De las Jurisdicciones Especiales - De la Rama Judicial - Constitución política de Colombia - 1ra edición - Libros y Revistas - VLEX 400735454

De las Jurisdicciones Especiales

Páginas107-107
107
CAPITULO 5
De las jurisdicciones especiales
Artículo 246.- Las autoridades de los pueblos indígenas
podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbi-
to territorial, de conformidad con sus propias normas y pro-
cedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitu-
ción y leyes de la República. La ley establecerá las formas de
coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema ju-
dicial nacional.
Artículo 247.- La ley podrá crear jueces de paz encargados
de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios.
También podrá ordenar que se elijan por votación popular.
Artículo 248.- Unicamente las condenas proferidas en
sentencias judiciales en forma definitiva tienen la calidad de
antecedentes penales y contravencionales en todos los órde-
nes legales.
CAPITULO 6
De la Fiscalía General de la Nación
Artículo 249.- La Fiscalía General de la Nación estará
integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y los
demás funcionarios que determine la ley.
El Fiscal General de la Nación será elegido para un perío-
do de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna
enviada por el Presidente de la República y no podrá ser re-
elegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser
Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

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