La investigación judicial - ABC del nuevo sistema acusatorio penal, El - Libros y Revistas - VLEX 42406678

La investigación judicial

AutorVíctor Orielson León Parada
Páginas159-201

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Las exigencias del conocimiento por las causas, desarrollo y ejecución de un punible obligó a los investigadores judiciales a procurar el diseño de un método efectivo en las ciencias forenses y criminalísticas. Sin embargo, este método no siempre fue elaborado con igual cuidado para cada una de sus etapas y no fue, tampoco, totalmente homogéneo en su estructuración. Actualmente, la construcción de métodos adecuados ha llegado a constituir una preocupación de primera importancia para el desarrollo y fundamentación de las distintas actividades en las áreas de la investigación jurídica procesal. Sin duda, la investigación judicial en cada caso concreto posee características muy propias, según los resultados que se propongan, puede ser investigación pura (doctrina), esto es, aquella enfocada a la solución de los problemas teóricos, o estar dedicada a resolver problemas de aplicación práctica.

Para cada área del conocimiento, la tarea de investigar es concebida de distinta manera; por ejemplo, en física, la investigación se dirigirá a la obtención de conocimientos formulables en leyes de valor universal -elemento que también se aplica a la Criminalística y a las técnicas forenses-, que puedan tener un carácter de predictibilidad; en lingüística, la investigación significará una explicación válida del conjunto de datos considerados; en cambio, en procesal penal, la situación apunta a resolver un hecho punible.

A efecto de obtener un significado común para las diversas disciplinas, y dentro de ellas, entenderemos por investigación judicial al tipo de trabajo que consiste en buscar:

* Un resultado o transformación de algo (el proceso de investigación mismo),

* Ejercida sobre un conjunto de elementos, físicos y conceptuales, previos (datos, testimonios, conductas, indicios, pruebas, teorías, etc.).

* Mediante el empleo de ciertas técnicas (interrogatorios y contrainterrogatorios, pruebas de laboratorio, peritajes1 y conceptos de profesionales, etc.),

* Para obtener determinados resultados (defensa o acusación de responsables por un punible, presentación de nuevos hechos, desvirtualización de hechos y conductas presentados, etc.).

En esta pequeña guía, que se inserta en este contexto, se propone presentar un sencillo método secuencial del conjunto de técnicas y procedimientos que se requieren para el trabajo de la investigación judicial. Dado que, generalmente, estos procedimientos varían según las etapas del proceso penal, es conveniente exponer, resumidamente, cuáles son esas etapas y cuáles sus diferencias. Veámoslos, en grandes rasgos:

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* Selección de temas: en la investigación formal y común, esta selección obedece al tipo de interés del investigador. En la investigación judicial, el tema o la causa de la investigación está sujeta al suceso de un hecho punible. Incluso, dentro del mismo contexto de esa causa o punible, caben varios tipos de investigación: uno, el que realiza la Policía Judicial, otro, el que desarrolla el fiscal encargado de la dirección del proceso; otro más, el que puede desarrollar la defensa para mostrar o contradecir los elementos y argumentos de la acusación. Como se aprecia, son varios los temas a investigar, según el interés de quien avoca la investigación.

* Desarrollo de la investigación: es el cuerpo mismo del trabajo, en el que habrá de realizarse la producción de conocimientos, y abarca a su vez otras etapas. El nuevo procesal penal lo asume como la metodología -Programa Metodológico de la Investigación (Art. 207 CPP) - que debe desarrollar el investigador, llámese policía judicial, fiscal o defensor. Sin embargo, por ejemplo, los técnicos de laboratorio y de campo, quienes realizan tareas muy precisas por sus especialidades y categorías profesionales -médicos forenses, dactiloscopistas, grafólogos, etc.-deben ostentar sincronicidades y cooperaciones muy precisas para desarrollar los conceptos y peritajes sobre las pruebas recaudadas, pruebas que, en últimas, son las que deben dar las certezas o no, sobre los hechos en cuestión. Cada situación o etapa de la investigación judicial requiere de una consecuencialidad, muy precisa, es decir, de un método formal apropiado para encontrar el o los resultados que se pretendan con la investigación judicial.

* Exposición del trabajo: supone para el ente acusador la redacción y exposición de las argumentaciones dentro del Escrito de Acusación, los alegatos de apertura y de conclusión; igual, para la defensa los alegatos de apertura, conclusión y las contradicciones, controversias y objeciones de las pruebas abiertas en audiencia, sea esta preliminar, de formulación de acusación, preparatoria o ya en el Juicio Oral, ante el juez de conocimiento. En esta exposición quedan, prácticamente, consignados las pruebas y los resultados que arrojaron cada una de las investigaciones para la causa trabajada.

