Ley 2136 de 2021, por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado Colombiano - PIM, y se dictan otras disposiciones - 4 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 874470918

Ley 2136 de 2021, por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado Colombiano - PIM, y se dictan otras disposiciones

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín51756

El Congreso de la República

DECRETA: CAPÍTULO I

Objeto, lineamientos, definiciones y principios de la Política Integral Migratoria (PIM)

Artículo 1º Objeto.

La presente Ley establece las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria (PIM), del Estado colombiano; en relación con los espacios de direccionamiento, coordinación institucional, fortalecimiento de competencias para la gestión migratoria y desarrollo normativo, en concordancia con lo que la Constitución Política de Colombia establece y, los instrumentos Internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por el Estado, y demás normas vigentes en la materia.

Artículo 2º Objetivos de la Política Integral Migratoria.

En la formulación, implementación, ejecución y evaluación de la PIM se tendrán en cuenta los siguientes objetivos:

  1. Propender por una migración segura, ordenada y regular.

  2. Promover la integración socioeconómica, cultural, el desarrollo sostenible, la prosperidad, así como la integración científica, tecnológica y de innovación, a través de los aportes de los migrantes.

  3. Articular la PIM con la agenda de las entidades del Orden Nacional, departamental y municipal.

  4. Fortalecer y generar alianzas nacionales e internacionales a nivel bilateral, regional y subregional para la gestión migratoria y la gobernanza de las migraciones.

  5. Fortalecer los sistemas de información para la identificación, caracterización, localización, y flujo de datos que se requieran para dar soporte a la PIM.

  6. Generar la caracterización de la población en el exterior, de los migrantes y de los retornados, con fines científicos y tecnológicos, permitiendo reconocer las necesidades de esta población y sus intereses de retorno.

  7. Desarrollar propuestas que permitan ampliar o mejorar la oferta de servicios del Estado para colombianos en el exterior y retornados.

  8. Facilitar de manera efectiva la participación de la sociedad civil y la ciudadanía en general en los procesos de formulación, ejecución y evaluación de la PIM.

  9. Desarrollar estrategias para la protección de los Derechos Humanos de los Migrantes.

  10. Promover acciones para la protección de las mujeres migrantes y personas en situación de vulnerabilidad.

  11. Promover inmigración regular a instancias del Ministerio de Relaciones.

Parágrafo. Además de otros objetivos, los que por necesidad defina el Gobierno nacional, o desde el Sistema Nacional de Migraciones se propongan en el desarrollo del PIM, sin que se deroguen o sustituyan los enunciados del presente artículo.

Artículo 3º Lineamientos de la Política Integral Migratoria.

Para el cumplimiento de sus objetivos, la PIM contará con los siguientes lineamientos:

  1. Propender por una migración segura, ordenada y regular en condiciones dignas, que permitan que los migrantes refugiados y retornados gocen de modo efectivo de los derechos reconocidos por la Constitución, y por los instrumentos internacionales ratificados y vigentes para Colombia.

  2. Considerar prioritaria la asistencia, vinculación en la construcción y participación de políticas públicas y acompañamiento a los migrantes colombianos que se encuentran en el exterior y retornados.

  3. La migración es una realidad pluridimensional con efectos positivos de impulso y desarrollo tanto para las sociedades de origen como, para las de destino, reafirmando el rechazo a tratamientos utilitaristas de las personas migrantes y rechazo a cualquier forma de explotación.

  4. Adoptar las medidas necesarias para la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación hacia las personas migrantes como el racismo, la xenofobia, la intolerancia, entre otras.

  5. Guardar: la coherencia respecto de la respuesta a las dinámicas internacionales en materia de migración, buscando que el tratamiento de los nacionales en el exterior sea el mismo que se ofrece a los extranjeros en Colombia.

  6. Velar por la unidad familiar, siempre que esta no amenace o vulnere los derechos fundamentales de terceros, ni ponga en riesgo la seguridad nacional Especialmente considerando el principio de interés superior de los niños; niñas y adolescentes, el respeto a sus derechos y su protección integral. La reglamentación de esta Ley establecerá los grados y tipos de parentesco a los que se extiende este derecho.

  7. El suministro de información oportuna e íntegra deberá acompañar todo lo relacionado con los procesos migratorios.

  8. La Cooperación Internacional hará parte del diálogo y la acción conjunta para propender por una migración segura, ordenada y regular.

