Concepto nº 340-112574, de Superintendencia de Sociedades, de 16 de Diciembre de 1999 - Normativa - VLEX 451454809

Concepto nº 340-112574, de Superintendencia de Sociedades, de 16 de Diciembre de 1999

Cuando se adquiere una opción para realizar la cobertura de una obligación en moneda extranjera, el comprador tiene, como su nombre lo indica, la opción o posibilidad de adquirir en una fecha futura las divisas necesarias a una tasa de cambio previamente determinada al momento de tomar la opción. Para efectos de registros contables se lleva a valor presente el valor de la tasa fijada y se va ajustando paulatinamente en el transcurso del tiempo hasta llegar al valor de la tasa pactada o proyectada, valor por el cual se adquirirán las divisas respectivas de manera que, teniendo en cuenta que el comprador puede ejercer o no el uso de la opción; si llegado el vencimiento no las adquiere, deberá cancelar los registros contables pertinentes.

Ahora bien, si a la fecha de cierre del 31 de diciembre de un ejercicio económico la opción expiró no hay lugar a registro contable alguno, pues ciertamente el contenido de la misma ya no puede ser ejercido y no hay lugar a un hecho económico sujeto a contabilizar, salvo la cancelación de la opción. Pero si a dicho cierre se mantiene vigente el uso de la opción, el derecho de compra no podrá ser mayor a la realidad económica de la transacción, esto es el valor de la tasa pactada.

Sin embargo, en la medida en que las divisas a adquirir representan un mayor valor por concepto de la reexpresión de la tasa representativa de mercado, el ente económico tiene la...

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