El mercado de las carnes tendrá un año más para acogerse al sistema de inspección y vigilancia - Núm. 23, Octubre 2016 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 662244445

El mercado de las carnes tendrá un año más para acogerse al sistema de inspección y vigilancia

Por un año más podrán seguir operando los mataderos y plantas de beneficio animal de Colombia sin aplicar completamente el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles.

El pasado 8 de agosto fueron publicados dos normas bastante notables para este subsector de alimentos, específicamente para quienes trabajan con carnes, productos cárnicos y producción de animales destinados al consumo humano, para que puedan operar con una autorización sanitaria de carácter provisional de no más de un año.

La razón es que a partir del 8 de agosto de este año empezó a aplicarse el Decreto 1500 de 2007 con el que no podrán operar ningún tipo de estos negocios mencionados sin aplicar el sistema de inspección, vigilancia y control, y demás requisitos sanitarios y de inocuidad.

El incumplimiento de acogerse a este sistema por parte de una gran cantidad de establecimientos (sobre todo en los departamentos del Meta y Caldas), ha obligado al gobierno a implementar una prórroga de un año mientras cumple con los requisitos sanitarios y de implementación del sistema.

Se trata del Decreto 1282 de 2016 que menciona que este tipo de establecimientos antes de que se cumplan dos meses -es decir antes del 8 de octubre-, deben solicitar ante el INVIMA la autorización sanitaria provisional, con los lineamientos que la entidad pública exija, y además presentando a la misma el Plan Gradual de Cumplimiento PGC que, obviamente, no puede tener plazos mayores a un año.

Sin embargo, el INVIMA no le concederá esta autorización a cualquier matadero o planta de beneficio animal que se acerque a solicitarla. Solo la podrán obtener quienes hayan implementado como mínimo el 50% del PGC. Todas las demás no tendrán este beneficio y deberán cerrar, hasta que cumplan estos requisitos evaluados previamente por el INVIMA.

En cuanto a quienes realizan el transporte de estos productos, el INVIMA les concedió el doble de plazo: 2 años; al igual que a los establecimientos acondicionadores, que son aquellos donde se realizan las operaciones de corte, fraccionamiento y lavado.

Orígenes del Sistema de...

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