Resolución número 003845 de 2007, por la cual se modifican los artículos 2° y 7° de la Resolución número 4101 del 28 de diciembre de 2004, mediante la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial. - 17 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51311772

Resolución número 003845 de 2007, por la cual se modifican los artículos 2° y 7° de la Resolución número 4101 del 28 de diciembre de 2004, mediante la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín46754

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 105 de 1993 y 769 de 2002, el Decreto 2053 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que en el literal e) del articulo de la Ley 105 de 1993, se destaca dentro de los principios fundamentales del transporte que la seguridad de las personas constituye una prioridad del sistema y del sector transporte;

Que el articulo 2° del Decreto 2053 de 2003, establece dentro de las funciones del Ministerio de Transporte, entre otras, las de formular las politicas del Gobierno Nacional en materia de transito, transporte y la infraestructura de los modos de su competencia;

fijar y adoptar politicas, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de transporte y de construccion y conservacion de su infraestructura;

Que el articulo 14 del Decreto 2053 de 2003, establece dentro de las funciones de la Direccion de Transporte y Transito del Ministerio de Transporte, entre otras, la de Planear, se dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecucion de las politicas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestion del transporte, transito y seguridad en los modos carretero, maritimo fluvial y ferreo;

ejecutar los planes, programas y proyectos en materia de transito y seguridad de los modos de su competencia;

dirigir y coordinar los estudios para la fijacion de las politicas, planes y programas sobre seguridad vial en los modos de su competencia;

Que el paragrafo 1° del articulo de la Ley 769 de 2002, establece que el Ministerio de Transporte debera elaborar un Plan Nacional de Seguridad Vial para disminuir la accidentalidad en el pais que sirva ademas como base para los planes departamentales, metropolitanos, distritales y municipales, de control de pirateria e ilegalidad;

Que la alta accidentalidad vial en Colombia se ha convertido en la segunda causa de muerte violenta en el pais, por lo cual se hace necesario emprender...

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