Decreto número 1745 de 2013, por el cual se modifica la estructura de la Agencia Nacional de Infraestructura - 13 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 455270682

Decreto número 1745 de 2013, por el cual se modifica la estructura de la Agencia Nacional de Infraestructura

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48881

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16, del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1 El artículo 7º del Decreto número 4165 de 2011, quedará así:

"Artículo 7º. Estructura. Para el desarrollo de sus funciones la Agencia Nacional de Infraestructura, tendrá la siguiente estructura:

  1. Consejo Directivo

  2. Presidencia

    2.1. Oficina de Comunicaciones

    2.2. Oficina de Control Interno

  3. Vicepresidencia Ejecutiva

  4. Vicepresidencia de Estructuración

  5. Vicepresidencia de Gestión Contractual

  6. Vicepresidencia de Planeación, Riesgos y Entorno

  7. Vicepresidencia Jurídica

  8. Vicepresidencia Administrativa y Financiera

  9. Órganos de Asesoría y Coordinación 9.1 .Consejo Asesor de Estructuración

    9.2. Consejo Asesor de Gestión Contractual

    9.3. Comisión de Personal

    9.4. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno".

Artículo 2º Vicepresidencia Ejecutiva.

Las funciones de la Vicepresidencia Ejecutiva, son las siguientes:

  1. Ejercer la representación legal y judicial de la Agencia Nacional de Infraestructura y designar apoderados que la representen en los asuntos judiciales y extrajudiciales, para la defensa de los intereses de la misma, en los contratos que le sean asignados por el Presidente de la Agencia con la recomendación del Consejo Directivo.

  2. Coordinar las acciones que desarrollen las Vicepresidencias misionales relacionadas con la formulación de los planes, programas y proyectos.

  3. Coordinar, evaluar y controlar el desarrollo de los contratos de concesión u otras formas de asociación público privadas a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura, que le sean asignados por el Presidente de la Agencia con la recomendación del Consejo Directivo.

  4. Gestionar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, en relación con...

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