De nuevo sobre la culpa con representación y el dolo eventual: sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, 16 de diciembre de 2015, radicado 45008, m.p.: Eugenio Fernández Carlier - Núm. 86, Enero 2016 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 656143937

De nuevo sobre la culpa con representación y el dolo eventual: sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, 16 de diciembre de 2015, radicado 45008, m.p.: Eugenio Fernández Carlier

AutorSebastián Felipe Sánchez Zapata
CargoAbogado de la Universidad EAFIT
Páginas264-270
De nuevo sobre la culpa con representación
y el dolo eventual: sentencia de la Corte
Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, 16 de diciembre de 2015, radicado
45008, m.p.: Eugenio Fernández Carlier
SEBASTIÁN FE LIPE SÁNCHEZ Z APATA*
* Abogad o de la Univ ersidad E AFIT. Magís ter en Dere cho Penal, C riminalid ad y Políti cas de Segu ridad
de la Uni versidad d e Cádiz-Es paña. Magís ter en Derec ho Penal de l a Universi dad EAFI T.
Revista Nuevo Foro Penal Vol. 12, No. 86, ener o-junio 2016, pp. 264-270 . Universid ad EAFIT, M edellín (IS SN 0120-8179)
1. Consideraciones previas
Son varios los pronunciamien tos de la jurisprudencia colombiana en materia
de dolo ev entual que han pe rmitido justif icar los princip ales cambios del a rtículo 22
del Códi go Penal vigen te y, de paso, han justificado la adopción de las teorías de la
represent ación o pr obabilidad en contraste con las t eorías del consentimiento o la
voluntad1.
El presente coment ario, hace un recue nto de los fundame ntos fácticos y
jurídicos de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 16 de diciembre de 2015,
pretendien do ser un paso más de concreción a la labor de la doctr ina colombiana a la
hora de di stinguir el llamado dolo eventual de l a culpa con represe ntación.
1 Al r especto, véase: Corte Suprema de Ju sticia, sentencia del 25 de agosto de 2010, rad. 32964;
sentenc ia del 15 de septie mbre de 2004, ra d. 20860 ; sentenci a del 8 de septi embre de 2004, ra d.
20373.

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