Intangibles - Normas tributarias vs. Normas contables - Libros y Revistas - VLEX 800371233

Intangibles

AutorYanel Blanco Luna
Páginas229-252
Normas tributarias
Artículo 74. Costo scal de los activos intangibles. Para efectos del impuesto
sobre la renta y complementarios, los activos intangibles se clasican dependiendo
de la operación que los origine, y su costo scal, se determina con base en lo
siguiente:
1. Activos intangibles adquiridos separadamente. Son aquellos activos
intangibles por los cuales la contribuyente paga por su adquisición. El
costo de los activos intangibles adquiridos separadamente corresponde
al precio de adquisición más cualquier costo directamente atribuible a la
preparación o puesta en marcha del activo para su uso previsto. Cuando se
enajene un activo intangible adquirido separadamente, el costo del mismo
será el determinado en el inciso anterior menos la amortización, siempre y
cuando haya sido deducida para nes scales.
2. Activos intangibles adquiridos como parte de una combinación de
negocios. Son aquellos activos intangibles que se adquieren en el marco
de una combinación de negocios, entendida como una transacción u otro
suceso en el que el contribuyente adquirente obtiene el control de uno o más
negocios, lo cual comprende, un conjunto integrado de actividades, activos
CAPÍTULO 16
INTANGIBLES
NORMAS TRIBUTARIAS VS NORMAS CONTABLES
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y pasivos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de
proporcionar una rentabilidad. Así:
a. En el caso de la compra de acciones o cuotas o partes de interés social no
se originan activos intangibles, en consecuencia, el valor de adquisición
corresponde a su costo scal.
b. En el caso de las fusiones y escisiones gravadas de conformidad con las
reglas de este estatuto, surge la plusvalía y corresponde a la diferencia
entre el valor de enajenación y el valor patrimonial neto de los activos
identicables enajenados la plusvalía así determinada no es suscepti-
ble de ser amortizada. Los activos identicables e identicados serán
susceptibles de ser amortizados siguiendo las reglas previstas en el nu-
meral 1 de este artículo respecto de los activos intangibles, y las reglas
generales para la adquisición de activos en el caso de los demás activos.
c. En el caso de adquisición de un establecimiento de comercio, la plus-
valía corresponde a la diferencia entre el valor de enajenación del esta-
blecimiento y el valor patrimonial neto de los activos identicables del
establecimiento. La plusvalía así determinada no es susceptible de ser
amortizada. Los activos identicables e identicados serán susceptibles
de ser amortizados siguiendo las reglas previstas en el numeral 1 de este
artículo respecto de los activos intangibles, y las reglas generales para la
adquisición de activos en el caso de los demás activos.
d. Si entre los activos identicables identicados, existen activos intan-
gibles formados por parte del enajenante, en los casos de los literales
b. y c. de este artículo, el costo scal para el adquirente, será el valor
atribuido a dichos intangibles en el marco del respectivo contrato o
acuerdo con base en estudios técnicos.
Cuando los activos intangibles adquiridos como parte de una combinación de
negocios se enajenen, individualmente o como parte de una nueva combinación de
negocios, el costo de los mismos será el determinado en el inciso anterior menos,
cuando fuere el caso, la amortización, siempre y cuando haya sido deducida
para nes scales. En todo caso, la plusvalía no será susceptible de ser enajenada
individualmente o por separado y tampoco será susceptible de ser amortizada.
3. Activos intangibles originados por subvenciones del Estado. Son aquellos
activos intangibles originados por la autorización estatal de usar algún bien
de propiedad del Estado o de cuyo uso este pueda disponer, de manera
gratuita o a un precio inferior al valor comercial.
El costo scal de los activos intangibles originados en subvenciones del Estado,
y que no tengan un tratamiento especial de conformidad con lo previsto en este
Estatuto, estará integrado por el valor pagado por dichos activos más los costos

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