Concepto nº 220-072946, de Superintendencia de Sociedades, de 3 de Septiembre de 2012 - Normativa - VLEX 401448641

Concepto nº 220-072946, de Superintendencia de Sociedades, de 3 de Septiembre de 2012

Oficio 220-072946 Del 03 de Septiembre de 2012

ASUNTO: Representación legal-Inscripción en el registro mercantil., renuncia.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2012-01-193408, mediante la cual manifiesta que desde el año pasado, la representante legal ha tenido dificultades con uno de los socios mayoritarios, quien ni siquiera la deja entrar a las asambleas.

Afirma que a pesar de presentar la renuncia como representante legal, no le fue aceptada bajo condición de presentar su informe, y por el contrario, fue nombrada liquidadora sin que mediera su aceptación. Indica además que la representante legal viajó al exterior y le dejó como su representante, y que al realizar la Asamblea, presentó el informe sin que se le aceptara su renuncia liquidadora.

Solicita se le indique la forma en que su hija, representante legal de la compañía, pueda re nunciar ante la compañía, ante qué autoridad en el exterior puede presentarlas, Y cual sería el procedimiento para ella quedar libre de dichos cargos?Será posible que ella presente renuncia ante el consulado de Colombia, y {ésta pueda ser inscrita ante la Cámara de comercio de Pereira, desligándose ella como representante legal y liquidadora?

Al respecto, cabe observar que la función de atender consultas es general y abstracta, condición que excluye la posibilidad de atender casos particulares como resulta ser el planteado en su escrito así como asesorar a quienes por mandato legal cumplen funciones como administradores de las empresas

No obstante y con el ánimo de ilustrarlo sobre la situación descrita, me permito informarle que a la luz del artículo 23 de la Ley 222 la gestión del representante legal es personal y dentro de sus deberes está el de actuar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, de tal suerte que si en su obrar no se reflejan tales condiciones, puede ser sujeto de las sanciones legales y estatutarias pertinentes; por tanto, la conducta de abandonar el país sin haber procurado solucionar el tema de la administración de la sociedad puede eventualmente hacerla incurrir en una omisión de las obligaciones legales, dentro de las cuales está la de presentar los informes solicitados por los accionistas y rendir las explicaciones requeridas, sin que pueda delegar en otra persona estas funciones por ser inherentes a la condición de representación legal.

En lo que corresponde a la no aceptación de la designación de la...

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