado en la ley
del Sistema General de Regalías del bienio
2023-2024,
y el comportamiento efectivo
del recaudo.
Parágrafo. La modificación de la planta
deberá esta
r soportada en un estudio técnico
y se sujetará a la nomenclatura, clasificación,
tipo de vinculación, régimen salarial y
prestacional de los empleos de la planta
permanente de la Contraloría General de la
República.
xDebate en la Plenaria de la Cámara de Representantes
La Mesa Directiva de la Comisión Primera confirmó los mismos ponentes de primer
debate. Los mencionados coordinadores y ponentes rindieron informe positivo para
segundo debate el pasado martes 19 de octubre de 2022 el cual fue publicado en la
gaceta No. 1272. Por su parte, fue anunciado en la sesión del miércoles 19 de octubre
de 2022, discutido el 20 de octubre de 2022 y aprobado por unanimidad con los
votos requeridos para proyectos de esta naturaleza.
Durante la sesión se presentaron cuatro proposiciones de las cuales tres se dejaron
como constancias, y una, sin respaldo de los autores, de la Representante a la Cámara,
Carolina Giraldo Botero que fue discutida y negada por el pleno de esa Corporación.
La proposición del Representante Wadith Alberto Manzur, quedó como constancia
con la propuesta por el compromiso de revisar si la corrección Representante es a
lugar y de ser así, introducirla en los cambios para el primer debate de Senado así:
Autor
Proposición
Wadith Manzur
Imbett
Facultades extraordinarias. De conformidad con lo establecido
en el artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política,
revístese al Presidente de la República de precisas facultades
extraordinarias, por el término de seis (6) meses, contados a
partir de la fecha de public
ación de la presente ley; con el
objetivo específico de suprimir, modificar, o crear empleos en
la planta global de duración temporal de la Contraloría General
de la República, de que trata el artículo 183 de la ley 2056 de
2020 en su parágrafo 2, para aju
starla a las necesidades del
servicio, el presupuesto asignado en la ley del Sistema General
de Regalías del bienio 2023-
2024 y el comportamiento efectivo
del recaudo.
Carolina Giraldo
Botero
Modificación parágrafo. La modificación de la planta deberá
estar soportada en un estudio técnico y se sujetará a la
nomenclatura, clasificación, tipo de vinculación, régimen
salarial y prestacional de los empleos de la planta permanente
de la Contraloría General de la República.
La planta estará
conformada bajo el principio de meritocracia
2. DESCIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Y ALCANCE.
El presente proyecto de ley tiene por objeto dar facultades extraordinarias al
Presidente de la República para que a través de un estudio técnico viabilice la
continuidad de la función pública de control fiscal para la vigilancia y control del
Sistema General de Regalías. Mediante el Acto Legislativo 5 de 2011 se le asignó la
competencia de control, técnico y especializado, a la Contraloría General de la
República (CGR), como una medida de asegurar el buen uso de los recursos
provenientes de las regalías. Ese gran propósito podría verse interrumpido desde el
1° de enero de 2023 de no aprobarse este proyecto de ley, al dejar de emitir esta
disposición legal antes de la citada fecha.
En términos generales contiene tres artículos que puntualizan su alcance y demarcan
de forma clara su naturaleza. En primer lugar, define su objeto, que cómo se indicó
pretende garantizar la continuidad de la función pública de control fiscal; en
segundo término, se otorgan precisas facultades extraordinarias al jefe de Estado
según lo preceptuado en el articulo 150 Constitucional, por un plazo de seis meses
para emitir decretos con fuerza de Ley que sustenten en el marco de la jurisprudencia
Constitucional la planta de Regalías de la CGR. El parágrafo obliga que, para la
continuidad de esta planta, se realice un estudio técnico de acuerdo a los parámetros
estipulados por la Función Pública, y determina la vigencia de la Ley, prorrogando
excepcionalmente la planta a la que hace referencia el Decreto Ley 1755 de 2020,
hasta que el Presidente de la República hiciere uso de dichas facultades
extraordinarias.
3. ANÁLISIS DEL MARCO CONSTITUCIONAL, NORMATIVO Y
JURISPRUDENCIAL DE LA CGR EN EL MARCO DEL SISTEMA
GENERAL DE REGALÍAS.
Al respecto de las funciones y plantas de personal de la CGR, en el marco del Sistema
General de Regalías, en el presente acápite se presentará un recuento normativo y
jurisprudencial que contextualice las competencias que la Constitución y la Ley ha
asignado a la entidad de control desde el surgimiento del referido Sistema en 2011.
xActo Legislativo 05 de 2011. Por el cual se constituye el Sistema General
de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y
se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones.
El inciso 5 del Artículo 2° estableció que el 2% de los recursos del SGR de destinarían
a la fiscalización del sistema, financiando el Sistema de Monitoreo, Control y
Evaluación.
De igual forma los parágrafos transitorios 5 y 6 del artículo 2 del citado Acto
Legislativo otorgó al presidente de la República la facultad de emitir decretos con
fuerza de Ley para garantizar el funcionamiento y la financiación del sistema, en
virtud de ello se decretaría su operatividad general
xDecreto 4923 de 2011. Por el cual se garantiza la operación del Sistema
General de Regalías.
El artículo 152 del Decreto-Ley establece de forma taxativa que el control fiscal del
Sistema le corresponde a la Contraloría General de la República y a su vez establece
que los recursos para financiar las funciones conexas al control de las Regalías
corresponden a los asignados al Sistema de Monitoreo, Control y Evaluación.
xDecreto 4950 de 2011. Por el cual se expide el presupuesto del Sistema
General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012.

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