La legítima defensa en Derecho Internacional Penal: análisis de sus elementos con particular referencia a los crímenes de guerra - Núm. 92, Enero 2019 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 808503225

La legítima defensa en Derecho Internacional Penal: análisis de sus elementos con particular referencia a los crímenes de guerra

AutorChristopher A. Servín Rodríguez
Páginas230-275
servín rodríGuez, christopher A. “La legítima defensa
en Derecho Internacional Penal: análisis de sus
elementos con particular referencia a los crímenes de
guerra”, Nuevo Foro Penal, 92, (2019).
La legítima defensa en Derecho
Internacional Penal: análisis de
sus elementos con particular referencia
a los crímenes de guerra
Self-defense in International Criminal Law: analysis of its
elements with particular reference to war crimes
christopher a. servín rodríG uez1*
Fecha de Recep ción: 29/01/2019 - Fech a de aceptación: 06/ 06/2019
DOI : 10.1 723 0/n fp.15 .92 .6
Resumen
La presente investigación analiza los elementos de la legítima defensa en Derecho
internacional penal, con particular referencia a los crímenes de guerra. Bajo este
objetivo, es examinado el a rtículo 31.1, inciso C, del Estatuto de Rom a, para demostrar
que la legítima defensa en relación con los crímenes contra la humanidad, el genocidio
y la agresión protege a la pers ona que la ejerce y a una tercera person a, pero en relación
1 * Catedrático de Derecho Internacional Público, Derecho Penal Internacional y Práctica Forense Penal de la
Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, (México); miembro del Sistema Nacional de Investigadores
de CONACYT; Director del Departamento de Litigio Internacional del Observatorio Veracruzano de Derechos
Humanos; ex-S ecretario de Estudio y C uenta de la Quinta Sal a Penal y de la Sala de Respons abilidad Juvenil
del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, México; profesor visitante y miembro investigador de
la Faculta d de Derecho de la Unive rsidad de Columbia (U SA); Doctorado en Pa z, Conflictos y De mocracia por la
Universidad de Granada (España); Maestro en Organizaciones Internacionales, Derecho Internacional Penal y
Prevención del Crimen por la Universidad de Turín y el Instituto de Investigación de Naciones Unidas sobre Crimen
Transnacional y Justicia (Italia); Maestro en Jurisdicción Penal Internacional por la Universidad de Andalucía
(España); Licenciado en Derecho por la Universidad Veracruzana (México).
Domicilio: C alle Tlaco talpan N° 27, Colo nia Salud, X alapa, Veracr uz, Méxic o, Código Pos tal 91070. Corre o
electrónico: alexis _ servin24@hotmail.com. Teléfono: 00 52 1 22 8 8 54 73 08
“Con especial ca riño para mi gran amiga d e vida: Karla Gutiérrez”.
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 15, No. 92, en ero-junio 2019, pp. 230-2 75, Universidad EA FIT, Medellín (ISSN 0120 -8179)
Nuevo Foro Pe nal No. 92, enero- junio 2019 Universi dad EAFIT 231
con los crímenes de guerra, su protección también abarca, sin ningún precedente,
ciertos bienes. No obstante, ello podría ser contrario al Derecho internacional
humanitario.
Abstract
The present investigation analyzes the elements of self-defense in International
Criminal Law with particular reference to war crimes. In that regard, article 31.1,
subsection C, of the Rome Statute is examined to demonstrate that self-defense in
relation with crimes against humanity, genocide and aggression protects the person
who exercise it and a third person, but in relation with war crimes, its protection
also covers, without precedent, property. Nevertheless, this could be contrary to
International Humanitarian Law.
Palabras clave
Derecho internacional penal, legítima defensa, eximentes de responsabilidad penal,
responsabilidad internacional penal, Cor te Penal Internacional.
Keywords
International Criminal Law, self-defense, grounds for excluding criminal responsibility,
international criminal liability, International Criminal Court.
Sumario
1. Aspectos introductorios; 2. La responsabilidad del individuo y sus eximentes en el
