Concepto nº 220-052760, de Superintendencia de Sociedades, de 1 de Mayo de 2011 - Normativa - VLEX 402299037

Concepto nº 220-052760, de Superintendencia de Sociedades, de 1 de Mayo de 2011

Oficio 220-052760 Del 01 de Mayo de 2011

Ref.: Radicación 2011- 01- 092775

Conglomerado, concepto económico y mercantil.

Aviso recibo del escrito en referencia, de 17 de marzo de 2011, a través del cual solicita “definición de conglomerado económico, soporte legal y demás aspectos sobre el tema”.

Sobre el particular debo manifestarle “conglomerado” no tiene una definición especifica, es un concepto económico y mercantil derivado del estudio, desarrollo y aplicación de las normas que sobre grupos empresariales y situación de control se definen en la Ley 222 de 1995, en el artículo 26 y ss., es así que bien puede ser entendida como una estrategia empresarial mediante la concentración de empresas que pueden desarrollar diversas actividades, sin que sea necesario identificar una sociedad o persona natural que posea el control de las demás, tal como más adelante se ejemplariza, elementos de donde puede colegir la consultante que se trata de un tema que ha venido desarrollando la doctrina, la jurisprudencia y la academia.

Son estas algunas de las razones por las que se le invita a examinar los documentos y memorias que con el tiempo se han elaborado, uno de ellos, resultado de estudios adelantados por esta Superintendencia y publicado por esta Entidad en el año 2005, documento denominado GRUPOS EMPRESARIALES Y SITUACIONES DE CONTROL INSCRITOS EN LAS CAMARAS DE COMERCIO A 31 DE DICIEMBRE DE 2004, BOGOTA, ABRIL DE 2005, del cual transcribo apartes que le brindarán ilustración sobre el tema, texto que en su integridad puede ser consultado en la página de Internet (), a saber:

1.- CONTENIDO Y ALCANCE DE LAS NORMAS SOBRE CONTROL Y GRUPOS EMPRESARIALES

Las normas de la Ley 222 de 1995 definen los conceptos de situación de control y de grupo empresarial, así como sus principales efectos, tales como la obligación de inscribir el control o el grupo empresarial en el registro mercantil, la consolidación de estados financieros, la posibilidad de hacer efectiva la responsabilidad subsidiaria de la matriz o controlante en caso de concordato o liquidación de las subordinadas (Hoy proceso de reorganización empresarial y liquidación judicial en los términos de la Ley1116 de 2008), la prohibición de imbricación y la facultad de los organismos de inspección, vigilancia y control para comprobar la realidad de las operaciones y si es del caso ordenar su suspensión e imponer las sanciones correspondientes.

Estas disposiciones definen la posibilidad del control de hecho sobre las sociedades, sin que se excluyan otros mecanismos de control formal o contractual. El mismo puede ser ejercido en Colombia por personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. En cuanto al contenido particular de cada norma de la ley podemos sintetizarlo en los siguientes términos:

1.1. La subordinación: El artículo 260 del Código de Comercio, modificado por el artículo 26 de la Ley 222 de 1995, establece que el poder de decisión de una sociedad sometido a la voluntad de otra u otras personas es el criterio determinante de la situación de...

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