Ley 1042, por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 100 años del fusilamiento del prócer afrocolombiano Manuel Saturio Valencia; se autorizan unos gastos, y se dictan otras disposiciones relacionadas con esta efemérides.
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 46341 |
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Considerando que el eminente Manuel Saturio Valencia, según sus biógrafos, fue el primer negro colombiano y de América Latina que aprendió a leer y escribir de manera autodidacta; el primer abogado negro de América Latina en el siglo XIX, y el primer abogado negro en haber sido designado juez de la República de Colombia, la Nación reconoce en su nombre el valor cultural e histórico de la comunidad afrocolombiana en la formación de la nacionalidad.
Teniendo en cuenta que el prócer Manuel Saturio Valencia, sin haber sido militar de carrera, en la denominada Guerra de los Mil Días llevó a las tropas bajo su mando a significativos triunfos, como el alcanzado en la Batalla de Bellavista, por lo que fue nombrado Capitán del Ejército de Colombia por el entonces Presidente de la República, General Rafael Reyes, se hace necesario honrar su memoria como ilustre hombre público, por lo cual la Nación se asocia a la conmemoración del centenario de su fusilamiento y, en consecuencia, se autoriza al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones específicas destinadas a la ejecución de las siguientes obras:
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Adquisición de un lote terreno urbano, destinado a la construcción de un parque, en lugar céntrico de la ciudad de Quibdó, y erección de una estatua en bronce con la efigie de Manuel Saturio Valencia, monumento que, en su base, llevará la siguiente inscripción: ¿La República de Colombia a su insigne hijo Manuel Saturio Valencia 1867-1907;
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Adquisición, previa convocatoria a...
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