Nuevas tecnologías, protección de datos personales y el seguro - Núm. 57, Julio 2022 - Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros - Libros y Revistas - VLEX 923347753

Nuevas tecnologías, protección de datos personales y el seguro

AutorHenrique José Saraiva Lima
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad Católica de Lisboa (Portugal) en Julio de 1982
Páginas249-270
ISSN 0123-1154 (IMPRESO)
ISSN 2500-7556 (EN LÍNEA)
Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, Bogotá (Colombia), vol. 31 (57): 249-270, julio-diciembre de 2022
NUEVAS TECNOLOGÍAS, PROTECCIÓN
DE DATOS PERSONALES Y EL SEGURO*
NEW TECHNOLOGIES, PERSONAL
DATA PROTECTION AND INSURANCE
Hoy lo más valioso del mundo
no es el oro ni el petróleo, son los datos!
HENRIQUE JOSÉ SARAIVA LIMA**
Fecha de recepción: 13 de octubre de 2022
Fecha de aceptación: 30 de octubre de 2022
Disponible en línea: 30 de diciembre de 2022
Para citar este artículo/To cite this article
S L, Henrique José. Nuevas tecnologias, protección de datos personales y el seguro,
57 Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, 249-270 (2022). https://doi.org/10.11144/Javeriana.ris57.ntps
doi:10.11144/Javeriana.ris57.ntps
* Ponencia presentada en el XVII Congreso Iberolatinoamericano de Seguros CILA-AIDAen Agosto de
2022 en San José, Costa Rica.
** Licenciado en Derecho por la Universidad Católica de Lisboa (Portugal) en Julio de 1982. Abogado
especializado en el área de derecho internacional del transporte, derecho de seguros y derecho internacional.
Socio principal del Bufete de Abogados “Saraiva Lima e Associados” fundado en abril de 1995, con
ocinas en Lisboa y Oporto. Consultor Senior en Derecho de Transporte colaborando para Naciones Unidas
(UNCTAD), con misiones en Mozambique (1994), Angola (1995 y 1996) y Palestina (2013). Contacto:
saraivalima@saraivalima.com.
henrique josé saraiva lima
Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, Bogotá (Colombia), vol. 31 (57): 249-270, julio-diciembre de 2022
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RESUMEN
El Reglamento (UE) 2016/79 vino a establecer, a nivel de la Unión Europea,
las reglas relativas a la protección de las personas en lo que dice respecto al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y prevé
un conjunto amplio de principios y normas que tiene como nalidad ultima la
defensa de la privacidad de las personas y permite que los ciudadanos europeos
controlen mejor sus datos personales.
El tratamiento de los datos personales es lícito si el titular de los datos hubiera
dado su consentimiento para una o más nalidades especícas, lo cual debe ser
libremente prestado, especíco, informado y expreso.
En lo que respecta a la actividad aseguradora el tratamiento de los datos
personales es maniestamente indispensable pues no es posible celebrar un
contrato de seguro sin que el asegurado provea a la aseguradora los datos
personales considerados necesarios a la aceptación de la propuesta de seguro.
Esta problemática es particularmente importante en el sector asegurador una
vez que son cada vez más frecuentes los casos de utilización de las páginas
web y de los servicios digitales de las aseguradoras, a través de los cuales los
utilizadores pueden recoger informaciones sobre los seguros comercializados
por la aseguradora, efectuar simulaciones a n de conocer el valor de la prima
de un determinado seguro y presentar propuestas de seguro con vista a la
emisión de una póliza de seguro.
La transmisión de datos personales por parte del asegurado y el tratamiento de
los mismos por parte de la aseguradora obedece al principio de limitación de
las nalidades según el cual los datos personales deben ser recogidos para nes
determinados, explícitos y legítimos no pudiendo ser tratados para otros nes
que no los previstos.
El tema de la protección de datos personales asume particular relevancia cuando
están en causa seguros de personas, como es el caso de seguro de salud y del
seguro de vida con cobertura de los daños por muerte e invalidez.
La cuestión de la seguridad asume una importancia capital cuando hablamos
en protección de datos personales y, en especial, cuando están en causa datos
sensibles que tienen que ser tratados en el ámbito de la fase pre contractual y
durante la vigencia de los seguros de personas.
Los riesgos cibernéticos están en permanente evolución, afectan a todos y son
cada vez más frecuentes y agresivos los ataques cibernéticos por lo que podemos
armar que hoy nadie (personas, empresas, organizaciones y Gobiernos) están
inmunes o está a salvo de ataques cibernéticos.
Palabras Clave: Reglamento (UE) 2016/79, Protección de datos personales,
seguros de personas, riesgos cibernéticos.

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