Causación del IVA - Impuesto sobre las ventas - IVA - Cartilla. Impuesto sobre las ventas IVA e Impuesto Nacional al Consumo INC - Libros y Revistas - VLEX 439207294

Causación del IVA

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Jaime Monclou Pedraza
Páginas49-69
Impuesto sobre las Ventas – IVA 49
para efectos del IVA, la noción de “servicio” en la forma señalada por el artículo 1 del
Decreto 1372 de 1992, que da lugar a la causación del tributo, en la medida en que no
se dan los supuestos señalados en esta disposición y más aun si se considera que no
existe una parte contratante y otra contratista que deba cumplir con la realización de
una obligación de hacer155“.
-- La baja o retiro de mercancías por hurto.
“La baja por hurto de una mercancía importada no corresponde en estricto sentido a
una venta, por lo que dicha operación no constituye un hecho generador de IVA, de
conformidad con el artículo 420 ibídem156“.
-- Las costas judiciales y peritos en los Tribunales Eclesiásticos.
“En consecuencia las costas judiciales tal y como están previstas en el Decreto sobre
costas judiciales, abogados y peritos en los Tribunales Eclesiásticos de Colombia, no
encuadran dentro del concepto de servicio a que alude el artículo 1 del Decreto 1372
de 1992 y por lo tanto no constituyen un hecho generador del IVA en los términos del
artículo 420 del Estatuto Tributario ya referido157“.
-- Casos de supresión, fusión, transformación de entidades u organismos públicos del
orden nacional.
En los casos de supresión, fusión, transformación, cesión de activos, pasivos y contratos,
 
nacional, los actos o contratos que deban extenderse u otorgarse con motivo de tales
eventos, se considerarán actos sin cuantía y no generarán impuestos ni contribuciones
de carácter nacional158.
CAPÍTULO III
CAUSACIÓN DEL IVA
6. ¿En qué consiste la causación del IVA?
 159 que da origen a
la obligación tributaria.
155
156 Concepto DIAN 062603 de 2009.
157 Concepto DIAN 000535 de 2010.
158 Ley 633 de 2000, artículo 73 inc. 1.
159 Ver punto 4 de esta Cartilla.
Cartilla Impuesto sobre las Ventas -IVA- e Impuesto Nacional al Consumo -INC-50
SECCIÓN I
CAUSACIÓN DEL IVA EN LA VENTAS DE BIENES CORPORALES MUEBLES
6. 1 ¿En qué momentos se entiende causado el IVA en las Ventas?
Se entiende causado el IVA en las ventas en los siguientes momentos:
1. Por regla general, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente y a falta
de éstos, en el momento de la entrega, aunque se haya pactado reserva de dominio,
pacto de retroventa o condición resolutoria.
En los retiros de bienes corporales muebles hechos por el responsable para su uso o

Cuando el valor convenido sufriere un aumento con posterioridad a la venta, se generará
el impuesto sobre ese mayor valor, en la fecha en que éste se cause160.
La excepción se da cuando hay rescisión, resolución o anulación del contrato o la
devolución de la mercancía al vendedor; eventos en los cuales procede la deducción
del valor del impuesto determinado en tales casos161.
2. En la venta de productos derivados del petróleo, en la producción, en la importación y
en las operaciones entre vinculados económicos de unos y otros162.
3. En la venta de limonadas, aguas gaseosas aromatizadas (incluidas las aguas minerales
tratadas de esta manera) y otras bebidas no alcohólicas, con exclusión de los jugos de
frutas, de legumbres y hortalizas de la partida 20.09, se causará en el momento de la
producción, de la importación y en el de la operación con el vinculado económico de
uno y otro163.
4. En la venta de vinos y licores con un contenido alcoholimétrico superior a 2.5 grados
por volumen, en la producción y/o en la importación de los mismos164.
5. En la venta de cerveza de producción nacional, se causa en el momento en que el
artículo sea entregado por el productor para su distribución o venta en el país165.
6. En la venta de arroz o maíz de uso industrial, el responsable del IVA deberá tener en
cuenta la utilización del producto, de tal manera que cuando el adquirente lo destine
a transformación industrial para harinas, concentrados o como materia prima para la

la del grano, se causa el IVA.
160 Estatuto Tributario Nacional, artículo 429 lits. a), b) y Par.
161 Estatuto Tributario Nacional, artículo 484 parcial.
163 Estatuto Tributario Nacional, artículo 446.
164 Decreto Reglamentario 522 de 2003, artículo 19.
165 Estatuto Tributario Nacional, artículo 430.

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