Nota Aclaratoria al Proyecto de Ley 206 de 2016 Senado, 049 de 2015 Cámara
por medio de la cual se modifica el número de semanas a cotizar para acceder a la pensión por parte de las mujeres. [Pensión mujeres]. Nota aclaratoria al informe unificado de la Comisión Accidental para estudio de objeciones presidenciales por inconstitucionalidad e inconveniencia del Proyecto de ley número 206 de 2016 senado, 049 de 2015 cámara
por medio de la cual se modifica el número de semanas a cotizar para acceder a la pensión por parte de las mujeres. [Pensión mujeres].
Bogotá, D. C., diciembre de 2017
Doctor
EFRAÍN CEPEDA SARABIA
Presidente
Senado de la República
Ciudad.
Doctor
RODRIGO LARA RESTREPO
Presidente
Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Nota aclaratoria al informe unificado de la Comisión Accidental para estudio de objeciones presidenciales por inconstitucionalidad e inconveniencia del Proyecto de ley número 206 de 2016 Senado, 049 de 2015 Cámara, por medio de la cual se modifica el número de semanas a cotizar para acceder a la pensión por parte de las mujeres. [Pensión mujeres].
Respetados doctores:
En las Secretarías Generales del Honorable Senado de la República y de la Honorable Cámara de Representantes en cumplimiento del encargo impartido, radicamos Informe Unificado de la Comisión Accidental para estudio de objeciones presidenciales por inconstitucionalidad e inconveniencia del proyecto de ley de referencia, en documento escrito y en medio magnético. Sin embargo, con miras a establecer coherencia frente a los argumentos esbozados en el informe de referencia y el texto de la iniciativa aprobado en conciliación, se allega nota aclaratoria, respecto al argumento que declara infundada la objeción presidencial con relación a la sostenibilidad financiera, correspondiente al punto 1.2.2, en el cual se aclara que:
Si bien en el texto final, no se incluyó la modificación al IBL con el fin de disminuir el impacto en la sostenibilidad financiera del sistema pensional, producto de la interacción parlamentaria, en el trámite legislativo tal como reposa en el informe de conciliación aprobado por las Cámaras Legislativas, se incluyó una medida para mermar el impacto fiscal de la iniciativa, la cual reza:
Artículo 1 °. Modifíquese el numeral 2 del artículo de la Ley 100 de 1993, el cual quedará así:
2. Haber cotizado un mínimo de mil cientos cincuenta (150) semanas si es mujer o mil trescientas (1.300) semanas si es hombre.
Parágrafo 1°. En los casos previstos en el numeral 2...
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