Ley 1844 de 2017, por medio de la cual se aprueba el 'Acuerdo de París ', adoptado el 12 de diciembre de 2015, en París, Francia - 14 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 687446445

Ley 1844 de 2017, por medio de la cual se aprueba el 'Acuerdo de París ', adoptado el 12 de diciembre de 2015, en París, Francia

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín50294

El Congreso de la República

Visto el texto del "Acuerdo de París", adoptado el 12 de diciembre de 2015, en París, Francia.

Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del Acuerdo, certificada por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados y consta de catorce (14) folios.

El presente proyecto de ley consta de treinta y un (31) folios.

teorológica Mundial, con el fin de ofrecer una visión científica clara del estado actual de los conocimientos sobre el cambio climático y sus posibles repercusiones medioambientales y socioeconómicas.

El más reciente informe del IPCC3 confirma que la influencia humana en el sistema climático es clara y va en aumento, y en ese sentido declara que tiene un 95% de certeza de que la actividad humana es actualmente la causa principal del calentamiento global. Muchos de los cambios observados desde la década de 1950 no tienen precedentes en los últimos decenios a milenios. Las emisiones antropógenas recientes de GEI son las más altas de la historia y sus consecuencias se observan en todo el planeta. Además, el informe concluye que cuanto mayor sea la perturbación sobre el clima por cuenta de la actividad humana, mayores serán los riesgos de impactos graves, generalizados e irreversibles en las personas y los ecosistemas, y más duraderos serán los cambios en todos los componentes del sistema climático.

Las causas del incremento en las emisiones de GEI en la atmósfera son atribuibles a actividades del hombre tales como la quema de combustibles fósiles para producir energía y para el transporte, procesos industriales como la fabricación de acero y cemento, disposición de gases refrigerantes (HFCs y PFCs), los cambios en el uso del suelo, volatilización de fertilizantes, la ganadería, la deforestación y actividades de gestión de los residuos, entre otras.

Algunas de las consecuencias de esta problemática incluyen el calentamiento de la atmósfera y el océano, la disminución de los volúmenes de nieve y hielo, el aumento en el nivel del mar, la migración de vectores causantes de enfermedades, la acidificación de los océanos y su consecuente riesgo para la vida marina, la pérdida de biodiversidad, la amenaza a las fuentes de agua y a la seguridad alimentaria, entre muchas otras.

No menos graves son los impactos económicos que trae el cambio climático para el desarrollo, incluyendo el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB). Fenómenos de variabilidad climática como La Niña y El Niño han generado impactos económicos significativos en el país. La Niña 2010-2011 generó daños del orden de COP 11,2 billones, siendo vivienda y transporte los sectores más afectados. Por su parte, El Niño 2014-2016 implicó inversiones en atención de la emergencia de COP 1,6 billones, principalmente en el sector de agua potable. También ocasionó la afectación de 188 mil hectáreas por incendios forestales, causando la pérdida en el 2015 de 23 mil hectáreas de bosque que implica pérdidas acumuladas de COP 2,9 billones en los próximos 30 años, por afectación en los servicios ecosistémicos.

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) ha estimado que el cambio climático generará una disminución de 0,5% del PIB cada año, lo cual plantea una amenaza seria a la competitividad económica. Adicionalmente, los impactos asociados al cambio climático son heterogéneos entre regiones y sectores económicos. Particularmente, el sector de agricultura tendrá pérdidas de sus rendimientos agrícolas que pueden ascender a un 7,4% y los hogares podrían dejar de consumir en promedio un 2,9% anual. El sector transporte podría perder competiti-vidad dado que las vías podrían tener cierres del 5,9% del tiempo. El sector pesquero tendría disminuciones en sus desembarcos de aproximadamente 5,3%. Por su parte, el sector ganadero podría tener pérdidas en productividad anual del 1,6%. El estudio también determinó que el cambio climático podría aumentar la aptitud forestal del territorio colombiano, con ganancias en la productividad forestal de hasta 6,2% y así mismo, el análisis sobre el recurso hídrico demuestra que los cambios en la precipitación y la temperatura podrían afectar aquellas cuencas con importancia en cuanto a generación eléctrica, lo cual se traduce en una reducción promedio anual de la producción energética.

