Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 33 de 2011 senado - 4 de Noviembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451476650

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 33 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 33 DE 2011 SENADO. por la cual se adiciona la Ley 599 de 2000 o Código Penal.ACUMULADO CON LOS PROYECTOS DE LEY NÚMEROS 03 DE 2011 SENADO, NÚMERO 43 DE 2011 SENADO, NÚMERO 44 DE 2011 SENADO Y NÚMERO 130 DE 2011 SENADO.

Doctor

LUIS FERNANDO VELASCO CHÁVEZ

Presidente

Comisión Primera Constitucional

Senado de la República

Ciudad

En cumplimiento del honroso encargo que me hiciera, en compañía de otros Senadores, la Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado, y de conformidad con la Ley 5a de 1992, me permito rendir ponencia individual para primer debate al Proyecto de ley número 33 de 2011 Senado, por la cual se adiciona la Ley 599 de 2000 o Código Penal, acumulado con los Proyectos de ley número 03 de 2011 Senado, número 43 de 2011 Senado, número 44 de 2011 Senado y número 130 de 2011 Senado.

  1. Conveniencia de acumular los proyectos

    Dejando constancia de que el Consejo Superior de Política Criminal dejó de rendir el concepto que se le había solicitado en punto de la conveniencia de las modificaciones penales propuestas, me permito señalar la conveniencia de acumular para tramitar como un solo proyecto de ley, los Proyectos de ley números 03, 33, 43, 44 y 130 de 2011 Senado respectivamente, toda vez que hay unidad de materia, pues se refieren a modificaciones al Código Penal, pues crean tipos penales, algunos aparentemente nuevos, con sujetos activos y pasivos calificados, se hacen descripciones de conductas típicas y se señalan penas, unas aflictivas de la libertad y otras del patrimonio, agravadas. De la misma manera, se modifica la prescripción actualmente contemplada para el delito de genocidio y por último, el Proyecto de ley número 130 de 2011 Senado, plantea la descriminalización y consecuente despenalización de la denominada ¿dosis personal¿ de sustancias que producen dependencia.

  2. Descripción de los proyectos

    1. Proyecto de ley número 03 de 2011 Senado

      Se ocupa del ¿derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser criados, cuidados y formados sin ningún tipo de maltrato¿, proponiendo modificar los Códigos de Infancia y Adolescencia, Penal y Civil, en cuanto tocan este punto. Nos ocupamos aquí de las modificaciones al Código Penal (Ley 599 de 2000), lo que se hace de la siguiente forma:

    2. Se adiciona a la Ley 599 de 2000, en su Libro II Parte Especial ¿De los delitos en particular¿, en el Título I ¿Delitos contra la Vida y la Integridad Personal¿, un Capítulo 9º con el nombre ¿Del maltrato a los niños, niñas y adolescentes¿, con 13 artículos, entre tipos penales y circunstancias modificatorias de las penas, todas ellas agravantes. Ninguna atenuante.

    3. Como tipos penales nuevos se proponen los siguientes: ¿Maltrato a los niños, niñas y adolescentes (artículo 134A), con un parágrafo, que explica el significado de las acciones que se propone penalizar.

    4. Prácticamente todas las acciones típicas que se describen ya existen. En concretocorresponden al delito de lesiones personales, que se clasifican y separan por su resultado lesivo. Así, el evento de ¿incapacidad por maltrato¿ (artículo 134B) corresponde al tipo básico de ¿incapacidad para trabajar o enfermedad¿, para el que se propone modificar el término de incapacidad médica así:

      a) Tipo original: Incapacidad de hasta 30 días,sancionadocon prisión de 1 a 2 años y sin accesoria de multa; tipo modificado: incapacidad mínima de 5 días, sancionada con 2 a 4 años + multa de 1 a 5 smlmv;

      b) Tipo original: Incapacidad de más de 30 días y menos de 90, sancionada conprisión de 1 a 3 años + multa de 5 a 10 smlmv; tipo modificado: incapacidad de + de 5 y hasta 30 días, prisión de 3 a 6 años + multa de 5 a 10 smlmv;

      c) Tipo original: Incapacidad de + 90 días sancionada con prisión de 2 a 5 años + multa de 10 a 20 smlmv; tipo modificado: incapacidad de + 30 días, prisión de 5 a 7 años + multa de 10 a 20 smlmv.

    5. El tipo nuevo ¿deformidad física¿ (artículo 134C),corresponde al original del artículo 113 del C. P., ¿lesiones personales con deformidad física¿, si es transitoria tiene prisión de 1 a 6 años + multa de 15 a 25 smlmv, en el nuevo tipo la prisión va de 2 a 6 años + multa de 20 a 25 smlmv; si es permanente, en el original se sanciona con prisión de 2 a 7 años + multa de 26 a 36 smlmv y en el nuevo, con prisión de 4 a 8 años + multa de 26 a 36 smlmv.

    6. El tipo ¿perturbación funcional de órgano o miembro¿ (artículo 134D)corresponde al contemplado en el artículo 114 del C. P. Si es transitoria, se sanciona con prisión de 2 a 7 años + multa de 15 a 25 smlmv, actualmente; y en el nuevo tipo se incrementa la prisión en el mínimo, o sea, 4 a 7 años + multa de 36 a 40 smlmv; si es permanente, el original tiene 3 a 8 años de prisión + 26 a 36 smlmv de multa y el nuevo se incrementan mínimo y máximo de prisión, 5 a 9 años + 40 a 50 smlmv.

