Introducción - Saldo a favor en el impuesto sobre la renta en personas jurídicas ¿Cómo hacer viable su devolución? - Libros y Revistas - VLEX 747792001

Introducción

AutorIván Darío Arango Múnera
Páginas9-10
Introducción
En Colombia, existen dos tipos de impuestos atribuibles, tanto a
personas naturales como a personas jurídicas, los cuales son: im-
puestos directos e indirectos.
Los impuestos directos son aquellos impuestos que recaen sobre
la persona, como lo es el impuesto de renta y el impuesto a la ri-
queza; y los indirectos son los que recaen sobre los bienes y servi-
cios o sobre las transacciones, entre estos, están el IVA, el impuesto
nacional al consumo y el gravamen a los movimientos nancieros
(Subgerencia Cultural del Banco de la República, 2015). Todos es-
tos impuestos son administrados por la autoridad en materia tri-
butaria, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y
frecuentemente son objeto de devolución el impuesto de IVA y el
impuesto de renta, los cuales tienen un procedimiento especíco
para cada uno (Colombia: Centro Interamericano Jurídico-Finan-
ciero, Fino Serrano & Vasco Martínez).
Es de saber que el objetivo del Estado es cobrar el justo impuesto
y todo aquello que lo sobrepase podrá ser objeto de devolución
(Constitución Política de Colombia, 1991), solo si el contribuyente
realiza la petición, cumpliendo con la normatividad y los paráme-
tros requeridos. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la
solicitud de un saldo a favor implica por parte del Estado trans-
ferir recursos económicos, es decir, solicitar este recurso faculta a
la DIAN para scalizar, auditar y requerir la información sobre los
diferentes hechos económicos del contribuyente solicitante.

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