El largo camino hacia la verdadera independencia judicial: de la Revolución francesa a nuestros días
Autor | Juan Luis Gómez Colomer |
Páginas | 13-34 |
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Cuadernos de Derecho Penal, ISSN: 2027-1743, enero-junio de 2014
* Texto de la conferencia impartida por el autor en la inauguración de la
VI Cohorte de la Maestría en Derecho, Línea de Derecho Procesal Penal,
codirigida por él y el Profesor Fernando Velásquez, en la Universidad
Sergio Arboleda, Bogotá (Colombia), el día 28 de febrero de 2014.
El largo camino hacia la verdadera independencia judicial:
de la Revolución francesa a nuestros días –una historia de
utopías, mitos y realidades–
Juan Luis Gómez Colomer*
Resumen
El texto consigna una importante reexión acerca de la autonomía del Poder
Judicial, a cuyo efecto toma como marcos de referencia a Colombia y España;
se advierte que, si bien, existe cierta independencia del sector Judicial, ésta
ha sido sometida y superada por el poder Político, lo cual lleva a su autor a
cuestionarse si ese cometido es un mito o una realidad. De esta manera, se
busca identicar las garantías sobre las cuales deben edicarse los sistemas
judiciales, para lograr una separación real entre la política y la justicia, con
énfasis en una clara división de poderes.
Palabras Clave
Administración de justicia, comunidad autónoma, democracia, división de
poderes, Estado de Derecho, independencia judicial, poder judicial, poder
ejecutivo, poder político, soberanía.
Introducción
“Sois inamovibles en vuestro cargo, porque sois responsables
de vuestros actos”. Esta frase, atribuída al jurista liberal español
Eugenio Montero Ríos, quien fue Ministro de Gracia y Justicia
a nales del siglo XIX y Presidente del Gobierno a principios del
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siglo XX, pone el dedo en la llaga y reitera como indiscutible, que
responsabilidad e independencia judicial, caminan juntas; ambas,
constituyen uno de los pilares esenciales del funcionamiento
imparcial del Poder Judicial, así como una de las bases de la
Democracia, pues sin jueces justos no hay Estado de Derecho. La
evolución de su práctica nos lleva, sin embargo, a cuestionarnos
si estaremos ante una utopía o ante un mito; porque la realidad se
desmiente cada día, prácticamente en todo el mundo. Permítanme
exponerles en el tiempo concedido unas reexiones al respecto.
La utopía: ¿Qué es la independencia judicial?
De independencia judicial en sentido aprehensible por la
ciudadanía, hoy únicamente puede hablarse a partir de la Revolución
Francesa (1789). Lo que se trataba en aquel entonces, como hoy, era
ubicar al nuevo juez en el nuevo Estado, o lo que es lo mismo, al
Poder Judicial como tercer poder del Estado; según la aceptada y
ejercida concepción del Barón de la Bréde en la Democracia, acorde
con los principios que la sostienen.
No es difícil en este sentido, dar un concepto de independencia
judicial admisible universalmente, si se atiende al ideario revolucio-
nario francés. Aunque las soluciones propuestas en ese país se co-
rresponden, como es lógico, con un determinado momento históri-
co; de ahí la relatividad con que deban contemplarse. El problema es
más bien otro, a saber, analizar cómo se ha desarrollado y desarrolla
ese concepto y sobre todo, cómo se ha practicado en los países que
para nosotros constituyen un referente jurídico de primer orden,
como también en aquellos en que vivimos y se desarrolla nuestra
actividad profesional.
El Estado democrático moderno, se organiza políticamente por
decisión libre de sus ciudadanos, distribuyendo sus potestades
de gobierno en tres poderes: El Poder Ejecutivo (Administrativo
o Político), el Poder Legislativo y el Poder Judicial, que ocupa el
tercer lugar. España y Colombia han seguido este modelo al pie
de la letra.
Sin embargo, pensar que el Poder Judicial estuvo y que se
mantiene, al mismo nivel que los otros dos poderes, es desconocer la
realidad; es algo inalcanzable ahora. En suma, es una utopía, porque
los poderes verdaderamente importantes fueron, son y serán, el
Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, en este orden.
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