La omisión inconstitucional e inconvencional del legislador doméstico como causal de responsabilidad internacional del Estado frente al SIDH - Primera parte. Debates contemporaneos del derecho - Diálogos y debates de la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño - Libros y Revistas - VLEX 846625699

La omisión inconstitucional e inconvencional del legislador doméstico como causal de responsabilidad internacional del Estado frente al SIDH

AutorCarlos Daniel Muñoz-Chamorro
Páginas83-102
83
Debates contemporaneos del derecho
Resumen
Este capítulo tiene como propósito principal el estudio de las omisiones inconstitucionales o incon-
vencionales del legislador colombiano, como causales de responsabilidad internacional del Estado
frente al Sistema Interamericano de Derechos Humanos (siDh). La omisión legislativa inconstitucional e
inconvencional, como gura de aplicación jurisdiccional, se centra en el enfrentamiento, por un lado,
de la facultad del Tribunal Constitucional nacional para ejercer scalización de las leyes emitidas por el
legislador. Por el otro, el principio de libertad de conguración legislativa del cual es titular el órgano
encargado de expedir las leyes. Este conicto genera un cambio de paradigma frente a la división
estricta de poderes, pues como resultado de las omisiones legislativas inconstitucionales o incon-
vencionales se puede producir la modulación de la norma a través de la intervención judicial. Para
lograr el objeto de investigación propuesto, se abordará el contenido en tres segmentos esenciales:
1) la primera parte hará referencia de manera general a la responsabilidad internacional del Estado
y las omisiones legislativas que vulneran derechos constitucionales y convencionales; 2) la segunda
sección presenta un análisis de las omisiones legislativas relativas en relación con los derechos civiles
y políticos; 3) la tercera parte se centra en explicar la omisión legislativa relativa frente a los derechos
económicos, sociales y culturales. Finalmente se presentarán algunas conclusiones.
Palabras clave: omisión legislativa inconstitucional, omisión legislativa absoluta, omisión
legislativa relativa, control abstracto de constitucionalidad.
Abstract
This text has as its main purpose the study of the unconstitutional or unconventional omissions of
the Colombian legislator, as causes of international responsibility of the State in relation to the In-
ter-American Human Rights System. The unconstitutional and unconventional legislative omission,
as a gure of jurisdictional application, focuses on the confrontation, on one side, of the national
Constitutional Court power to exercise control of the laws issued by the legislator; and on the
other hand, the principle of legislative conguration freedom, which belongs to the Congress. This
conict generates a change of paradigm in front of the strict division of branches, since as a result
of unconstitutional or unconventional legislative omissions the modulation of the norm can occur
through judicial intervention. To achieve the research object proposed here, we will address the
content in three essential chapters: (i) the rst part will make a general reference to the internatio-
nal responsibility of the State and the legislative omissions that violate constitutional and conventio-
nal rights; (ii) the second section will present an analysis of relative legislative omissions in relation
to civil and political rights; (iii) the third part focuses on explaining the relative legislative omission
in relation to economic, social and cultural rights. Finally, some conclusions will be presented.
Keywords: Legislative Unconstitutional Omission, Absolute Legislative Omission, Relative
Legislative Omission, Abstract Control of Constitutionality.
How to cite this chapter?
¿Cómo citar este capítulo?
Muñoz-Chamorro, C. D. (2020). La omisión inconstitucional
e inconvencional del legislador doméstico como causal de
responsabilidad internacional del Estado frente al SIDH. En
A. C. Casanova Mejía, D. Camacho Vinueza, R. A. Hernández
Silva y J. A Ruiz Quintero (Comp.), Diálogos y debates de
la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño (pp. 82-
102). Bogotá, Colombia: Ediciones UCC. https://dx.doi.
org/10.16925/9789587602333
84 Diálogos y debates de la investigación jurídica y sociojurídica en Nariño
Introducción
El control de constitucionalidad tiene un origen icónico en la jurisprudencia
de la Corte Suprema de Estados Unidos (1803), cuando el Juez John Marshall,
al momento de decidir el caso Marbury contra Madison armó:
Hay sólo dos alternativas demasiado claras para ser discutidas: o la Cons-
titución controla cualquier ley contraria a aquélla, o la Legislatura puede
alterar la Constitución mediante una ley ordinaria. Entre tales alternativas
no hay términos medios: o la Constitución es la ley suprema, inalterable por
medios ordinarios; o se encuentra al mismo nivel que las leyes y de tal modo,
como cualquiera de ellas, puede reformarse o dejarse sin efecto siempre que
al Congreso le plazca. […] Si es cierta la primera alternativa, entonces una ley
contraria a la Constitución no es ley; si en cambio es verdadera la segunda,
entonces las constituciones escritas son absurdos intentos del pueblo para
limitar un poder ilimitable por naturaleza (Corte Suprema de Estados Unidos,
1803, Sentencia Marbury contra Madison).
En el texto de la sentencia, Marshall describe al gobierno de Estados Unidos
como un gobierno limitado por mandato de la Constitución, que impone lími-
tes a la actuación de los poderes públicos. Marshall se pregunta ¿con qué objeto
son limitados los poderes si la Constitución puede en cualquier momento ser
dejada de lado por los mismos que resultaron sujetos pasivos de la limitación?
Aquí se encuentra resumida gran parte de la losofía del constitucionalismo
moderno. La argumentación presentada por Marshall se ha constituido en
una de las más sólidas defensas del control judicial de constitucionalidad, al
sostener que la capacidad del poder judicial de negar la validez a una norma
legislativa no implica superioridad de los jueces respecto de los legisladores
(Amaya, 2010). Rearma así el peso de la voluntad del pueblo al raticarse
la preeminencia de la Constitución, como el documento que más elmente
reeja la soberanía del demos.
En el caso Marbury contra Madison, la Corte Suprema de Estados Unidos
actuando, en palabras de Kelsen (2001), como legislador negativo decidió
inaplicar una norma proferida por el Congreso por considerar que no corres-
pondía a la adecuación constitucional. Con este análisis, se consagraron los
siguientes principios jurídicos sobre el control jurisdiccional de constitucio-
nalidad que están vigentes hasta la actualidad:

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