Concepto nº 220-000753, de Superintendencia de Sociedades, de 7 de Enero de 2005 - Normativa - VLEX 415012573

Concepto nº 220-000753, de Superintendencia de Sociedades, de 7 de Enero de 2005

Me refiero a su escrito radicado con el número en referencia, a través del cual formula una consulta en torno a la pignoración de acciones.

Al respecto es oportuno precisar que la prenda, en este caso de las acciones de una sociedad, es un contrato accesorio y como tal constituye una limitación al dominio y no una forma de transmitirlo, por lo tanto, su constitución no está sujeta al derecho de preferencia previsto por la ley respecto de la negociación de acciones cuando expresamente se pacta en los estatutos, al tenor de lo previsto en el artículo 379, numeral 3º del Código de Comercio.

Tampoco tiene incidencia en cuanto a la ritualidad y efectos del contrato el hecho de que los partícipes sean de nacionalidad extranjera, por lo tanto tal como reza el artículo 410 del Código Cit., para el perfeccionamiento de la prenda de acciones nominativas[1] es suficiente el registro en el libro de acciones, lo cual de ninguna manera convierte el contrato en solemne.

Por su parte, el artículo 411 ibidem, sólo para el caso en que la prenda confiera los derechos inherentes a la calidad de...

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