El lugar político de la justicia y la verdad en la justicia transicional en Colombia - Del arte de la paz. Reflexiones filosóficas sobre justicia transicional - Libros y Revistas - VLEX 857371032

El lugar político de la justicia y la verdad en la justicia transicional en Colombia

AutorFrancisco Cortés Rodas
Cargo del AutorFilósofo y magister en Filosofía de la Universidad Nacional de Colombia y doctor en Filosofía de la Universidad de Konstanz con estudios de postdoctorado en la Universidad de Frankfurt (Johann-Wolfgang-Goethe)
Páginas105-129
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Capítulo 4
EL LUGAR POLÍTICO DE LA JUSTICIA Y LA
VERDAD EN LA JUSTICIA TRANSICIONAL
EN COLOMBIA
introducción
Un elemento importante de la negociación del Gobierno de Co-
lombia con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia
(farc) consistió en la inclusión de procesos de reconocimiento
público de atrocidades políticas y de violaciones de los dere-
chos humanos. Esta forma de reconocimiento es de relevancia,
porque constituye una manera de redescubrir el significado
y el valor de las personas como ciudadanos y como víctimas.
Para una sociedad en transición constituye una prioridad po-
lítica insistir en este tipo de procesos de aseguramiento de la
justicia, develamiento de la verdad, perdón, reconocimiento
de las víctimas y garantías de no uso de las armas y la violencia
contra la sociedad.
Publicado en: Estudios Políticos, 50, 2017, pp. 216-235.
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El acuerdo conseguido en La Habana entre los represen-
tantes del Gobierno y las farc, renegociado tras el triunfo del
No en el plebiscito del 2 de octubre de 2016, suscrito por las
partes en Bogotá el 24 de noviembre de 2016 como el Nuevo
Acuerdo Final, y refrendado en el Congreso, permitió afirmar
que la justicia transicional, con sus componentes de verdad,
justicia, reparación y garantías de no repetición, estaba adqui-
riendo en Colombia una base sólida. Su consecución indica
que con el fin de las negociaciones se sentaron las bases para
un nuevo comienzo: la paz.
Hugo Grocio (1925) afirma que la paz exige un cierto
sacrificio de la justicia. En un sentido similar, Emmerich de
Vattel (1916) plantea la idea de una justicia compensatoria al
lado de la justicia retributiva. De otro lado, Thomas Hobbes
(1994) afirma que es necesario superar el retribucionismo en
el derecho penal porque si se sostiene una equivalencia entre el
mal causado y el mal que se causa con la pena se ocasionará la
guerra y la sociedad volverá al estado de naturaleza.
¿Qué es lo que quieren decir estos autores sobre aquellas
situaciones en las que para conseguir la paz en un determinado
Estado se requiere limitar las exigencias de la justicia? Para esto
se debe precisar, primero, qué se entiende aquí por justicia. La
respuesta no es tan sencilla, porque más allá de una intuición de
fondo universalmente compartida de la justicia como un funda-
mento estructural de la sociedad, hay una fuerte controversia
que se ha radicalizado en los últimos años, especialmente en
países que viven procesos políticos transicionales, sobre si la
justicia debe o no tener un valor prioritario frente a las exigen-
cias políticas de la paz (Crocker, 2000). En este sentido, uno
de los problemas que aquí se abordarán es si en Colombia es
posible reaccionar frente a una criminalidad masiva con una
persecución penal masiva e individualizada, y si en las actuales
condiciones la justicia penal plena es posible.
Para desarrollar los elementos de esta controversia se plan-
teará en un plano filosófico qué significa que la paz exija un

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