Corrientemente, todo trabajo de investigación judicial se origina dentro de ciertos sectores de la disciplina penal -delitos contra la vida y la integridad personal, contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, contra la libertad individual y otras garantías, contra la libertad, integridad y formación sexuales; contra la integridad moral, contra la familia, contra el patrimonio económico, contra los derechos de autor, contra la fe pública, contra el orden económico social, contra los recursos naturales y el medio ambiente, contra la seguridad pública, contra la salud pública, contra los mecanismos de participación democrática, contra la administración pública, contra la recta y eficaz impartición de justicia, contra la existencia y seguridad del Estado y, contra el régimen constitucional y legal-. Como se aprecia, cada uno de estos sectores o temas del sustancial penal constituye un ámbito de conocimientos más o menos complejo, que puede agrupar a otros numerosos subtemas; por ejemplo, dentro de los delitos contra la vida y la integridad personal, un tema puede ser el genocidio,Page 161 otro el del aborto, otro más, el de la omisión de socorro. En procesal penal los temas están dados de acuerdo al hecho punible cometido y que se tiene que investigar, acusar o defender.

La investigación comienza cuando dentro de determinado tema se plantea un problema, es decir, una pregunta perfectamente delimitada y estructurada, a la que el trabajo de investigación científica judicial dará una respuesta: ¿Quién lo mató? Por tanto, es evidente que la selección e imposición del problema forma parte del desarrollo de la investigación judicial, y por ello se debe incluir dentro de ese marco de investigación forense y criminal.

Sin embargo, tanto los temas como los problemas tienen un factor común: las fuentes desde donde se puede realizar la elección del tipo de investigación. Se distinguen dos clases de fuentes:

* Las que están dadas por ciertas circunstancias y, por tanto, el investigador judicial no se cuestiona cómo encontrarlas, por ejemplo:

- Los datos que aparecen consignados en los informes o notas de la policía judicial, sobre un hecho punible.

- Los temas particulares o los más protuberantes sobre la causa a investigar y que asume el investigador con base en su experiencia, y sus intereses. Igual, los temas que ese investigador considera deben ser analizados y estudiados por los expertos en las ciencias forenses y criminalísticas, en sus laboratorios (fluidos corporales, por ejemplo).

- Los problemas y otros indicios que surgen y se desprenden de la observación espontánea de determinados fenómenos en forma que, se podría decir, son efecto de una causa, física o conductual.

* Las fuentes de selección de ciertos temas a las que se recurre en búsqueda de nuevos planteamientos, ya sean estos de:

Literarias:

- Libros y monografías especializadas

- Internet

- Dictámenes de forenses y criminalísticos reconocidos

- Informes y revistas o publicaciones periódicas sobre el tema - Jurisprudencia y doctrina

- Programas de video o informes de laboratorios especializados, etc.

O bien,

Fuentes relacionadas con ciertas actividades; a saber:

- Entrevistas con testigos

- Interrogatorios

- Entrevistas con expertos

- Correspondencia con pares o centros de investigación forense y criminal

- Asistencia a seminarios, conferencias y debates, etc.

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Ya en el desarrollo de la investigación, y una vez elegido el tema de la investigación, más el acopio de la información inicial sobre el punible, se procede a su resolución y finalmente se establece una comunicación de los resultados obtenidos (escrito de acusación, formulación de acusación y alegatos).

El momento de la resolución (o desarrollo estricto de la investigación judicial) incluye a su vez, varias etapas:

Planeamiento (guión o mapa conceptual)

El proceso de elaboración de conocimientos suele caracterizarse por la minuciosa organización de cada una de sus etapas. Aun, en caso de que una investigación judicial se suspenda a mitad de su realización, con el objeto de modificarla debido a factores o pruebas sobrevinientes no consideradas inicialmente, la reestructuración del planteamiento general significará la formulación de un plan distinto de trabajo tan estricto como el anterior. Si bien ningún investigador judicial (en este caso llamamos investigador judicial tanto al policía judicial, como al fiscal de la causa y, por supuesto, al defensor del indiciado) puede anular el azar, en cambio sí puede tratar de reducir su margen de aparición. Por otra parte, es obvio que toda actividad busca concretar sus resultados con el máximo de aprovechamiento de sus energías. De ahí la necesidad de planificar la...

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