Proyecto normativo. Por medio de la cual se adoptan recomendaciones y lineamientos técnicos para la construcción de viviendas de uno y dos pisos resistentes a vientos, huracanes y sismos en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina - Proyectos Regulatorios del Ministerio de Vivienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 876287639

Proyecto normativo. Por medio de la cual se adoptan recomendaciones y lineamientos técnicos para la construcción de viviendas de uno y dos pisos resistentes a vientos, huracanes y sismos en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos26 Febrero 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos03 Marzo 2021
Año2021
EmisorViceministerio de Vivienda
Hoja No. 1
Secretaría de la Comisión:
Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 19A N° 84-14 Oficina 502 Bogotá, D. C., COLOMBIA Teléfono: +57-1-530-0826 asosismica@gmail.com
COMISIÓN ASESORA PERMANENTE PARA EL RÉGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por medio de la Ley 400 de 1997)
RESOLUCIÓN NÚMERO 0020 DEL XX DE XXXXX DE 2021
“Por medio de la cual se adoptan recomendaciones y lineamientos técnicos para
la construcción de viviendas de uno y dos pisos resistentes a vientos, huracanes
y sismos en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”
LA COMISIÓN ASESORA PERMANENTE PARA EL RÉGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 41 de la Ley 400 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el numeral 6º del artículo 41 de la Ley 400 de 1997, la Comisión
Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes tiene la
función de coordinar las investigaciones sobre las causas de fallas de estructuras y emitir
conceptos sobre la aplicación de las normas de construcciones sismo resistentes.
Que de igual forma, el numeral 7º del artículo 41 de la Ley 400 de 1997, señala que la
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
sirve de órgano consultivo del Gobierno Nacional frente a los aspectos técnicos que
demande el desarrollo de las normas sobre construcciones sismo resistentes.
Que el 17 de noviembre de 2020 mediante el Boletín 24, el IDEAM declara el Estado de
Alarma con Nivel de peligrosidad Alta Huracán y Categoría 4. Señala el citado Boletín
que a las 19:00 HLC, el huracán IOTA mantiene su intensidad en categoría 4, localizado
cerca de la latitud 13.7 n, longitud 83.9 w. con vientos máximos sostenidos de 115 nudos
(210 km/h), moviéndose hacia el oeste a 8 nudos (15 km/h) con presión mínima central
de 935 MB. De acuerdo con el NHC, se mantiene aviso de tormenta tropical para el
departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

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