Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 165 de 2016 Cámara - 11 de Octubre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 694958577

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 165 de 2016 Cámara

por medio de la cual se crea una inhabilidad para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral del niño, niña o adolescente y se modifica la Ley 599 de 2000. Bogotá, D. C., septiembre de 2017

Doctor

Rodrigo Lara Restrepo

Presidente

Cámara de Representantes

Ref.: Informe de Ponencia para Segundo Debate del Proyecto de ley número 165 de 2016 Cámara, por medio de la cual se crea una inhabilidad para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral del niño, niña o adolescente y se modifica la Ley 599 de 2000.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento de la honrosa designación como ponentes, hecha por la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes, por medio del presente rendimos informe de ponencia para segundo debate del Proyecto de ley número 165 de 2016 Cámara, por medio de la cual se crea una inhabilidad para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral del niño, niña o adolescente y se modifica la Ley 599 de 2000, con el fin de que se ponga a consideración, para discusión en Plenaria de la honorable Cámara de Representantes.

La ponencia consta de seis (7) títulos, así:

I. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY

II. TRÁMITE DE LA INICIATIVA

III. ESTUDIO DEL PROYECTO DE LEY

IV. NORMATIVIDAD

V. PLIEGO DE MODIFICACIONES

VI. PROPOSICIÓN

I. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY

El objeto de este proyecto de ley es la protección de los menores de edad, a través de una inhabilidad para para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral de los menores de edad, a quienes son condenados por delitos de violencia intrafamiliar, homicidio, lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, todos cometidos contra niños niñas y adolescentes. Igualmente se crea el Registro Nacional de condenados por actos de violencia en contra de menores de edad.

II. TRÁMITE DE LA INICIATIVA

El 11 de octubre de 2016, se radicó en Secretaría General de Cámara de Representantes, el Proyecto ley número 165 de 2016 Cámara, por medio de la cual se crea una inhabilidad para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral del niño, niña o adolescente, a iniciativa de los siguientes Congresistas: honorable Representante María Fernanda Cabal Molina, honorable Representante Carlos Alberto Cuero Valencia, honorable Representante Marcos Yohan Díaz Barrera, honorable Representante Pierre Eugenio García Jacquier, honorable Representante Hugo Hernán González Medina, honorable Representante Samuel Alejandro Hoyos Mejía, honorable Representante Federico Eduardo Hoyos Salazar, honorable Representante Rubén Darío Molano Piñeros, honorable Representante Óscar Darío Pérez Pineda, honorable Representante Esperanza María Pinzón De, honorable Representante Ál varo Hernán Prada Artunduaga, honorable Representante Ciro Alejandro Ramírez Cortés, honorable Representante Margarita María Restrepo Arango, honorable Representante Edward David Rodríguez Rodríguez, honorable Representante Santiago Valencia González, honorable Representante María Regina Zuluaga Henao.

La iniciativa fue publicada en la Gaceta del Congreso número 879 de 2016. Por competencia y contenido se remitió a la Comisión Primera de Cámara de Representantes que, conforme a la Ley 5ª de 1992, determina que este tipo de asuntos los conoce dicha célula legislativa.

Por designación de la honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional, se nombró como ponente para primer al Representante Álvaro Hernán Prada.

La ponencia para primer debate fue publicada en la Gaceta del Congreso número 131 de 2017 y debatida en la Comisión Primera, el día 6 de junio del presente año y aprobado por unanimidad.

El día de la discusión del proyecto de ley en estudio, la mesa directiva, designó como ponentes para segundo debate a los honorable Representantes Angélica Lozano Correa, Clara Leticia Rojas González y Álvaro Hernán Prada Artunduaga.

III. ESTUDIO DEL PROYECTO DEL PROYECTO DE LEY

En Colombia no existe limitación para ocupar cargos, empleos, oficios o profesiones en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral del niño, niña o adolescente, para las personas que cometen delitos en contra de estos.

En nuestro país la Constitución impide de manera perpetua la inscripción como candidatos a cargos de elección popular, elección, designación como servidores públicos, y celebración de contratos con el Estado, a quienes hayan sido condenados, en cualquier tipo por la Comisión de Delitos que afecten el patrimonio del Estado[1][1]; pero guarda silencio respecto a quienes hayan cometido delitos en contra de menores.

Y es que cada día nuestros menores de edad están expuestos a la desprotección por parte del Estado. Por esto se busca crear una inhabilidad y un Sistema de Registro para tener un control efectivo, de los maltratadores asesinos y abusadores de nuestros niños y adolescentes.

