Oficio 220-033122 del 25 de marzo de 2021 - Núm. 3-2021, Marzo 2021 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 867176583

Oficio 220-033122 del 25 de marzo de 2021

Páginas7-16
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CONCEPTOS JURÍDICOS EMITIDOS POR
LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Marzo 2021
OFICIO 220-033122 DEL 25 DE MARZO DE 2021
DOCTRINA:
CAUSAL DE DISOLUCIÓN
POR EL NO CUMPLIMIENTO
DE LA HIPÓTESIS DE
NEGOCIO EN MARCHA
PLANTEAMIENTO:
1. “Teniendo en cuenta que: i) el numeral 3, del artículo 15 del Decreto
Legislativo 560 de 2020, y el artículo 16 del Decreto Legislativo 772 de
2020, suspendió por un periodo de 24 meses la configuración de la
causal de disolución por pérdidas prevista en la normativa vigente de
ese momento y que; ii) el parágrafo 1, del artículo 4 de la ley 2069 de
2020 establece que las menciones realizadas en cualquier norma re-
lativas a la causal de disolución por pérdidas se entenderán referidas
a la ahora causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis
de negocio en marcha. ¿Debe entenderse que, si bien la Ley 2069
de 2020 rige a partir del momento de su promulgación, la causal
de disolución por el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en
marcha nace suspendida por 24 meses (o por el periodo restante) de
acuerdo con lo establecido en los Decretos Ley 560 de 2020 y 772 de
2020 y, por lo tanto, solo tendría efectos una vez superado el tiempo
de suspensión establecido en los mencionados decretos?
2. El artículo 4 de la Ley 2069 de 2020 hace referencia a que la hipótesis
de negocio en marcha se debe evaluar de conformidad con la nor-
matividad vigente, ¿A cuál normatividad se está haciendo referen-
cia? Favor indicarla.
3. Indicar en qué norma se define de manera objetiva la hipótesis de
negocio en marcha.
4. ¿Cuáles son los criterios objetivos para determinar que no se cumple
con la hipótesis de negocio en marcha?
5. ¿Qué entiende la Superintendencia de Sociedades por la hipótesis
de negocio en marcha?
6. ¿Cómo se determina si una entidad no cumple con la hipótesis de
negocio en marcha? ¿Existe algún procedimiento en concreto que se
deba surtir para poder llegar a esta conclusión?

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