Con el fin de enfrentar esta problemática, el mencionado informe del IPCC también es enfático al considerar que para estabilizar el aumento de la temperatura por debajo de 2ºC respecto de los niveles preindus-triales es necesario un cambio radical y urgente del statu quo de los

3 IPCC, 2014: Cambio climático 2014: Informe de síntesis. Contribución de los Grupos de trabajo I, II y III al Quinto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático [Equipo principal de redacción, R.K. Pachauri y L.A. Meyer (eds.)]. IPCC, Ginebra, Suiza, 157 págs. modelos de desarrollo económico. Además, afirma que entre más se espere para actuar, mayores serán los costos y los desafíos tecnológicos, económicos, sociales e institucionales que deberán enfrentar los gobiernos para hacer la transición a modelos de desarrollo bajos en emisiones de GEI y resilientes al clima. No hay duda posible sobre la gravedad de los riesgos y los impactos potenciales, en particular para los países altamente vulnerables a los fenómenos naturales asociados al cambio climático, como Colombia.

El IPCC destaca que actualmente se dispone de los medios para limitar el cambio climático y sus riesgos, y que igualmente contamos con soluciones que no obstaculizan el desarrollo económico y humano. En ese sentido, posibles soluciones pueden encontrarse en la conservación de los ecosistemas forestales, que actúan como sumideros de carbono, así como en la reconversión a mejores tecnologías y prácticas de producción industrial y agropecuaria, y en un cambio en los patrones de consumo con el fin de reducir la huella de carbono de los individuos. Así mismo, en países donde existe un potencial de reducción importante de emisiones de GEI en el sector de la generación de energía, pueden contemplarse soluciones como el incremento dentro de la matriz energética del uso de energías alternativas (hidroeléctrica, solar, eólica, geotérmica etc.), o una mayor eficiencia energética, entre otras opciones. Sin embargo, es importante señalar que este no es el caso de Colombia, en donde el sector eléctrico se caracteriza por presentar una matriz energética limpia con una generación aproximadamente 70% hidroeléctrica y 30% térmica. Es importante señalar, sin embargo, que diversificar nuestra matriz energética aportará a la resiliencia del país a los impactos del cambio climático, y que para hacerlo en línea con un objetivo de crecimiento bajo en carbono, el país está explorando opciones de energía renovable no convencionales.

II. Antecedentes del proceso de negociación del Tratado

Como respuesta a este problema de naturaleza global, en 1992 se adoptó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (en adelante CMNUCC), tratado que fue ratificado por todos los países miembros de las Naciones Unidas4 y cuyo objetivo es lograr la estabilización de las concentraciones de GEI en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático5.

Después de la entrada en vigor de la Convención y para hacer frente a la ausencia de metas y calendarios específicos para la reducción de las emisiones de GEI, las Partes adoptaron en 1997 el Protocolo de Kioto6. Este primer desarrollo jurídico de la Convención establece una meta global de reducción de no menos de 5% de las emisiones globales de GEI, así como una meta individual para cada uno de los países desarrollados incluidos en el Anexo I de la CMNUCC. El cumplimiento de dichos compromisos debía verificarse en el periodo 2008-2012. El Protocolo también estableció mecanismos de mercado para flexibilizar el cumplimiento de los compromisos por parte de los países Anexo I. Dentro de dichos mecanismos se incluyó el Mecanismo de Desarrollo Limpio que le permitió a los países No Anexo 1 como Colombia participar en proyectos de reducción de emisiones.

A pesar de que el Gobierno de Estados Unidos, uno de los países con mayor porcentaje global de emisiones de GEI, optó por no ratificarlo, el Protocolo entró en vigor en febrero de 2005. Ese mismo año y de acuerdo con el párrafo 9º del artículo 3º del Protocolo7, se inició un proceso de negociación que debía finalizar en el 2009 con la adopción de una enmienda al Protocolo que incorporara nuevas metas de reducción para los países Anexo I y un nuevo calendario.

4 Colombia aprobó la CMNUCC mediante la Ley 164 de 1994. A la fecha la Convención cuenta con 196 Estados Parte.

5 CMNUCC, artículo 2º, objetivo.

6 Colombia se adhirió al Protocolo de Kioto mediante la Ley 629 de 2000. A la fecha el Protocolo cuenta con 192 países Parte.

7 El párrafo 9º del artículo 3º del Protocolo señala que: "Los compromisos de las Partes incluidas en el Anexo I para los períodos siguientes se establecerá en enmiendas al Anexo B del presente Protocolo que se adoptarán de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 7...

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