El último estudio de Alianza por la Niñez Colombiana, del 2 de junio de 2017, establece que Colombia es el cuarto país del mundo donde se asesinan más menores:[2][2]

Según el informe En Deuda con la Niñez, presentado por Save the Children, Colombia es uno de los peores países para ser niño o niña.

¿ Diariamente, son asesinados 200 niños y niñas en el mundo. De estos, 2 murieron en Colombia.

¿ De 172 países, Colombia ocupa el puesto 118 entre los que menos respetan los derechos de la niñez, por debajo de países como Ruanda, La India, Estados Palestinos o Ghana.

¿ Colombia es el 5° país del mundo donde la niñez sufre más el conflicto, por encima de Afganistán, Iraq, Yemen, Sudán y Eritrea.

¿Es inaceptable que, en 2017, millones de niños y niñas en el mundo aún no puedan ejercer el derecho a estar protegidos, a aprender, a crecer y a jugar. Que Colombia esté entre los países que menos respetan los derechos de la niñez, nos desafía nuevamente como nación. Creemos firmemente que el camino hacia la paz, estable y duradera, se construye de la mano de cada niño y de cada niña que tenga sus derechos garantizados de manera integral. Debemos y podemos hacer más como familia, como sociedad y como Estado¿ afirma, María Paula Martínez, Directora de Save the Children Colombia.

De acuerdo a un comunicado de prensa del 6 de diciembre del 2016, de Alianza por la Niñez Colombiana, reportó cifras alarmantes estipuladas así:

¿ ¿En 2015 se reportaron 19.181 casos de violencia sexual, de estos 16.116 fueron hacia niñas menores de 18 años y 3.065 hacia niños (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses-Forensis). Aspecto que muestra que la violencia se ensaña en las niñas, y muchas veces no se investiga, ni se judicializa.

¿ En 2015 se reportaron 10.432 casos de violencia intrafamiliar contra niñas, niños y adolescentes. De estos casos 5.614 fueron hacia niñas y 4.818 hacia niños, mostrándose nuevamente la mayor incidencia a las niñas (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses-Forensis).

¿ En 2015 se reportaron un total de 917 homicidios de niñas, niños y adolescentes, siendo la mayor cifra para los adolescentes de 15 a 17 años (739) (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses-Forensis).

¿ En su informe del Estado de la Población Mundial de 2016, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) señala que en Colombia violan cada día a 21 niñas de entre 10 y 14 años y 22 más son víctimas de otras graves formas de violencia -11 mueren cada mes por ese tipo de ataques-. Diariamente hay 18 partos de niñas de 10 a 14 años y en 2015 la incidencia de VIH en niñas de esas edades se duplicó en relación con 2010¿[3][3].

Igualmente, un informe divulgado por la ONG internacional Save the Children, en Colombi a según Medicina Legal y otras instituciones el 75 por ciento de los exámenes que lleva a cabo Medicina Legal es para determinar flagelo a menores de 14 años.

Respeto a las edades y sexo son las niñas con edades entre los 10 y los 14 años, quienes son las mayores víctimas de delitos contra la integridad y formación sexual en 40 por ciento del total de los casos, le sigue con 10,65 por ciento los abusos cometidos a niñas de 4 años o menos; es decir, 2.011 casos y luego el caso de niños es de 597.

Esta misma ONG, estableció que se registraron 26.985 casos de violencia intrafamiliar en Colombia, de estos, 10.435 afectaron directamente a niños, siendo con en el 33 por ciento de las veces la violencia es ejercida por los padres y en el 31 por ciento por las madres.

Respecto a los homicidios, en Colombia cada día 2,5 niños son asesinados.

En este año se ha presentado varios casos que nos deben poner en alerta por la grave situación que se registra en los planteles educativos, por casos en los cuales profesores fueron capturados por abuso sexual contra menores de edad. Por lo cual la oficina de Control Disciplinario de la Secretaría de Educación Distrital de (SED), de Bogotá, quien se encarga de las denuncias realizadas a los docentes por delitos sexuales contra los menores, manifestó que adelanta 91 procesos disciplinarios a funcionarios y personal de colegios públicos de Bogotá, de los cuales de los 91 procesos abiertos, 89 son contra hombres y los otros dos, contra mujeres.[4][4] De esta cifra 49 hechos fueron cometidos contra menores de 14 años, como también existen 72 denuncias que afectan a adolescentes entre los 14 y 18 años de edad.

De acuerdo a la SED, entre el 2015 y 2016, hubo 32 procesos sancionatorios ¿de los cuales 10 fueron con sanción de destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos y 22 con sanción de suspensión e inhabilidad para ejercer cargos públicos¿.

El año pasado solo en Bogotá, ¿entre enero y octubre del 2016,...

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