Ley 1107, por la cual se modifica el artículo 82 del Código Contencioso Administrativo modificado por el artículo 30 de la Ley 446 de 1998. - 27 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43244997

Ley 1107, por la cual se modifica el artículo 82 del Código Contencioso Administrativo modificado por el artículo 30 de la Ley 446 de 1998.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín46494

El Congre so de la República

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 82 del Código Contencioso Administrativo modificado por el artículo 30 de la Ley 446 de 1998, quedaría así:

¿Artículo 82. Objeto de la jurisdicción de lo contencioso administrativo. La jurisdicción de lo contencioso administrativo está instituida para juzgar las controversias y litigios originados en la actividad de las entidades públicas incluidas las sociedades de economía mixta con capital público superior al 50% y de las personas privadas que desempeñen funciones propias de los distintos órganos del Estado. Se ejerce por el Consejo de Estado, los tribunales administrativos y los juzgados administrativos de conformidad con la Constitución y la ley.

Esta jurisdicción podrá juzgar, inclusive, las controversias que se originen en actos políticos o de Gobierno.

La jurisdicción de lo contencioso administrativo no juzga las decisiones proferidas en juicios de policía regulados especialmente por la ley. Las decisiones jurisdiccionales adoptadas por las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias del Consejo Superior de la Judicatura y de los Consejos Seccionales de la Judicatura, no tendrán control jurisdiccional¿.

Artículo 2° Derógase el artículo 30 de la Le y 446 de 1998 y las demás normas que le sean contrarias.

Parágrafo. Sin perjuicio de lo previsto en el presente artículo, se mantiene la vigencia en materia de competencia, de las Leyes 142 de 1994, 689 de 2001 y 712 de 2001.

Artículo 3° La presente ley tiene vigencia a partir de su promulgación.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

Dilian Francisca Toro Torres.

El Secretario General...

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