Intereses de mora de acuerdo con el Decreto ley 222 de 1983 y la Ley 80 de 1993 - Núm. 2017, Enero 2017 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 696176553

Intereses de mora de acuerdo con el Decreto ley 222 de 1983 y la Ley 80 de 1993

AutorDerecho Justo

El Consejo de Estado estableció que un contratista puede solicitar que el pago tardío realizado de las cuentas se impute primero en la liquidación a intereses y luego a capital, y después, sobre los saldos insolutos que resulten, liquidar los intereses moratorios causados desde que se incurrió en mora, en aplicación del artículo 1653 del Código Civil.

Aun cuando la Ley 80 no se refiera directamente a este cuestionamiento, el artículo 13 dispone la aplicación a los contratos estatales de la normatividad civil y comercial, en los temas no regulados por esa ley.

Además de ello, el estatuto de contratación de la administración pública no se ocupa del tema de la imputación de los pagos aunque es permanente la preocupación de la Ley 80 por...

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