    7. Laconducta de ¿perturbación psíquica¿ (artículo 134E) corresponde a la original del mismo nombre (artículo 115 del C. P.) sancionada con prisión de 2 a 7 años + multa de 26 a 40 smlmv si es transitoria, en el nuevo tipo se incrementa la máxima, 2 a 8 años + multa de 26 a 40 smlmv. Si es permanente, de 3 a 9 años de prisión + multa de 27 a 50 smlmv, que tiene el original, pasa a tener prisión de 3 a 10 años + multa de 27 a 50 smlmv, o sea, se incrementa la máxima.

    8. La ¿pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro¿ (artículo 134F) corresponde al del mismo nombre (artículo 116). En el tipo original, si la pérdida es funcional, tiene prisión de 6 a 10 años + multa de 25 a 100 smlmv; en el tipo nuevo se incrementa la máxima a 12 años de prisión + multa de 25 a 100 smlmv; si la pérdida es anatómica, la prisión de 6 a 10 años + multa de 25 a 100 smlmv del tipo original, se incrementa en la 1/3 parte; y en el tipo nuevo, la prisión mueve el máximo de 6 a 12 años + la multa de 25 a 100 smlmv igual al básico. Se incrementa igualmente en 1/3 parte.

    9. El tipo ¿parto o aborto preterintencional¿ (artículo 134H) corresponde a su igual del artículo 118 del C. P., con la diferencia de que el tipo básico se refiere a ¿una mujer¿ y en el nuevo tipo el sujeto pasivo es ¿una niña o adolescente¿; en ambas legislaciones las penas imponibles según los artículos precedentes se aumentarán de una tercera parte a la mitad.

    10. Para elcomportamiento de ¿maltrato infantil culposo¿ (artículo 134J), se señala ¿la respectiva pena¿ disminuida de las 4/5 a las 3/4 partes ¿de los artículos anteriores¿.

    11. El proyecto trae un artículo 134G denominado ¿unidad punitiva¿, queestablece que cuando con la misma conducta se produzcan varios resultados, se impondrá la pena correspondiente al de mayor gravedad. Corresponde al art. 117 original. Los artículos 134 I y K establecen como circunstancias de agravación punitiva las contempladas en el artículo 104 del Código Penal (para el homicidio).

    12. Elartículo 10del proyectoestablece la Vigencia, indicandoque ¿la presente ley rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias¿.

    13. Proyecto de ley número 33 de 2011 Senado

      Busca sancionar algunos comportamientos cometidos contra los Adultos Mayores de 60 años, modificando el Código Penal, de la siguiente forma:

    14. Como calificante del sujeto pasivo de los tipos penales que se proponen, se señala la condición de que la persona sea ¿mayor de 60 años¿.

    15. Se adicionan como conductas punibles las siguientes: ¿maltrato físico¿ (artículo 230B) que se sanciona con prisión de 16 a 32 meses y multa; ¿maltrato emocional o psicológico¿ (artículo 230C) sancionada con arresto de 6 a 8 meses y multa; ¿maltrato por descuido, negligencia o abandono¿ (artículo 230D) sancionado con arresto de 8 a 12 meses y multa; ¿maltrato económico, financiero y patrimonial¿ (artículo 230E), que se sanciona con prisión de 24 a 32 meses y multa.

    16. El artículo 230D contiene un parágrafo referido al abandono de persona mayor ¿por parte de la institución a la que le corresponde su cuidado¿, que se sanciona con cancelación de permisos, conceptos favorables de funcionamiento o autorizaciones de funcionamiento + multa, y atribuye al juez penal la valoración, con el referente del sistema de calidad y los estándares de promoción y protección social de personas mayores de edad.

    17. El artículo 230D inciso 2° contiene circunstancias de agravación para el arresto, que contempla, en el doble, para el ¿cuidador, tutor, guardador¿ que deje de proveer de los cuidados al adulto mayor, a sabiendas de que por sí mismo no puede proveérselos. El artículo 230E agrava la pena de prisión ¿en la mitad¿, cuando el adulto mayor haya sido inducido a firmar documentos como testamentos o autorizaciones.

    18. Finalmente, tiene un artículo 5º (nuevo, porque no tiene referencia al Código Penal), que introduce ¿el arresto¿ como penaprincipal, y establece estas condiciones: (i) sólo generará antecedente cuando haya sido reiterada por 3 veces; (ii) señala como lugar de cumplimiento la estación de policía del domicilio del sentenciado; (iii) crea el ¿arresto domiciliario¿ como sustitutiva, en las condiciones del artículo 38, numerales 2, 3, 4 y 5 del Código Penal.

      Artículo 5°. Vigencia. La presente ley ¿rige a partir de su promulgación¿ y deroga las que le sean contrarias.

    19. Proyecto de ley número 43 de 2011 Senado

      Erige en conductas punibles algunas relacionadas con ¿los niños y niñas víctimas del conflicto armado¿, así:

    20. Se modifican los límites punitivos tasados en el artículo 135 ¿Homicidio en persona protegida¿, incrementando la pena corporal, tanto el máximo como el mínimo; también la pena pecuniaria y la accesoria de inhabilidad. Se introduce un 2º inciso, incrementando la pena, ¿cuando la víctima fuese menor de edad¿.

    21. Se adiciona el artículo 136, ¿Lesiones en persona protegida¿ con un 2º inciso, incrementando la sanción (tiene varias sanciones) en la mitad¿. La pena básica está dada por los delitos relacionados con las ¿lesiones personales¿.

    22. Se modifica la pena principal y las accesorias y se adiciona un parágrafo al artículo...

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