Introito
| Páginas | 39-305 |
| Autor | Rodnie C. Galleani G. |
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EL MANEJO DE LAS EMOCIONES EN LOS PROFESIONALES DEL DERECHO
INTROITO
Hoy en día, la generalidad de los ciudadanos del mundo está habituada
a considerar ciertas acciones o profesiones2 mediante procesos judiciales con
figuras como un defensor, encargado de asesorar legalmente a las personas,
conocido como abogado. Además, un representante público que promueve el
ejercicio de la justicia en resguardo de la legalidad y los derechos de los
habitantes y del interés público amparado por la ley llamado fiscal, y como
parte de este complejo órgano se encuentra la persona que tiene la autoridad
para aplicar el Derecho; juzgando y sentenciando según pruebas o
evidencias que se presentan en un juicio, llamado juez. Estos oficios se han
distinguido por su dominio técnico jurídico y su profunda capacidad de aná-
lisis elemental para el progreso profesional3, aun asi, hay tema de discusión
no resueltos de la naturaleza humana «incluso hay quien ha dudado de que exista
algo así como la naturaleza humana» (Pelechano, 1996a). Este aprendizaje y el
ejercicio del Derecho en el mundo se acentúan por el predominio de la racio-
nalidad y el virtuosismo de normas, resultados e indagaciones; donde la natu-
raleza jurídica es la principal herramienta para entender y designar el modelo
pedagógico tradicional de Derecho. Todos estos eventos y puntos de vista sus-
2Weber, M. (1993). Economía y Sociedad. Editorial: Fondo de Cultura Económica de España. La
pregunta a celebrar ¿Qué es una profesión? Desde el punto de vista del autor esta reflexión se basa
en la esencial especificación, especialización y coordinación que muestran las prestaciones por un
sujeto; fundamento necesario de una probabilidad de sostenimiento o de ganancias, es decir, se
caracteriza por un conjunto de conocimientos especializados que el versado posee, pero parece muy
debatible que la misma tenga como fundamento el aspecto de carácter económico, o de ganancias.
En el caso del ejercicio profesional del Derecho.
3Martinez, J. (1993). Abogacía y Abogados. Editorial: Bosh. Para el caso de la abogacía, algunos autores
concuerdan que no fue solo una profesión, «sino una actividad social que constituía honor e
influencia, pero no conllevaba remuneración o sustento habitual de la vida una actividad social
cooperativa, cuya meta interna consiste en proporcionar a la sociedad un bien específico e indispen-
sable para su supervivencia como sociedad humana, para lo cual se precisa el concurso de la
comunidad de profesionales que como tales se identifican ante la sociedad. Adela Cortina la gran
filósofa española plantea que los inicios de las profesiones de las que tenemos referencia son
básicamente tres: sacerdote, médico, jurista. Cada una de ellas presta a la humanidad un bien
indispensable para la vida personal y social de las culturas. Por eso, quienes ejercen estas carreras
no solo tienen que seguir un propio aprendizaje en cada caso para ingresar en la profesión, sino que
deben manifestar un juramento por el que se comprometen a obedecer sus normas e intentar
proporcionar el bien correspondiente, más allá de su interés egoísta.
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RODNIE C. GALLEANI G.
citan un debate sobre los nuevos compromisos y competencias que deben ad-
quirir los profesionales del Derecho, debido a la estricta relación unidireccional
entre profesional, cliente y ambiente fuertemente incidido, por cargas emotivas,
tensiones, expectativas y dificultades; ocasionando una especie de
minimización de las emociones y nula habilidad de instruirse en ellas. Sobre
el particular, la sociedad actual es muy compleja y posee muchos ambientes
que deben ser cultivados4. Sobre esto, parece razonable aceptar que la psicolo-
gía forma parte de la realidad social de los entornos y en muy distintas parce-
las como lo reglamentario y con cierta capacidad de influencia sobre tal fun-
cionamiento (Pelechano, 1996b). Estas tendencias, de acuerdo a (González,
2008) son fuerzas5 que abolen el razonamiento y dejan al entorno con falta de
voluntad, sin mediación para pensamientos y juicios que se pudieran reque-
rir. Ya (Cervantes, 1615) en el ingenioso hidalgo el Quijote6 lo
advertía, poniendo en palabras de este personaje singulares expresiones como
las siguientes: «…no has de mezclar en tus pláticas la muchedumbre de refranes que
sueles; que puesto que los refranes son sentencias breves, muchas veces los traes tan por
los cabellos que más parecen disparates que sentencias». El punto de vista es bastan-
te claro; la comprensión que provee un refrán exige una elaboración y una
experiencia para que sea entendido en su justa expresión y correcta aplica-
ción, de manera similar, una práctica de vida debe ir acompañado de una
capacidad de aprendizaje de ese dominio. En otro orden de ideas, las emocio-
nes son como la letra chica de la celebración del contrato; aunque la palabra
describe una característica tipográfica y refiriéndose al contenido del texto. El
enunciado se asoma como una representación despectiva «mala reputación»
ligada a engaño, fraude y misterio, en pocas palabras, en algo no ético. Del
mismo modo, la emocionalidad es un bien común que está presente en todos
aquellos que establecen un sistema jurídico, llámese fiscales, jueces, notarios,
empleados, procuradores, colaboradores, clientes, legisladores y abogados. Por
lo mismo, estas causas responden al predominio de la facultad discursiva
«razón», incluyendo la intuición, juicio y razonamiento. Adjuntando un para-
digma falso relativo a la consigna «las emociones nos alejan del verdadero conoci-
miento» promoviendo una incompetencia visceral cada vez más empoderada y
acentuada en la ignorancia, brusquedad y salida de tono, que implica mani-
festaciones exageradas de su presencia hoy en día. En atención a lo cual, esta
profesión del Derecho es sometida a altos niveles de estrés y competitividad,
donde la salud mental es un «perjurio» que tiene la pretensión de ser verdade-
ro en lo público, pero falso en lo privado, puesto que, carece de la apariencia
de auténtico donde el evento crucial; es la sintomatología que se ven expues-
tos a diario los instruidos, sin poder conciliar la vida personal, familiar y
laboral, menoscabando inusitadamente el «equilibrio emocional» con los he-
4Pelechano, V. (1996). Habilidades Interpersonales. Teoría Mínima y Programa de Intervención. Volumen
