Ley 904, por medio de la cual se declara de interés social cultural y deportivo el Festival de Verano de Bogotá.
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 45623 |
El Congreso de Colombia
DECRETA:
C.".
C., se realizará en el mes de agosto de cada año para conmemorar la fundación de la ciudad.
C., se desarrollará como una manifestación propia de la "Identidad Cultural" de la ciudad, por lo tanto, sus actividades sociales, culturales y deportivas, deben estar encaminadas a tal fin, destacando la diversidad étnica y cultural que integra la ciudad.
C., se presentará como el resultado de un proceso de formación social, cultural y deportivo, haciendo énfasis en un trabajo de participación, con la población escolarizada y desescolarizada, los adultos mayores sean o no pensionados y demás comunidades organizadas.
C., debe desarrollarse dentro de un marco de descentralización de eventos, con el fin de lograr una mayor participación de la población de la ciudad, aprovechando los espacios públicos y deportivos en cada una de las localidades, con el apoyo de las respectivas juntas administradoras locales y demás asociaciones, pero manteniendo los sitios tradicionales de convocatoria Distrital.
C., la Cámara de Comercio de la ciudad, otorgará el premio "Ciudad de Bogotá", como reconocimiento a las personas o instituciones destacadas el último año en los ámbitos social y cultural y deportivo.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Germán Vargas Lleras.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
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