¿Nueva excepción al secreto profesional? - Núm. 36, Noviembre 2017 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 697996937

¿Nueva excepción al secreto profesional?

AutorCatalina Turriago Betancourt

La lucha contra la corrupción en Colombia ha llevado al Congreso de la República, así como a otras entidades estatales, a adoptar diversas medidas encaminadas a penalizar los actos y actores que estuvieren relacionados directa o indirectamente con esta. Algunas de estas medidas se materializan en la creación de obligaciones en cabeza de determinados sujetos y en la tipificación de delitos, como es el caso del Proyecto de Ley 005 de 2017 propuesto por el Fiscal General de la Nación (“Proyecto de Ley”). Entre los 42 artículos planteados en este, se encuentran dos disposiciones que contienen una excepción al secreto profesional, cuyo sustento sería la lucha contra la corrupción.

La primera disposición del Proyecto de Ley busca crear una obligación de reporte a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) de operaciones inusuales o sospechosas de corrupción (la “obligación de reporte”). Lo novedoso de este artículo es que va dirigido a cuatro sujetos específicos (los “futuros obligados”) en razón de su profesión: (i) abogados, (ii) contadores, (iii) revisores fiscales y (iv) jefes de control interno. De allí se deriva que, en el eventual caso en que el Proyecto de Ley se convierta en Ley de la República, los futuros obligados deberán hacer caso omiso del secreto profesional a efectos de dar cumplimiento a la obligación de reporte. El Proyecto de Ley señala que el Ministerio de Justicia y del Derecho definiría los términos, condiciones, actividades o sectores en que se enmarcaría esta obligación de reporte.

Cabe anotar que, al tratarse de reportes de operaciones inusuales o sospechosas, estos tendrían carácter reservado y no corresponderían a una denuncia penal. No se requeriría que los futuros obligados tuvieran certeza de la comisión de un delito ni de a qué...

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