Decreto número 3019 de 2013, por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto número 2706 de 2012 - 27 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 483872890

Decreto número 3019 de 2013, por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto número 2706 de 2012

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín49016

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6º de la Ley 1314 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 1314 de 2009, se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento;

Que con base en lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1314 de 2009, bajo la Dirección del Presidente de la República y con respeto de las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente, deben expedir principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, con el fundamento en las propuestas que deben ser presentadas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información;

Que el 27 de diciembre de 2012, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2706, "por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo de información financiera para las microempresas";

Que en los numerales 1.2, 1.3 y 1.4 del Capítulo I del Anexo del mencionado decreto, se describen las características de las microempresas;

Que mediante oficio radicado ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, bajo el número 1-2013-026066 del 13 de noviembre de 2013, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, señaló que: considerando que el próximo 1º de enero de 2014 es la fecha de transición para el Grupo 3 definido en el Direccionamiento Estratégico del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), recomiendan modificar el Decreto número...

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