Nuestra legislación laboral modifica la tabla sancionatoria para quienes quebranten las normas de seguridad y salud en su sitio de trabajo
Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud Ocupacional en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas ara la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones.
Articulo 4. criterios para graduar las multas: las multas por infracciones las normas de seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales se graduaran atendiendo los siguientes criterios, en cuanto resulten aplicables, conforme a lo establecido en los artículos 143 de la ley 1448 de 2011 y 12 de la ley 1610 de 2013.
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la reincidencia en la comisión de la infracción.
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la reincidencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión por parte del Ministerio de Trabajo
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La utilización de medios fraudulentos o de personas interpuestas para ocultar la infracción o sus defectos.
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el grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o se hayan aplicado las normas legales pertinentes.
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el reconocimiento o aceptación expresa de la infracción, antes del decreto de pruebas.
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daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados.
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la ausencia o deficiencia de las actividades de promoción y prevención.
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el beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de un tercero.
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la proporcionalidad y razonabilidad conforme al número de trabajadores y el valor de los activos de la empresa.
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el incumplimiento de los correctivos y recomendaciones en las actividades de promoción y prevención por parte de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) o el Ministerio de Trabajo.
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la muerte del trabajador.
Art. 5. Criterio de proporcionalidad y razonabilidad para la cuanta de la sanción a los empleadores. Se establecen los criterios de proporcionalidad y razonabilidad, conforme al tamaño de la empresa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 2 de la ley 590 de 2000, modificado por el artículo 2 de la ley 905 de 2004 y el artículo 51 de la ley 1111 de 2006 y conforme a lo establecido en los artículos 30 y 13 de la ley 1562 de 2012 y con base en los siguientes parámetros.
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