Resolución número 00003489 de 2014, por la cual se autoriza el uso de MaízMON87427 xMON89034 x TC1507 xMON88017 x DAS59122 (MON-87427-7 xMON-89034-3 x DAS-01507-1 xMON-880017-3 x DAS-59122-7) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos de consumo humano - 26 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 525781426

Resolución número 00003489 de 2014, por la cual se autoriza el uso de MaízMON87427 xMON89034 x TC1507 xMON88017 x DAS59122 (MON-87427-7 xMON-89034-3 x DAS-01507-1 xMON-880017-3 x DAS-59122-7) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos de consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49255

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, de las conferidas por el artículo 6º del Decreto número 4525 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto número 4525 de 2005, reglamentario de la Ley 740 de 2002, estableció el marco regulatorio de los Organismos Vivos Modificados

(OVM).

Que mediante el artículo 1º de la Resolución número 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente (CTNSalud), integrado por el Ministro de la Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del citado comité es recomendar al Ministro de Salud y Protección Social la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que la Compañía Agrícola S.A.S., con domicilio en la ciudad de Bogotá D. C. y NIT. 830.080.640-7, mediante su apoderado general, doctor Manuel Rivas, en oficio dirigido al Invima bajo radicado 12065806 del 10 de agosto de 2012, al cual se dio alcance mediante oficio número 13105189 de 6 de diciembre de 2013, solicitó autorización de uso del Maíz MON87427 x MON89034 x TC1507 x MON88017 x DAS59122 (MON-87427-7 x MON-89034-3 x DAS-01507-1 x MON-880017-3 x DAS-59122-7) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos de consumo humano.

Que el análisis de la documentación que soporta la evaluación de riesgos y de inocuidad presentada por la citada compañía para el Maíz MON87427 x MON89034 x TC1507 x MON88017 x DAS59122 (MON-87427-7 x MON-89034-3 x DAS-01507-1 x MON-880017-3 x...

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