Introducción. Breve presentación a los capítulos relativos a estudios de derecho constitucional y administrativo - Historia Constitucional - Carlos Holguín Holguín. Escritos - Libros y Revistas - VLEX 43287487

Introducción. Breve presentación a los capítulos relativos a estudios de derecho constitucional y administrativo

AutorÁlvaro Tafur Galvis
Cargo del AutorMagistrado de la Corte Constitucional
Páginas232-239

    Colegial y ex rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Ex decano de la Facultad de Jurisprudencia y profesor honorario de ésto.

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Ante todo, he de agradecer la especial deferencia de señor rector y del señor decano de Jurisprudencia, quienes han querido vincularme a la publicación de las Obras de Carlos Holguín Holguín, maestro por antonomasia, conductor de juventudes, jurista integral, humanista de especial relieve y hombre de Estado.

La colección de estudios, que con acuciosidad y devoción han recogido Paula Torres Holguín y Tomás Holguín Mora, estudiante rosarista que ya hoy se perfila como genuino continuador de esa estirpe, que con justicia ha merecido el bien de la patria, es significativa del aporte que en los más variados ámbitos del saber dispensó Carlos Holguín Holguín a discípulos y conciudadanos durante su ciclo vital.

Solía decir Carlos Holguín Holguín, frente a quienes presumían de ser especialistas en alguna de las áreas, que para fines primordialmente pedagógicos se distinguen en la ciencia jurídica, que él era simplemente especialista en derecho, y a fe que su vasta versación le permitía, sin ostentación ni falsa pretensión, profesar y enseñar con excelsa idoneidad desde la filosofía del derecho hasta el régimen patrimonial en el matrimonio, pasando por la teoría de las obligaciones, el régimen de los contratos, la teoría de la institución y de la persona jurídica (en torno de la cual acostumbra explicar de forma magnífica el ser y el deber ser del Colegio Mayor del Rosario), el derecho internacional público y privado, en fin, la historia constitucional, el derecho constitucional y el derecho administrativo.

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Dentro del repertorio de estudios acogidos en la publicación figuran varios sobre historia del constitucionalismo colombiano, que Holguín Holguín dominaba como pocos, no sólo en carácter de estudioso de los grandes y pequeños episodios, sino como privilegiado actor protagónico de varios de los más importantes.

Así, entre otros, queda demostrado en el estudio titulado "¿Rige aún la Constitución de 1986?", trabajo leído en el acto conmemorativo de los cien años de la muerte del presidente Carlos Holguín Mallarino (1995), o en el titulado "Aspectos jurídicos en la década de 1930" (1983), donde puntualiza una visión sobre el gobierno del presidente Enrique Olaya Herrera, y se refiere con especial propiedad a la crisis económica mundial, a la guerra con Perú, a las reformas en el ámbito del derecho privado y a las reformas laborales; al primer gobierno del presidente Alfonso López Pumarejo y a las reformas emprendidas en ese momento en materia constitucional, de la ley de tierras, la reforma penal, la reforma de lo contencioso administrativo, la reforma tributaria y la reforma concordataria, esta última que se concretó en el concordato llamado Maglioni Echandía. Asimismo, abarcó ese estudio los principales hitos de la jurisprudencia, tanto en materia civil como en materia administrativa y de la enseñanza del derecho. En este último aspecto destacaba que:

[E]n forma paralela a la jurisprudencia de la nueva Corte, algunos de sus mismos magistrados y otros grandes juristas reformaron la enseñanza del Derecho. Debo llamar la atención especialmente a la labor de los doctores Antonio Rocha, Eduardo y Alberto Zuleta Ángel, en materia civil y comercial; Luis Rueda Concha y Rafael Escallón, en materia penal. Se eliminaron aquellos métodos puramente exegéticos, el comentario de los códigos en forma memorística y artículo por artículo, para sustituirlos por el estudio de las grandes instituciones a la luz de los principios fundamentales del derecho. Quienes estudiamos durante la década de los años treinta, pudimos comparar las diferencias entre los antiguos sistemas y la renovación jurisprudencial y académica que realizaron aquellos eminentes juristas.

Como se ve del análisis anterior, que por la naturaleza de este trabajo ha tenido que ser muy somero y superficial, ha quedado de presente la intensísima labor que en todos los campos del Derecho, tanto público como privado, se realizó en la década de 1930 a 1940, y de la cual surgieron la mayor parte de las normas actualmente vigentes, que tuvieron su origen, o por lo menos su raíz, en aquellas labores jurídicas, realizadas por eminentes hombres de Estado.

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Asimismo, se han incluido estudios...

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