Ley 1880 de 2018, por medio de la cual se aprueba el 'Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su Apéndice y sus Anexos I, II, IIIy IV', hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su 'Anexo V', adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su 'Anexo VI', adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005 - 9 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 701059169

Ley 1880 de 2018, por medio de la cual se aprueba el 'Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su Apéndice y sus Anexos I, II, IIIy IV', hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su 'Anexo V', adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su 'Anexo VI', adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín50471

El Congreso de Colombia

Visto el texto del "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su apéndice y sus Anexos I, II, III y IV", hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su "Anexo V", adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su "Anexo VI", adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005.

Para ser transcrito: Se adjunta copia fiel y completa de la copia certificada en español del precitado instrumento internacional, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo de Trabajo de Tratados y consta de cuarenta y seis (46) folios.

El presente proyecto de ley consta de sesenta y cinco (65) folios. PROYECTO DE LEY Nº...

por medio de la cual se aprueba el "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su Apéndice y sus Anexos I, II, III y IV", hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su "Anexo V", adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su "Anexo VI", adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005.

El Congreso de la República

Visto el texto del "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su apéndice y sus Anexos I, II, III y IV", hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su "Anexo V", adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su "Anexo VI", adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005.

Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia fiel y completa de la copia certificada en español del precitado instrumento internacional, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados y consta en cuarenta y seis (46) folios.

El presente proyecto de ley consta de sesenta y cinco (65) folios.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno nacional y de acuerdo con los artículos 150 numeral 16, 189 numeral 2 y 224 de la Constitución Política, presentamos a consideración del honorable Congreso de la República, el proyecto de ley, por medio de la cual se aprueba el "Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, su Apéndice y sus Anexos I, II, IIIy IV", hecho en Madrid el 4 de octubre de 1991, su "Anexo V", adoptado en Bonn, el 17 de octubre de 1991, y su "Anexo VI" , adoptado en Estocolmo, el 17 de junio de 2005.

I. INTRODUCCIÓN

La Antártida es una zona que se extiende por más de 14 millones de kilómetros cuadrados y comprende el 26 por ciento de todas las zonas silvestres del mundo, representa el 90 por ciento de todo el hielo terrestre y el 70 por ciento de toda el agua dulce del planeta1. Más aún, esta zona comprende 36 millones de kilómetros cuadrados adicionales de océano, y funge como base de cadenas alimenticias alrededor del mundo2. Sus inigualables condiciones ambientales y geográficas permiten a los científicos estudiar las condiciones atmosféricas y climatológicas del planeta, y a partir de ello, hacer modelaciones y pronósticos que sirven para que los tomadores de decisiones, reunidos en los escenarios internacionales, diseñen las mejores estrategias a seguir para frenar los daños que hemos producido al planeta y que están teniendo repercusiones en todos los campos de la actividad humana, tal y como lo demuestran las contrastantes inundaciones y sequías ante las cuales nuestra vulnerabilidad no tiene cuestionamiento. Debido a estas circunstancias, el continente Antártico representa en términos de variabilidad natural, investigación científica y conocimiento geopolítico, un espacio exclu-

1 Sands, P., 'Principles of International Environmental Law, 2nd Ed.", Cambridge University Press (2003), Pg. 711.

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Ibidem. sivo estudiado por países comprometidos que reconocen la importancia de implementar un mecanismo que proteja esta región geográfica tan sensible a la presencia humana y en donde reina la paz.

Es así como en los años 50, un grupo de países liderados por Estados Unidos3 iniciaron negociaciones tendientes a desactivar las ya notorias fricciones, principalmente entre Argentina y el Reino Unido4, que por razón de las reclamaciones territoriales sobre el continente se venían presentando entre algunas naciones. Para la época, Argentina, Australia, Chile, Francia, Noruega, Nueva Zelanda y el Reino Unido habían hecho reclamaciones que en muchos casos sobreponían territorios reclamados por otro u otros países y se habían presentado incidentes que pudieron haber generado enfrentamientos militares. Dichas negociaciones concluyeron con la firma del Tratado Antártico de 1959, en el marco del primer año geofísico internacional.

