Objeción - 9 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194548

Objeción

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45243

Bogotá, D. C., 9 de julio de 2003

Doctor

LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO

Presidente

Honorable Senado de la República

Ciudad.

Respetado señor Presidente:

Sin la correspondiente sanción ejecutiva, el Gobierno Nacional se permite devolver por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia el Proyecto de ley número 39 de 2001 Senado, 274 de 2002 Cámara, "por medio de la cual se declaran patrimonio cultural e histórico los edificios antiguos de los colegios Biffi La Salle y San José, situados en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla. Los colegios Biffi y La Salle situados en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, se reconocen como monumentos nacionales y se dictan otras disposiciones".

  1. Objeciones por inconveniencia

El desequilibrio de las finanzas públicas ha sido factor determinante del deterioro de las condiciones económicas del país. La necesidad de financiar el déficit fiscal ha incidido de manera importante sobre variables claves del desarrollo, como el desplazamiento de la inversión privada, la pérdida de la competitividad internacional, el aumento insostenible del endeudamiento público y la limitada inversión pública, que conllevan, por lo tanto, al deterioro del crecimiento económico, al consecuente aumento del desempleo y, en general, al empobrecimiento de los colombianos.

El programa de ajuste fiscal que ha venido implementando el actual Gobierno, se encuentra encaminado a lograr la estabilidad macroeconómica, tomando medidas conducentes a la reducción del déficit fiscal, a lograr la sostenibilidad de la deuda del sector público y a restablecer la confianza y la seguridad democrática, con el fin de abonar el camino que permita que la economía a tasas de crecimiento sostenidas, que posibiliten la creación de empleo y la reducción de la pobreza. Para lograr estos objetivos, es necesario mantener las decisiones de austeridad en el gasto, de tal forma que se garantice la sostenibilídad de las finanzas en todo momento.

Para asegurar que en el largo plazo las finanzas del gobierno central y de las entidades del sector público se mantengan dentro de unos límites compatibles con la sostenibilidad fiscal, evitando un crecimiento explosivo de la deuda pública y garantizando una carga tributaria socialmente aceptable, se requiere continuar con la disciplina de ajuste fiscal.

En este sentido, el Gobierno Nacional atenderá, a través de las Leyes Anuales de Presupuesto, en forma prioritaria el normal funcionamiento del Estado y los proyectos determinados en el Plan Nacional de Inversiones Públicas.

Concretamente, los planes y proyectos incorporados en el Plan Nacional de Desarrollo recientemente aprobado, el Gobierno espera ejecutarlos, en cumplimiento del artículo 341 de la Constitución Política, con su respectiva incorporación en las Leyes Anuales de Presupuesto, que tal y como lo dispone el Estatuto Orgánico de Presupuesto, corresponderá a los ingresos que se pretendan recibir y sin afectar la estabilidad macroeconómica.

Se colige de lo anterior, que frente a las restricciones fiscales que afronta la Nación, por todos bien conocidas, no es procedente crear mayores presiones de gasto a través de leyes, comúnmente denominadas "de honores".

Cordialmente,

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de...

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