Derecho Internacional Penal: análisis de su fundamento y clasificación; 3. Eximentes
de Responsabilidad: ¿resulta relevante que la CPI distinga jurisprudencialmente entre
causas de justificación y de exclusión de la culp abilidad?; 4. La legítima defensa en el
derecho internacional consuetudinario y su cristalización en el estatuto de roma; 5.
Legítima defensa en derecho internacional público, derecho internacional humanitario
y derecho internacional penal: determinación de su relación y diferenciación; 6. Los
elementos de la legíti ma defensa a la luz del estatuto de r oma: análisis particular de su
aplicación en los crímenes de guerra; 6 .1. Un inminente e ilícito uso de la fuerza; 6.2.
La puesta en peligro de bienes específicos legalmente protegidos; 6.3. Que la per sona
actúe razonablemente; 6.4. En forma proporcional al grado de peligro ocasionado;
6.5. Que ésta crea que ha sido atacada (elemento subjetivo); 7. Conclusiones; 8.
Bibliografía; 9. Legisgrafía y jurisprudencia
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crímenes de guerra - christi pher a. se rvín rodr íGue z
1. Aspectos Introductorios
A partir de la década de los novent a, dos áreas del derecho internacional se han
desarrollado amplia y velozmente: el Derecho internacional de los derechos humanos
y el Derecho internacional penal. El primero se des arrolló sobre la base de conceptos
como el debido proceso legal y los derechos humanos tanto del acusado como de
la víctima, mientras el segundo, en sus orígenes, se enfocó a crear y consolidar la
noción de la responsabilidad internacional penal de la persona por la comisión de
crímenes que atentan contra toda la Comunidad de Estados, en su conjunto, como
el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.
A raíz de la estrecha relación que guardan estas áreas del derecho internacional, ha
surgido la necesidad de hallar un equilibro entre los objet ivos de enjuiciar y sancionar
a los responsables de los crímenes internacionales y de garantizarles una defensa
adecuada durante el desarrollo de un juicio en el que se r espete el derecho al debido
proceso legal, ello bajo el objetivo último de garantizar que la justicia internacional
no se convierta en un mecanismo de venganza. Un ejemplo del logro de ese equilibro
lo es la regulación, en el Derecho internacional penal, de los argumen tos defensistas
que pueden ser invocados por un acusado de cometer crímenes internacionales, a fin
de eximir su responsabilidad penal, entre los que se encuentra la legítima defensa;
figura jurídica que legitima a un individuo a actuar razonablemente en defensa
propia o de un tercero, y en el caso de los crímenes de guerra, de un bien que
fuese esencial para su supervivencia o la de un tercero o para garantizar una misión
militar. Consecuentemente, el presente análisis aparte del reconocimi ento que hace
el Derecho internacional público de la subjetiv idad pasiva del individuo y su corolario
en la identificación de la responsabilidad penal internacional del individuo como
punta de lanza del Derecho internacional p enal, para posteriormente señalar que los
esfuerzos iniciales del desarrollo de este último cuerpo normativo se centraron en la
desarticulación de la Doctrina de Estado como impedimento principal del juzgamiento
de los responsables de los crímenes internacionales, cuestión que conllevó a dejar
en un aparente olvido la codificación de las eximentes de responsabilidad penal,
en particular, y a regular de manera asténica del derecho de defensa, en general.
Seguidamente, tras la implementación de una examinación histórica, este estudio
demuestra que desde un punto de vista cuantitativo, más jurisprudencialmente que
de forma normativa, el Derecho internacional penal ha reconocido y regulado los
supuestos que un acusado puede invocar a su favor como causas de exclusión de
su responsabilidad penal, y ulteriormente señala cuáles son éstos, y propone una
clasificación de los mismos en torno a la naturaleza internacional o nacional de la

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