I. Editorial: Promo Libro.
5González, D. (2008). Emociones Responsabilidad y Derecho. Ediciones: Marcial Pons. España.
6Cervantes, M. (1615). El ingenioso caballero don Quijote de la Mancha. Editorial: IBEROAMERICANA.
Año de edición: 2018.
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EL MANEJO DE LAS EMOCIONES EN LOS PROFESIONALES DEL DERECHO
chos sobre el estigma, el prejuicio y la discriminación7 «aunque los profesionales
del Derecho pueden aceptar causas médicas o genéticas de los problemas de la salud
mental y la importancia de obtener tratamiento, aún existe una opinión negativa sobre
las personas con enfermedades de la salud mental» (González et al., 2008). El caso
presentado expone de manera clara, que este Derecho está «desgarantizado» y
no forma parte de ningún programa de prevención, más bien aísla capacida-
des; pactando como único responsable, los recursos mínimos concernientes al
mandato de la emoción» … Los siglos antiguos en voz alta emprenden esta pequeña
intriga; la Alegoría del Derecho observa que las hojas empiezan su agitación, algo
ocurre con las letras y doctrinas en su templanza, el polvo de la cubierta se arrastra y
se diluye en aires turbulentos, confundiéndose con el hálito de la justicia, aferrándose
enredada a las sombras y los ecos, vociferando en bajo tono; llamad y contarles lo
ocurrido, tomad el punto común de la barbarie y hacedles creer que es verídico»
(Galleani R., 2024)… Viajemos hacia el pasado, hacia Grecia, y situémonos en
el monte Areópago y soñemos entre mitos, cuentos y leyendas que hechizan la
atmósfera del lugar y ubiquémonos en el Tribunal Superior de Justicia, donde
Ares fue juzgado en el primer juicio de la historia y exonerado de culpa por el
consejo de los dioses del Olimpo, por el asesinato de Halirrotiod hijo de
Poseidón y de la ninfa Eurídice. «En derecho penal, este acontecimiento es citado
como el primer juicio por asesinato, de la historia en la mitología»… Aquí los jueces,
estaban constituidos por un alto tribunal, cuyos magistrados denominados
arcontes o areopagitas «jueces» resolvían en Derecho, las disputas ocasiona-
das entre los ciudadanos, o el Estado, cuando la democracia estaba en forma-
ción. Conjuntamente, se juzgaba ideas como a hombres, aquí se aspiraba a
encontrar la verdad, «salón de la justicia» por intermedio de hábiles lenguajes
con apariencia de verídico, ahí en el ágora, se acercaba a los que, supuesta-
mente, sabían algo. Aun cuando, al cabo de algunas preguntas y exposicio-
nes, sopesa cierta incomodidad intelectual, porque tales reflexiones iban pro-
vocando precisiones del asunto en cuestión, que no dejan cabida para frases
dichas al pasar, ni conexiones con cosas no pertinentes, ni sinsentidos, el
ejemplo, que estamos suponiendo, advierte y presume un insight «por qué ocu-
7González, R., Lozano, B. y Castien, J. (2008). Psicosociología del estigma: ensayos sobre la diferencia, el
prejuicio y la discriminación. Editores: Universitas. El estigma público implica las actitudes negativas
o discriminatorias que otras personas tienen sobre la enfermedad mental. El autoestigma se refiere
a las actitudes negativas que tienen las personas sobre su propia enfermedad mental, incluyendo
sentir vergüenza. El estigma institucional es sistémico e implica políticas del gobierno y las organi-
zaciones privadas que de forma intencionada o no intencionada limitan las oportunidades de las
personas con una enfermedad mental. Entre algunos ejemplos se incluye la asignación de menos
fondos para la investigación de la enfermedad mental o menos servicios de salud mental en relación
con otro tipo de atención médica. Estereotipos y prejuicios - Las personas con enfermedad mental
son peligrosas, incompetentes, culpables de su enfermedad e impredecibles. Discriminación - Por
tanto, los empleadores pueden evitar contratarlos, los despachos no los contratan y el sistema
sanitario puede ofrecer un menor nivel de asistencia sanitaria. Self - Estereotipos y prejuicios - Soy
peligroso/a, incompetente y culpable. Discriminación - Estas ideas conducen a una menor autoestima
y autoeficacia: «¿por qué me ocurre esto? Alguien como yo no merece una buena salud». Institucional
- Estereotipos y prejuicios - Los estereotipos se integran en las leyes y otras instituciones. Discrimi-
nación - Pérdida de oportunidades premeditado o intencional.
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