La jurisdicción extraterritorial en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ¿una aproximación particular a la responsabilidad del Estado por actos ejecutivos fuera del propio territorio que vulneran los derechos humanos? - Debates sobre fondo y procedimiento en tribunales internacionales - Diálogos y casos iberoamericanos sobre derecho internacional penal, derecho internacional humanitario y justicia transicional - Libros y Revistas - VLEX 856681535

La jurisdicción extraterritorial en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ¿una aproximación particular a la responsabilidad del Estado por actos ejecutivos fuera del propio territorio que vulneran los derechos humanos?

AutorJordi Bonet Pérez
Páginas375-402
375
La jurisdicción extraterritorial en
lajurisprudencia del Tribunal Europeo
deDerechos Humanos:
¿una aproximación particular a la responsabilidad
del Estado por actos ejecutivos fuera del propio
territorio que vulneran los derechos humanos?
Jordi Bonet Pérez*
Resumen
El capítulo analiza cuál es la aproximación del Tribunal Europeo de Dere-
chos Humanos (TEDH) frente a la idea de jurisdicción en el contexto de la
realización de actos ejecutivos extraterritorialmente, para jar su posición
jurídica y comprobar si de esta se inere una visión particular o un posible
lex specialis respecto al derecho internacional general.
Palabras clave: Tribunal Europeo de Derechos Humanos, lex specialis, juris-
dicción, extraterritorialidad.
* Catedrático de Der echo Internacional Públ ico de la Universidad de Barcelona e i nves-
tigador princ ipal del proyecto de investiga ción nanciado por la Admin istración Central del
Estado “La ter ritorialidad como lím ite de la jurisdicción del Es tado ante conductas de actores
privados no estat ales que repercuten en la efec tividad de los derechos huma nos internacional-
mente reconocidos” (2 015-670 26-P).
Diálogos y ca sos iberoamericano s sobre derecho internac ional penal, derec ho internacional hum anitario
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Abstract
The chapter analyzes what is the approach of the European Court of Human
Rights (ECHR) to the idea of jurisdiction in the context of extraterritorial exe-
cutive acts, in order to establish its legal position and underst and whether
it has produced a particular position or a possible lex specialis regarding
general international law.
Keywords: European Court o f Human Rights, lex specialis, jur isdiction,
extraterritoriality.
Introducción
La noción de jurisdicción, tal y como ha sido contemplada a partir de la
opinión de la Corte Permanente de Justicia Internacional, sin dejar de
predicarse como básicamente territorial, hace referencia, en principio, a
la facultad de dictar leyes conforme al derecho internacional público para
regular la conducta propia y de los individuos, así como de disponer de un
aparato jurisdiccional para hacer cumplir las normas jurídicas vigentes1.
Como señala Marko Milanovic, la jurisdicción “is the authority of the
state, based in and limited by international law, to regulate the conduct
of persons, both natural and legal, by means of its own domestic law”2.
La racionalidad sistémica del orden jurídico interno sostiene tanto la
existencia de instituciones judiciales susceptibles de dirimir y de resolver
los posibles incumplimientos o disputas relativas a la aplicación de esas
1 “Foremost restriction i mposed by internat ional law upon a State is that —failing t he
existence of a per missive rule to the cont rary— it may not exerc ise its power in any form in the
territory of anot her State. In this sense ju risdiction is certa inly territoria l; it cannot be exercised
by a State outside its terr itory except by virt ue of a permissive rule der ived from international
custom or from a convention”, (Perma nent Court of International Jus tice, e Case of the S.S.
“Lot us” (1927), Series A n.o 10, p.18). “Far from layin g down a general prohibition to t he eect
that States may not ex tend the application of their law s and the jurisdiction of t heir courts to
persons, proper ty and acts outside thei r territory, it leaves them in t his respect a wide meas ure
of discretion wh ich is only limited in cer tain cases by prohibitive r ules; as regards oth er cases,
every State rema ins free to adopt the principles which it regards as best and most suitable”.
(Ibíd., 19).
2 Marko M ilanovic, Ext raterritorial Applicat ion of Human Rights Treaties. Law, Princip les,
and Policy, (Oxford: Oxford Unive rsity Press, 2011), 23.

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