Juez constitucional: Legislador positivo constitutional - Núm. 26, Julio 2016 - Principia Iuris - Libros y Revistas - VLEX 648928913

Juez constitucional: Legislador positivo constitutional

AutorJose Luis Suarez
CargoEspecialista en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica Universidad Libre-Bogotá (2011), estudios de especialización en Derecho Constitucional Universidad de Salamanca, España (2012)
Páginas171-191
171
JUEZ CONSTITUCIONAL: LEGISLADOR POSITIVO
CONSTITUTIONAL JUDGE: LAWMAKER
POSITIVE
JUGE CONSTITUTIONNEL: LÉGISLATEUR
POSITIF
Fecha de recepción: 4 de abril de 2016
Fecha de aprobación: 15 de mayo de 2016
José Luis Suárez-Parra1
1 Especialista en Filosofía del Derecho y
Teoría Jurídica Universidad Libre-Bogotá
(2011), estudios de especialización en Derecho
Constitucional Universidad de Salamanca–
España (2012), Doctorando en Derecho
Universidad de Buenos Aires–Argentina (2013
a la fecha), estudiante de Maestría en Derechos
Humanos UPTC-Seccional Chiquinquirá (2015-
2016), Juez Primero Promiscuo Municipal de
Cáqueza (Cundinamarca), Juez Promiscuo
Municipal de Sáchica–Boyacá, Juez Tercero
Penal Municipal de Chiquinquirá–Boyacá, Juez
Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de
Seguridad de Tunja..
Revista Principia Iuris, ISSN Impreso 0124-2067 / ISSN En línea 2463-2007 Julio-Diciembre2016, Vol. 13, No. 26, pp. 171-191
JUEZ CONSTITUCIONAL: LEGISLADOR POSITIVO
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Revista Principia Iuris, ISSN Impreso 0124-2067 / ISSN En línea 2463-2007 Julio-Diciembre 2016, Vol. 13, No. 26
Resumen
En Colombia, a partir la Constitución Política de 1991, La Corte
Constitucional ha jugado un papel importante en el desarrollo del
derecho, afirmando aún más la conversión de Colombia en un estado
“neoconstitucionalista”, ratificando así que el derecho es de los jueces y no
de los legisladores, las actuaciones de las altas cortes llamados “órganos de
cierre”, en algunas ocasiones los han convertido en legisladores positivos, y
más allá en ordenadores de políticas públicas, funciones que constitucional y
teóricamente competen a otras ramas del poder público Ejecutiva y Legislativa
distintas a la que pertenecen como la Judicial.
Aquella condición donde el poder Legislativo es quien legítimamente puede
emitir las leyes, ha cambiado, ahora el precedente judicial emitido por
alguna de las altas cortes también tiene fuerza de Ley, efectos erga omnes,
que obligan a los ciudadanos, sin que esta previsión sea incluida en una
norma, y que constitucionalmente tiene legitimidad y más aún aceptación
por los ciudadanos más tratándose en la protección de derechos en cuanto a
las condiciones de dignidad humana se refiere.
Además de ello, en el caso de la corte constitucional, no solo ha jugado como
un legislador positivo, incluso un constituyente positivo, dando la categoría
de fundamental a derechos que positivamente no lo son, o interpretando
las leyes en el sentido constitucional a favor del reconocimiento de derechos
fundamentales, invadiendo así la esfera de competencia del legislador,
llegando incluso a crear cierta inseguridad jurídica. También la corte
ha jugado el papel correspondiente al poder ejecutivo, fijando políticas
públicas como lo es el caso de las decisiones donde declara el estado de cosas
inconstitucionales y que ordena al ejecutivo seguir sus orientaciones en las
políticas públicas pretendiendo la protección de derechos fundamentales.
En esta oportunidad se hace el estudio del papel de juez como legislador
positivo en el reconocimiento de derechos económicos sociales y culturales
como derechos fundamentales y la legitimidad del juez para invadir la esfera
del poder legislativo.
Palabras Clave
Poderes, Legitimidad, Juez, Derechos, Sentencia, legislador, Norma, Ley,
Constitución, Estado, sistema, ordenamiento jurídico, interpretación,
precedente.
Abstract
In Colombia, from the 1991 Constitution, the Constitutional Court has played
an important role in the development of law, stating further conversion of

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