No contribuyentes
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 32-37 |
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Álvaro Jiménez Lozano
Parágrafo. Para propósitos de la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a que
extranjeras deberán llevar contabilidad separada en la que se discriminen claramente los
ingresos, costos y gastos que les sean atribuibles. Sin perjuicio del cumplimiento por parte
de los obligados al régimen de precios de transferencia de los deberes formales relativos a la
declaración informativa y a la documentación comprobatoria, para efectos de lo establecido
en este artículo, la contabilidad de los establecimientos permanentes y de las sucursales de
sociedades extranjeras deberá estar soportada en un estudio sobre las funciones, activos,
riesgos y personal involucrados en la obtención de las rentas y de las ganancias ocasionales
atribuidas a ellos.
la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a establecimientos permanentes y
Artículo 21. Concepto de sociedad extranjera.
[Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades constituidas de acuerdo con
]
Nota artículo 239
Constitucional.
Nota:
Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades que no sean sociedades o entidades
nacionales.
Código de Procedimiento Civil. Artículo 48. Representación de personas jurídicas
Artículo 470. Vigilancia del Estado. . Requisitos para emprender
negocios permanentes en el país.
NO CONTRIBUYENTES
Artículo 22. Entidades que no son contribuyentes.
Nota
se transcribe a continuación.
No son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios la Nación, los
departamento y sus asociaciones, los distritos, los territorios indígenas, los municipios y
las demás entidades territoriales, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo
Sostenible, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, las superintendencias,
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