Resolución número 00000127 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud - 17 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 432767046

Resolución número 00000127 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín48764

El Director Territorial de Cundinamarca del Ministerio del Trabajo, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Resolución 2605 de 27 de julio de 2009, artículo 5º, numeral 23, la Resolución 404 de 2012, y con fundamento en los siguientes,

HECHOS:

Mediante escrito radicado en esta Dirección Territorial, bajo número 188440 del 3 de diciembre de 2012, el señor John Jairo Díaz Gaviria y otros, en calidad de miembros del Comité Ejecutivo Nacional provisional, de la Confederación Democrática de Pensionados, "CDP", solicitaron a este Ministerio el reconocimiento de la personería jurídica de la mencionada Confederación, constituida como entidad sin ánimo de lucro y de tercer grado, en el Congreso Nacional Constitutivo, realizado los días 22 y 23 de noviembre de 2012, en la ciudad de Bogotá.

Con la solicitud, los peticionarios allegaron la siguiente documentación contenida en

423 folios.

  1. Copia de los estatutos aprobados por el congreso nacional constitutivo, realizado en la ciudad de Bogotá, en fecha antes señalada. Se aclara que no se aporta copia de la resolución aprobatoria de los mismos, en razón a que apenas fueron adoptados por el congreso constitutivo, por lo cual solicitan se aprueben con la presente solicitud.

  2. Acta de fundación de la Confederación Democrática de Pensionados, "CDP", suscrita por los delegados asistentes y autenticadas por el Secretario General, donde se señala el objeto de la reunión, orden del día, nombre e identificación de los delegados asistentes al evento fundacional, indicando el nombre de la asociación que representan con su respectivo número de personería jurídica.

  3. Listados de pensionados que van a formar parte de la Confederación Democrática de Pensionados, "CDP".

  4. Nómina del Comité Ejecutivo Nacional provisional, en la que se establece el nombre, firma, identificación y dirección de sus integrantes, con sus respectivos cargos directivos.

Analizada la documentación aportada, este Despacho, mediante Auto de fecha 21 de diciembre de 2012, decide objetar la solicitud, por cuanto la misma carece de los documentos requeridos en los numerales 3 y 5 del artículo 2º del Decreto 1654 de 1985, es decir el Diario Oficial o Gaceta Departamental o periódico de amplia circulación en que fueron publicadas las resoluciones que reconocieron las personerías jurídicas de las organizaciones filiales y las certificaciones expedidas por el Ministerio del Trabajo.

En forma oportuna, la parte interesada radica escrito, bajo el número 8286 del día 21 de enero de 2013, en el...

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