Un nuevo modelo de negociación colectiva para sindicatos gremiales de trabajadores sexuales en Colombia - Primera parte. Debates contemporaneos del derecho - Diálogos y debates de la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño - Libros y Revistas - VLEX 846625695

Un nuevo modelo de negociación colectiva para sindicatos gremiales de trabajadores sexuales en Colombia

AutorHugo Armando Medina-Chávez/María José Suarez-Ortiz/Diana Cristina Paz-Benavides
Páginas15-37
15
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Medina-Chávez, H. A., Suarez-Ortiz, M. J. y Paz-Benavides,
D. C. (2020). Un nuevo modelo de negociación colectiva
para sindicatos gremiales de trabajadores sexuales en
Colombia. En A. C. Casanova Mejía, D. Camacho Vinueza, R.
A. Hernández Silva y J. A Ruiz Quintero (Comp.), Diálogos y
debates de la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño
(pp. 14-37). Bogotá, Colombia: Ediciones UCC. https://dx.doi.
org/10.16925/9789587602333
Resumen
En este capítulo se analiza cómo el marco jurídico colombiano presenta ambigüedades y avances pri-
marios de protección social hacia los trabajadores sexuales. Esta situación los impulsó a asociarse para
promover una reglamentación integral de su actividad laboral y la protección de sus derechos, hasta
ahora vulnerados. En un avance parcial se conrma la ausencia de garantías en el proceso de negocia-
ción colectiva para los sindicatos de trabajadores sexuales. Esto se explica en que, si bien es un contrato
laboralmente válido, el ejercicio de sus derechos es restringido por la falta de una reglamentación
especíca. En el plano colectivo, las organizaciones sindicales, por ellos conformadas, cuentan con un
reconocimiento legal, pero con nula o escasa participación en el diseño de políticas públicas. Esto se ex-
presa en que no existen escenarios propios que incentiven la negociación colectiva, que atañe derechos
como elevar pliegos de peticiones, ejercer la huelga, acudir a un tribunal de arbitramento, y gozar del
fuero sindical. Es la naturaleza jurídica de sus sindicatos, que al ser gremiales por aliar a trabajadores
que prestan su servicio de manera independiente o dependiente con varios empleadores, los hace
inoperantes por las limitaciones normativas. La exigibilidad de acoger un nuevo modelo de negociación
colectiva aplicable a estos sindicatos deviene del respaldo normativo internacional consagrado en los
convenios 87, 98, 151, y 154 de la OIT, y de la Declaración de Derechos y Principios Fundamentales en el
trabajo de 1998; y constitucionalmente por los artículos 25, 39, 55 y 56 de la carta política colombiana.
Palabras clave: trabajo sexual, negociación colectiva, sindicatos gremiales, derechos laborales.
Abstract
It is analyzed how the Colombian legal framework presents the ambiguities and the primary advances
of social protection for sex workers, that is, it encouraged them to associate, to promote an integral reg-
ulation of their work activity and the protection of their rights hitherto violated. In a partial advance, the
absence of guarantees in the process of collective bargaining for sex workers’ unions is conrmed. This
is explained in that, although it is a valid labor contract, the exercise of their rights is restricted due to
the lack of a specic regulation. In the collective level, the trade union organizations by standards, have
a legal recognition, but with little or no participation in the design of public policies. This is expressed
in the fact that there are no specic scenarios that encourage collective bargaining, which concerns the
rights of consumers, as well as arbitration lawyers. It is the legal nature of their unions, which allows
independent workers to provide their service independently or dependently with several employers,
rendering them inoperative due to regulatory limitations. The enforceability of a new model of collective
manipulation applicable to these unions comes from the international normative support enshrined in
ILO conventions 87, 98, 151, and 154, and from the Declaration of Fundamental Rights and Principles
in the 1998 work; and constitutionally by articles 25, 39, 55 and 56 of the Colombian political letter.
Keywords: Sex Work, Collective Bargaining, Labor Rights.
16 Diálogos y debates de la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño
Introducción
En el campo social colombiano existe una pugna entre los ideales de prohibi-
ción y reglamentación del trabajo sexual devenido de las diferentes posturas
acerca de la moralidad e inmoralidad de su ejercicio, esto genera cuestiona-
mientos sobre, en qué medida puede esta ser aceptada por la sociedad. En el
ámbito jurídico se indaga si el Estado, como garante de derechos humanos,
optaría por su reconocimiento o su prohibición. Es a partir de la Sentencia
T-629 de 2010 emanada por la Corte Constitucional de Colombia, donde se
visibilizó la problemática de esta labor, por la ausencia de garantías que afectan
la dignidad humana. Se exhortó a las autoridades competentes para brindar
una protección efectiva y así evitar que sean sujetos de humillaciones y atro-
pellos laborales. Sin embargo, la Corte Constitucional mantuvo un discurso
excluyente al otorgar un carácter rehabilitante a los trabajadores sexuales, ten-
diente a evitar su proliferación, armando así la estigmatización a su actividad.
Este marco jurídico evidencia una ambigüedad y un avance primario de pro-
tección social. Ello impulsó a los trabajadores sexuales en Colombia a asociarse,
con la nalidad de promover una reglamentación integral de su actividad la-
boral y la protección de sus derechos hasta ahora vulnerados. Organizaciones
como la Asociación de Mujeres en Búsqueda de Libertad (asmubuli, 2008) y el
Sindicato de Trabajadores Sexuales de Colombia (sintrasexco, 2016) son acto-
res colectivos que, por su naturaleza jurídico sindical, gozan de una protección
internacional en virtud de los convenios 87, 98, 151 y 154 de la Organización
Internacional del Trabajo (en adelante OIT) raticados por Colombia, que
obliga a su reconocimiento, a brindarles y facilitarles espacios para que, el
desarrollo y ejercicio de los derechos colectivos sea efectivo, y se dignique la
actividad del comercio sexual.
Sin embargo, aún encontrándose en una situación de carencia en la protec-
ción de derechos laborales y sociales individuales de los trabajadores sexuales,
nace un nuevo reto: la efectividad en el campo de acción de los derechos
laborales colectivos que, siguiendo la normatividad internacional, implique
para Colombia el surgimiento de un modelo de negociación colectiva. Este
modelo debe ser aplicable para las organizaciones sindicales de trabajadores
sexuales, y corresponder a que estas asocian diversas formas de vinculación
laboral, por lo tanto, adquieren la naturaleza de un sindicato gremial. Con el
propósito de desarrollar la temática, el análisis se divide en cuatro partes. En

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