El objeto material y formal del Derecho
Autor | Gregorio Rojas González |
Cargo del Autor | Abogado |
Páginas | 31-46 |
EL OBJETO MATERIAL Y FORMAL DEL DERECHO
sí, el iniciado en su estudio puede fácilmente caer en el desconcierto, pues, según
es y debe ser
un saber de algo, único y distinto, es decir, unívoco y no análogo. En ese sentido,
el Derecho no poseería un estatuto epistemológico propio ni autónomo, como el
de la Física, la Biología o la Matemática y, por ende, no podría considerarse un
artesano o al del albañil, incapaz de dar cuenta sobre los fundamentos y modos a
través de los cuales procede su conocimiento.
Sumado a esto, toda ciencia se diferencia de las demás precisamente por la
la cual estudia una determinada relación de cosas (objeto formal), así como por
de estos con otras ciencias. Teniendo en cuenta lo anterior, el Derecho parecería
sin duda, el genuino objeto de estudio de la disciplina jurídica.
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Filosofía del Derecho
FILOSOFÍA 4
estatuto epistemológico, pues se diferencia de otras como la moral, la Sociología,
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Con el objeto de explicar los asertos anteriores, se aborda la exposición en
la segunda, es la exposición del concepto de analogía como clave para la com-
objeto formal del Derecho, desde la perspectiva del Realismo Jurídico Clásico.
Equívocos conceptuales
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philosophica Juris,
de ideas la ley viene siendo una regla, medida o criterio de conducta y en todo caso
un instrumento del derecho y no materia de éste, tampoco la ley es el objeto formal
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Dejando para el siguiente apartado la explicación de los orígenes de seme-
quid iuris-
estableció anteriormente, ello reduce la pregunta por el quid ius a una tautología,
por la cual se valida la contingencia de la norma, partiendo de una concepción de
la ciencia productora del Derecho, capaz de atribuirle el carácter de necesidad a
su propia contingencia.
43 Mora Restrepo, “Estatuto epistemológico del conocimiento jurídico”, 23.
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