En la década de los 70, gracias a la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano de 1972 (también conocida como Conferencia de Estocolmo)5 el medio ambiente ingresó en la agenda internacional como uno de los asuntos que requerían la atención y la acción coordinada de todos los países del mundo.

Hasta entonces, las propuestas para el desarrollo económico y social estaban basadas en modelos extractivos que veían a los recursos naturales como fuentes inagotables, y muy pocos daban cuenta de los daños que los procesos industriales de transformación estaban ocasionando al medio ambiente. De tal manera, los comportamientos humanos estaban generando graves problemas ambientales que en el mediano y largo plazo redundarían en afectaciones a las actividades económicas y sociales, es decir, se había incurrido en un círculo vicioso que en nombre del progreso amenazaba la salud, el bienestar, la calidad de vida y la misma supervivencia de los seres humanos.

Uno de los principales efectos de la Conferencia de Estocolmo fue haber generado una conciencia global acerca de la necesidad de entender los problemas ambientales causados por la humanidad, para que a partir de este entendimiento, y de manera conjunta o coordinada, se llegara a las soluciones adecuadas. Es así como, desde este nuevo enfoque, las actividades humanas empiezan a ser manejadas en concordancia con la capacidad de los ecosistemas, y se empiezan a dar los primeros pasos hacia una política ambiental internacional concertada6.

Los problemas ambientales no están aislados, sino que por el contrario, tienen repercusiones más amplias, que deben enfrentarse de forma integral. Muchos asuntos ambientales internacionales reflejan no sólo los intereses de los Estados individualmente considerados, sino las preocupaciones de la comunidad internacional7. Desde la Conferencia de Estocolmo se han creado espacios intergubernamentales y se han realizado además otras importantes reuniones internacionales sobre medio ambiente,8 con las cuales se ha logrado consolidar lo que podríamos llamar la agenda ambiental internacional, en respuesta a las principales amenazas que ponen en peligro los recursos naturales, ecosistemas y a la misma subsistencia humana. Hoy en día, los efectos del cambio climático, el aumento del nivel del mar, la contaminación de los re-

3 Los países convocados por el Gobierno de los Estados Unidos de América para negociar el acuerdo sobre la Antártida fueron los que hasta la fecha habían realizado investigaciones relevantes en la Antártida, y que luego se convertirían en los miembros del Comité Especial para las Investigaciones Antárticas (SCAR, por sus siglas en inglés). Inicialmente la URSS no fue convocada pero temiendo un bloqueo al acuerdo final, se decidió hacerla participe de las negociaciones.

4 Ver al respecto: LA PUGNA ANTÁRTICA: El conflicto por el sexto continente (1938-1959), Fontana Pablo, Editorial Guazuvirá, Buenos Aires, 2014.

5 Declaración de Estocolmo, que consagra 26 principios sobre medio ambiente y un Plan de Acción con 109 recomendaciones.

6 The Oxford Handbook of International Environmental Law. Ed by Daniel Bodansky, Jutta Brunnée and Ellen Hey, Oxford University Press, 2007, p. 16

7 Ibídem, pp. 8, 10.

8

Río de Janeiro (Brasil), del 2 al 13 de junio de 1992 y en Johannesburgo (Sudáfrica), del 23 de agosto al 5 de septiembre del 2002. En junio de 2012 se celebró en Río de Janeiro la Conferencia de Desarrollo Sostenible Río+20. Cada una de las Convenciones o Convenios multilaterales ambientales (Cambio Climático, Diversidad Biológica, Basilea - Químicos, Estocolmo - Contaminantes orgánicos persistentes, Rotterdam - Plaguicidas y productos químicos peligrosos, etc., tienen su propia institucionalidad y normalmente el foro en el cual se toman las decisiones se denomina Conferencia de las Partes. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, PNUMA, fue creado en la Conferencia de Estocolmo y la Comisión de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible, CDS fue creada por la Conferencia de Río.

3

cursos del aire, suelo y agua; la destrucción de los bosques; la escasez de agua para consumo humano; la extinción de especies; la pérdida de biodiversidad; el mal manejo de residuos y la sobreexplotación de los recursos naturales pueden considerarse las principales amenazas al medio ambiente global. Estos impactos de preocupación común requieren igualmente acciones colectivas y, por lo tanto, demandan cooperación entre los...

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