Informe de conciliación al proyecto de ley 179 de 2007 cámara 298 de 2008 senado - 9 de Diciembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451351730

Informe de conciliación al proyecto de ley 179 de 2007 cámara 298 de 2008 senado

INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY 179 DE 2007 CÁMARA, 298 DE 2008 SENADOpor la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones

Doctores

HERNAN FRANCISCO ANDRADE SERRANO

Presidente Senado de la República

GERMAN VARON COTRINO

Presidente Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciados Presidentes:

De acuerdo con la designación hecha por las Mesas Directivas del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes, los suscritos nos permitimos rendir el presente informe de conciliación al Proyecto de ley número 298 de 2008 Senado, 179 de 2007 Cámara, por la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones. Los textos aprobados en Cámara y Senado cumplen con los principios constitucionales de consecutividad e identidad. Las diferencias básicamente corresponden al resultado del proceso de deliberación legislativa y a los aportes de los distintos expertos consultados por los ponentes.

Por consiguiente, teniendo en cuenta lo expuesto, solicitamos a las Plenarias del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, adoptar como texto definitivo el texto conciliado que se transcribe a continuación, el cual acoge como parámetro general el texto aprobado en la Plenaria del Senado de la República.

Cordialmente,

Rodrigo Lara Restrepo, Luis Fernando Duque, Oscar Suárez Mira, Senadores de la República; Mauricio Parodi Díaz, David Luna Sánchez, Nicolás Uribe Rueda, Representante a la Cámara.

TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 298 DE 2008 SENADO, 179 DE 2007 CAMARA

por la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

T I T U L O I

DE LA COMISION NACIONAL PARA LA SEGURIDAD, COMODIDAD Y CONVIVENCIA EN EL FUTBOL

CAPITULO I Artículos 1 a 6

Naturaleza, conformación y funciones

Artículo 1° Creación de la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol

Créase la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, como organismo asesor del Gobierno Nacional en la implementación de políticas, planes y programas, así como en la ejecución de estrategias dirigidas a mantener la seguridad, comodidad y convivencia en la organización y práctica de este espectáculo deportivo. La Comisión tendrá su sede en Bogotá, D. C., estará bajo la dirección del Ministerio del Interior y de Justicia, quien contará con la asesoría y asistencia técnica del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

Artículo 2° Integración de la Comisión. La Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, tendrá la siguiente composición:

¿ El Ministro del Interior y de Justicia o el Director de Asuntos Territoriales y Orden Público, o su delegado, quien la presidirá.

¿ El Ministro de Educación Nacional o el Director de Calidad Básica y Media, o su delegado.

¿ El Ministro de Cultura o el Director de Infancia y Juventud, o su delegado.

¿ El Director General del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, o el Subdirector Técnico del Sistema Nacional y Proyectos Especiales, o su delegado.

¿ El Director de la Policía Nacional o el Subdirector General, o su delegado.

¿ El Presidente de la Federación Colombiana de Fútbol o su delegado.

¿ El Presidente de la División Mayor del Fútbol Profesional Colombiano o su delegado.

¿ El Director General para la Prevención y Atención de Desastres o su delegado.

De acuerdo con las necesidades establecidas por la Comisión Nacional actuarán en calidad de invitados, con voz pero sin voto, las siguientes personas:

¿ El Fiscal General de la Nación o su delegado.

¿ El Procurador General de la Nación o su delegado.

¿ El Defensor del Pueblo o su delegado.

¿ Las autoridades municipales o distritales, o su delegado.

¿ Los representantes de los programas de convivencia en el deporte institucionalizados por las autoridades locales.

¿ Los representantes de los organismos de socorro y/o atención de emergencias, o sus delegados.

¿ Los representantes de las empresas encargadas de la venta de entradas a espectáculos de fútbol.

¿ Los representantes de las asociaciones de técnicos de fútbol.

¿ Los representantes de los círculos de periodistas deportivos.

¿ Los integrantes de la Comisión Arbitral Nacional del fútbol colombiano, o alguno de ellos.

¿ Un delegado de las barras organizadas existentes en el país, conforme al procedimiento de elección que se establezca en el reglamento.

¿ Un representante de los futbolistas profesionales, conforme al procedimiento de elección que se establezca en el reglamento.

¿ Los integrantes de la Comisión Séptima Constitucional Permanente del...

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