Inhabilidad para contratar de quienes financien campañas políticas - Otras inhabilidades - Causales de inhabilidad e incompatibilidad para participar en procesos de selección y celebrar contratos con el estado - El régimen de las inhabilidades e incompatibilidades - Prácticos vLex - VLEX 590689102

Inhabilidad para contratar de quienes financien campañas políticas

El art. 8º, numeral 1º, literal k) del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), adicionado por el art. 2° del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011) contempla la inhabilidad para contratar de quienes financien campañas políticas así:

“k) INHABILIDAD PARA CONTRATAR DE QUIENES FINANCIEN CAMPAÑAS POLÍTICAS. Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías con aportes superiores al dos punto cinco por ciento (2.5%) de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, quienes no podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas, del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato.

“La inhabilidad se extenderá por todo el periodo para el cual el candidato fue elegido. Esta causal también operará para las personas que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil de la persona que ha financiado la campaña política.

“Esta inhabilidad comprenderá también a las sociedades existentes o que llegaren a constituirse distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios hayan financiado directamente o por interpuesta persona campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones y las alcaldías.

“La inhabilidad contemplada en esta norma no se aplicará respecto de los contratos de prestación de servicios profesionales.”
¿Quiénes están inhabilitados? ¿Cuál es la causa que genera la inhabilidad? ¿Qué les queda prohibido? ¿Por cuánto tiempo opera la inhabilidad? Excepción
Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías. Haber hecho aportes superiores al dos punto cinco por ciento (2.5%) de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral. No podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas, del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato. Por todo el periodo para el cual el candidato fue elegido. La inhabilidad no se aplica respecto de los contratos de prestación de servicios profesionales.
Las personas que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil de la persona que ha
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