¿Por qué nací mujer? Proceso sociopolítico en el Distrito Federal, México, para la tipificación del Feminicidio como forma penal autónoma - Núm. 3, Julio 2013 - Revista Estudiantes de Ciencia Política - Libros y Revistas - VLEX 743980405

¿Por qué nací mujer? Proceso sociopolítico en el Distrito Federal, México, para la tipificación del Feminicidio como forma penal autónoma

AutorNatalia María Posada Pérez
CargoPolitóloga de la Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia, egresada en 2012. Estudiante en curso de la Maestría en Estudios Socioespaciales, INER-UdeA
Páginas114-135
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Revista de Estudiantes de Ciencia Política
N.o 3. Medellín, julio-diciembre de 2013
ISSN 2339-3211
¿POR QUÉ NACÍ MUJER?*
Proceso sociopolítico en el Distrito Federal, México,
para la tipicación del Feminicidio como forma penal
autónoma.
NATALIA MARÍA POSADA PÉREZ**
RESUMEN
Este artículo busca entablar una reexión acerca de la propuesta de ley para
tipicar el feminicidio como delito autónomo en México (Distrito Federal), y
su posterior aprobación en aras de problematizar y comprender el impacto que
estas iniciativas tienen, no sólo en el derecho como campo discursivo y ético de
corte fundacional, sino en las comunidades donde se aplica la legislación. Para
la realización del texto, se adopta el enfoque teórico-metodológico del análisis
de coyuntura, a la luz del objetivo regente de instaurar una práctica coyuntural
dentro de un marco estructural más amplio, abanderado por corrientes teóricas
como los estudios de género y el feminismo.
PALABRAS CLAVE
Feminicidio; Derecho; Actores Sociales; Escenarios; Códigos de Conducta.
CÓMO CITAR ESTE ARTÍCULO
Posada Pérez, Natalia María. (2014) ¿Por qué nací mujer?. Revista de Estudiantes
de Ciencia Política, 1, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Universidad de
Antioquia, (pp. 114-135).
* Este artículo es un ensayo elaborado para la asignatura “Análisis de Coyuntura”, durante el pregrado
en Ciencia Política, Universidad de Antioquia (2011).
** Politóloga de la Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia, egresada en 2012. Estudiante en curso
de la Maestría en Estudios Socioespaciales, INER-UdeA.
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¿POR QUÉ NACÍ MUJER? PROCESO SOCIOPOLÍTICO EN EL DISTRITO FEDERAL, MÉXICO, PARA LA TIPIFICACIÓN...
INTRODUCCIÓN
Las violencias y múltiples formas de agresión contra la mujer se conguran
como características estructurales, patológicas y crónicas en la región latinoame-
ricana. Hay diversas explicaciones para esto, la mayor parte de ellas convergen
en la comprensión por parte de diversos grupos ciudadanos como un escenario
marcado por la pátina del patriarcalismo, con diversas formas de expresión que
se solapan entre la cotidianeidad y la legitimación de ciertas prácticas en las
comunidades. La misoginia, eje central de este texto, ha alcanzando su forma
más extrema con el asesinato de mujeres por su condición de género. Más allá
de las reexiones que este tema pueda suscitar como fenómeno particular, en
medio de la interacción social y las dinámicas de construcción de identidad
e incluso aniquilación de la otredad–, es importante evaluar qué sucede con
estas realidades cuando se aprehenden desde un plano pragmático, cuando se
desarrollan en el diario devenir de las comunidades, ajenas a las elucubraciones
académicas. La misoginia y su manifestación superlativa como asesinato, se ha
convertido actualmente en un ítem para el Derecho, entendido desde la teoría
como campo de aproximación de lo deontológico y la realidad, de acuerdo a
cómo las gentes entienden y perlan la sociedad y sus condiciones para rela-
cionarse con los otros. Como espacio donde se reproducen ciertos discursos
de poder, lo jurídico se encarga de congurar aquello que es permitido y per-
misible en el tejido societal, y, en oposición, aquello que debe ser repulsado y
castigado, edicando de este modo ciertos códigos morales y de conducta que
condicionan el hacer y el deber ser en una comunidad determinada.
Es de común reconocimiento que en el derecho occidental, el asesinato se
identica como un delito, es decir, como acción objeto de penalización. Por
supuesto, Latinoamérica no es la excepción, pero ¿qué sucede cuando ciertas
prácticas parecen desbordar los tipos penales establecidos? ¿Debe y puede el
derecho particularizar cada crimen de acuerdo al tipo de sujeto que afecte, o
por el contrario, como dicta la jurisprudencia más elemental, las leyes deben
ser erga omnes y por ende, tratar lo semejante como tal? ¿Cuándo se considera
necesario marcar ciertas diferencias en medio de situaciones que parecen cum-
plir un mismo perl, según lo dictan los códigos legales? ¿Tiene algún impacto
real el modicar la jurisprudencia de una sociedad, para alterar de manera
signicativa las prácticas que se entienden como antivalores?
Este texto se propone reexionar acerca de una problemática y unas prácticas
sistemáticas y estructurales que se han establecido en la sociedad latinoamerica-
na, donde las tipicaciones clásicas de los códigos punitivos parecen quedarse
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