  9. Se reconoce el hecho emigratorio como realidad pluridimen-sional y multicausal en el marco del cual se ha propiciado la conformación de una diáspora de colombianos alrededor del mundo.

  10. Adopción de medidas que reduzcan la condición de vulnerabilidad de la población migrante.

Parágrafo. Además de otros lineamientos que por necesidad defina el Gobierno nacional, o desde el Sistema Nacional de Migraciones se propongan en el desarrollo de la PIM, sin que se deroguen o sustituyan los enunciados del presente artículo.

Artículo 4º Principios.

Son principios de la Política Integral Migratoria (PIM) del Estado colombiano en concordancia con la Constitución, los siguientes:

  1. Soberanía. Es la prerrogativa del Estado para autorizar la admisión, el ingreso, el tránsito, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional y decidir sobre su naturalización.

  2. Participación. Es el ejercicio de los derechos establecidos en la normatividad colombiana a los connacionales en el exterior, respetando la legislación del Estado receptor, así como el ejercicio por parte de los extranjeros en Colombia de los derechos que les reconoce la legislación nacional.

  3. Facilitación. El Estado colombiano impulsará la implementa-ción de procedimientos que fomenten la integración y permitan un adecuado control migratorio de manera segura, ordenada y regular.

  4. Reconocimiento. Para el desarrollo de la PIM el Estado colombiano reconoce los lazos históricos y sociales en las fronteras con sus países vecinos, incluidos los grupos étnicos presentes a ambos lados de las zonas limítrofes y su movilidad transfronte-riza.

  5. Reciprocidad. El Estado colombiano aplicará el principio de reciprocidad en el trato con otros Estados.

  6. Igualdad. El Estado colombiano reconoce la igualdad de derechos de los migrantes, el migrante es sujeto de derechos y obligaciones

  7. Integración. El Estado colombiano promueve la integración del migrante y su familia, a la sociedad y la cultura, tanto para los colombianos en el exterior, como para los migrantes en Colombia.

  8. Integralidad. El Estado colombiano impulsa el tratamiento integral de la realidad migratoria pluridimensional, así como una respuesta intersectorial y multidimensional.

  9. Interés superior de niñas, niños y adolescentes. En todos los procesos y procedimientos vinculados a la presente Ley, se tomarán en cuenta las normas previstas en la normativa en la materia, particularmente el interés superior de niñas, niños y adolescentes y el respeto a sus derechos, y su protección integral.

  10. Libre Movilidad. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, a entrar y salir de él, y a regresar a su país, con las limitaciones que establezca la ley.

  11. No Devolución. No se devolverá a persona alguna al país, sea o no de origen, en el cual su vida, libertad e integridad esté en riesgo por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o cuando existan razones fundadas para considerar que estaría en peligro de ser sometida a tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de conformidad con los instrumentos internacionales ratificados por Colombia en la materia.

    Aquellos solicitantes de la condición de refugiados que no hubieran obtenido el estatuto de tal, podrán solicitar un permiso de permanencia en el país, de conformidad a la legislación existente en Colombia.

  12. Proporcionalidad. Las autoridades en materia migratoria aplicarán el principio de proporcionalidad en el ejercicio de su función y medidas sancionatorias.

  13. Concordancia. Todo proceso de negociación de tratados, convenios y acuerdos bilaterales y multilaterales que asuma Colombia en materia migratoria o consular o relacionados a estos temas, será en armonía y concordancia con la PIM.

  14. Coordinación, articulación y subsidiariedad. Las autoridades administrativas de todo orden y nivel coordinarán sus actuaciones e intervendrán en el diseño y desarrollo de programas, proyectos y acciones que permitan incluir a la población migrante.

  15. Transversalidad. Las acciones, programas y proyectos que desarrolle el Estado Colombiano a favor de los migrantes, serán aplicables en todos sus niveles territoriales, oficinas consulares y en las políticas públicas que se desarrollen en los diferentes sectores administrativos.

  16. Debido proceso. En las actuaciones administrativas relativas a los asuntos migratorios, su aplicación se hará con arreglo a la norma vigente.

  17. Dignidad humana. La presente ley se regirá por el principio de respeto a la dignidad humana y a los derechos humanos, reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

  18. Principio de Eficacia: Las autoridades sujetas a las disposiciones del presente Proyecto de ley, deberán propender por el cumplimiento de los objetivos de la Política Integral Migratoria a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR