Medidas para el crecimiento económico - Ley 2010 de 2019. Ley de crecimiento económico - Nueva Ley de crecimiento económico. Ley 2010 de 2019 - Libros y Revistas - VLEX 849670883

Medidas para el crecimiento económico

Páginas180-291
158 Nueva Ley de Crecimiento Económico - Ley 2010 de 27 de diciembre de 2019 -
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contrato de mandato.
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que los consumidores de este tipo de producto suelen ser personas naturales, muchas
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cuenta, por ende, no puede ser agente de retención. El último interviniente es el productor
del servicio de webcam, quien respecto al consumidor no tiene la condición de agente
de retención, porque se reitera, no realiza pagos o abonos en cuenta.
Finalmente, frente al modelo estará en la obligación de hacer la respectiva retención en
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Comercio Electrónico para Adultos, que no es un asunto tributario y que en todo caso
necesitará de regulación.
TÍTULO V
MEDIDAS PARA EL CRECIMIENTO ECONÓMICO
CAPÍTULO I
IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN – SIMPLE
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contribuyentes; la Ley 2010 de 2019 no es la excepción, mantiene gran parte de
las medidas adoptadas por su antecesora la Ley 1943 de 2018146 como son: el
endurecimiento a las normas que afectan directamente a las personas naturales,
aunque con algún grado de alivio para los rentistas de capital, y por otro lado, mantiene
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la reactivación y el crecimiento económico.
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2020, 32% para el año gravable 2021, hasta ubicarse en el 30% a partir del año gravable
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año gravable 2020 será del 0.5% y llegando al 0% a partir de año 2021, son medidas
muy favorables para impulsar la formalización empresarial.
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operatividad de las mismas; aunque para muchos empresarios y tributaritas falta que la
normatividad fuese más sencilla de entender, dado que en lo transcurrido del año 2019,
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Art. 73
159
TÍTULO V - Medidas para el crecimiento económico
muchos empresarios tuvieron problemas en la manera de liquidar y pagar los anticipos
de dicho impuesto; por otro lado se observa un aumento en la tarifa para el grupo al cual
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el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales; lo
que hará que los pertenecientes a este grupo analicen si es conveniente registrarse o
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1943 de 2018, reglamentado mediante decreto 1468 del 13 de agosto de 2019, por
haberse declarado dicha Ley inexequible por la Corte Constitucional, lo reglamentado no
tiene efecto más allá del diciembre 31 de 2019, por lo que se espera que pronto emitan
un nuevo decreto reglamentario basado ahora en la Ley 2010 de 2019 manteniendo muy
seguramente los elementos planteados en el decreto inicial. Para el análisis de la Ley
2010 de 2019, se tomarán algunos elementos del Decreto 1468 de 2018 incorporado
en el DUR 1625 de 2016.
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exige la creación de 400 nuevos empleos, 150 empleos más de los exigidos para el
año gravable 2019. Se mantienes las medidas para incentivar el sistema de obras por
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un motor de desarrollo y que viene siendo impulsada por el presidente Iván Duque como
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industrias creativas y por otro lado los incentivo para las inversiones en el desarrollo
del campo colombiano.
Por último esta Ley mantiene el alivio a la carga tributaria de los contribuyentes a
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Redacción nueva Redacción anterior
Créese a partir del 1 de enero de 2020 el impuesto
unificado que se pagará bajo el régimen simple de
tributación - SIMPLE, con el fin de reducir las cargas
formales y sustanciales, impulsar la formalidad y,
en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de
la obligación tributaria de los contribuyentes que
voluntariamente se acojan al régimen previsto en
el presente Libro.
Créese a partir del 1 de enero de 2019 el impuesto
unificado que se pagará bajo el régimen simple de
tributación - SIMPLE, con el fin de reducir las cargas
formales y sustanciales, impulsar la formalidad y,
en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de
la obligación tributaria de los contribuyentes que
voluntariamente se acojan al régimen previsto en
el presente Libro.
Art. 74
160 Nueva Ley de Crecimiento Económico - Ley 2010 de 27 de diciembre de 2019 -
Redacción nueva Redacción anterior
El impuesto unificado bajo el régimen simple de
tributación - SIMPLE es un modelo de tributación
opcional de determinación integral, de declaración
anual y anticipo bimestral, que sustituye el impuesto
sobre la renta, e integra el impuesto nacional al
consumo y el impuesto de industria y comercio
consolidado, a cargo de los contribuyentes que
opten voluntariamente por acogerse al mismo.
El impuesto unificado bajo el régimen simple de
tributación - SIMPLE es un modelo de tributación
opcional de determinación integral, de declaración
anual y anticipo bimestral, que sustituye el impuesto
sobre la renta, e integra el impuesto nacional al
consumo y el impuesto de industria y comercio
consolidado, a cargo de los contribuyentes que
opten voluntariamente por acogerse al mismo.
El impuesto de industria y comercio consolidado
comprende el impuesto complementario de
avisos y tableros y las sobretasas bomberil que se
encuentran autorizadas a los municipios.
El impuesto de industria y comercio consolidado
comprende el impuesto complementario de
avisos y tableros y las sobretasas bomberil que se
encuentran autorizadas a los municipios.
Este sistema también integra los aportes del
empleador a pensiones, mediante el mecanismo
del crédito tributario.
Este sistema también integra los aportes del
empleador a pensiones, mediante el mecanismo
del crédito tributario.
Parágrafo 1. La Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales - DIAN, en uso de sus facultades, podrá
registrar en el presente régimen de manera oficiosa
a contribuyentes que no hayan declarado cualquiera
de los impuestos sobre la renta y complementarios,
sobre las ventas, al consumo y/o el impuesto de
industria y comercio consolidado.
Parágrafo 1. La Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales - DIAN, en uso de sus facultades, podrá
registrar en el presente régimen de manera oficiosa
a contribuyentes que no hayan declarado cualquiera
de los impuestos sobre la renta y complementarios,
sobre las ventas, al consumo y/o el impuesto de
industria y comercio consolidado.
La inscripción o registro, podrá hacerse en el
Registro Único Tributario - RUT de manera masiva,
a través de un edicto que se publicará en la página
web de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales- DIAN.
La inscripción o registro, podrá hacerse en el
Registro Único Tributario - RUT de manera masiva,
a través de un edicto que se publicará en la página
web de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales- DIAN.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- DIAN informará a las autoridades municipales y
distritales, mediante resolución, el listado de los
contribuyentes que se acogieron al régimen simple
de tributación - SIMPLE, así como aquellos que sean
inscritos de oficio.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- DIAN informará a las autoridades municipales y
distritales, mediante resolución, el listado de los
contribuyentes que se acogieron al régimen simple
de tributación - SIMPLE, así como aquellos que sean
inscritos de oficio.
Parágrafo 2. El Gobierno nacional reglamentará el
intercambio de información y los programas de
control y fiscalización conjuntos entre la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, y las
autoridades municipales distritales.
Parágrafo 2. El Gobierno nacional reglamentará el
intercambio de información y los programas de
control y fiscalización conjuntos entre la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, y las
autoridades municipales distritales.
Art. 74

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